Vanesa: Es muy simple. Si vas por el empleador y aunque parezca una tontería, te recomiendo que tu cliente SIEMRPE le haga firmar a todos sus empleados un croquis con detalle del domicilio del trabajador, el que revestirá el carácter de DDJJ, y a ese domicilio se le cursarán todas las notificaciones.
Luego, el texto de la intimación: "No habiéndose presentado a trabajar los días..., a pesar de nuestros reiterados e infructuosos llamados telefónicos, queda Ud. intimado a fin de justificar inasistencias y retomar tareas dentro del plazo de 48 horas, bajo apercibimiento de disolver vínculo laboral por considerarlo incurso en abandono de trabajo (art. 244 LCT), y por lo cual queda Ud. debidamente constituido en mora".
Al tercer día de que el trabajador haya recibido la CD (seguilo con el N° de etiqueta) podés hacer efectivo el apercibimiento.
Saludos.
Adrián Dessomanzi
Estudio Dessomanzi|Abogados