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 #993200  por adessoma
 
Lex30: Vos ya sabés mi punto de vista: si tu clienta no va a trabajar la considerarn incursa en abandono, y si va también, porque no creo que tenga manera de acreditar que se presentó; o acaso creès que el empleador le va a firmar una constancia de presencia?
Por otro lado, si la conisderàs en situación de despido indirecto por falta de pago de salarios sin que haya habido una intimación previa por parte de tu clienta, el despido deviene incausado.
Quizás podría tu cloienta mandar un nuevo TCL manifestando que atento falta de pago de haberes adeudados hace retención de tareas; en tal caso, el despido dispuesto por el empleador no valdrá como apercibimiento por abandono de trabajo sino como incausado y, por tanto, con derecho indemnizatorio.
No pensaste otra cosa? Cómo anda de la espalda tu clienta? Tiene todas las vértebras bien? Quizás haya cosas más rentables que el despido.
 #993222  por lex30
 
en el primer telegrama la intime a que pague aguinaldo y vacaciones, por ahi puedo ir por ese lado, atento que no se han abonado se considera despedida, porque los recibos se los hacia firmar el tema es que no le pagaba , le dejaba plata por dia, menos de lo que era.
 #993236  por elisanz
 
adessoma escribió:Lex: Yo nunca vi que un trabajador en negro sea intimado a retomar tareas bajo apercibimiento de abandono de trabajo.
me intimaron a retomar tareas con trabajo en negro 2 veces en lo que va del mes!!! mis clientes no quieren ir mas a trabajar.. asique debere responder por negativa de tareas.. en servicio domestico con que ley se reclama trabajo en negro???
 #993244  por elisanz
 
lex30 escribió:en el primer telegrama la intime a que pague aguinaldo y vacaciones, por ahi puedo ir por ese lado, atento que no se han abonado se considera despedida, porque los recibos se los hacia firmar el tema es que no le pagaba , le dejaba plata por dia, menos de lo que era.

lex30 me pasa algo muy parecido. Si la haces ir (mi cliente tmp quiere) lo mas probable es que el empleador tambien aduzca que no fue a trabajar.. y la despida por abandono de trabajo.
iria por negativa de tareas y que dsp este discutido..
o presentar certificado medico justificando faltas y que sigue con licencia..
 #995880  por lex30
 
Volvi con este tema, le hice mandar un telegrama a mi clienta que decia que atento la falta de pago retengo tareas.
Desp de unos dias recibio una carta documento de la empleadora que dice: "persistiendo sus injustificadas inasistencias, le notifico su despido"
Que hago!!!! le contesto o pido audiencia directamente.
 #996253  por JUSTINIANA
 
Intimar 48 hs las diferencias sueldos, SAC, vacaciones etc y reservarse el derecho a prestar servicios hasta tanto las mismas n sean efectivizadas (conf art 1201 CC) "exceptio non adimplenti contractus".-Tratá de ubicarlo conforme se ha dado el diálogo telegráfico y luego ante el incumplimiento que se de por despedida
 #996460  por lex30
 
Estoy confundida, tedria dos opciones:
1- Rechazo su tcl nro. ......., dado que el despido deviene incausado, ratifico mi tcl anterior en todos sus teminos (en el que hacia retencion da tareas).
2-Intimo plazo 48 hs abone las diferencias sueldos, SAC, vacaciones etc, haciendo reserva del derecho a prestar servicios hasta tanto las mismas no sean efectivizadas (conf art 1201 CC).

Estos son las opciones que me dieron, y agradezco, pero ahora nose cual hacer.
Que opinan?
 #996698  por adessoma
 
Estimado, con todo respeto: el post lo iniciaste hace 25 dìas y aùn estamos con ver si rechazamos el despido?