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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #996479  por vanesa70
 
Buenas tardes colegas: por favor necesito un modelo de carta documento de despido con justa causa. El empleado no se presentó a trabajar por una semana no obstante los reiterados reclamos telefónicos por parte del empleador. Aclaro que el empleador nunca intimó al empleado a retomar sus tareas por medio de carta documento.
muchas gracias!
 #996546  por adessoma
 
Entonces, el despido valdrá como incausado.
 #996559  por Torito
 
Claro! para que se configure el abandono de trabajo, previamente se debe intimar al trabajador a retomar tareas y justificar inasistencias dentro de un plazo razonable.

No te paso algún modelo porque me veo impedido por mis principios de laboralista de parte actora :lol:

Suerte!!
 #996637  por vanesa70
 
ok entonces primero debo intimar a retomar tareas. Por favor si algun colega puede pasarme modelo de carta se los agradecere!
saludos!
 #996769  por vanesa70
 
fernando1983 escribió:sí, intimalo a retomar tareas y además a justificar inasistencias de los días tales...
Muchas gracias fernando 1983!
 #996863  por adessoma
 
Vanesa: Es muy simple. Si vas por el empleador y aunque parezca una tontería, te recomiendo que tu cliente SIEMRPE le haga firmar a todos sus empleados un croquis con detalle del domicilio del trabajador, el que revestirá el carácter de DDJJ, y a ese domicilio se le cursarán todas las notificaciones.
Luego, el texto de la intimación: "No habiéndose presentado a trabajar los días..., a pesar de nuestros reiterados e infructuosos llamados telefónicos, queda Ud. intimado a fin de justificar inasistencias y retomar tareas dentro del plazo de 48 horas, bajo apercibimiento de disolver vínculo laboral por considerarlo incurso en abandono de trabajo (art. 244 LCT), y por lo cual queda Ud. debidamente constituido en mora".
Al tercer día de que el trabajador haya recibido la CD (seguilo con el N° de etiqueta) podés hacer efectivo el apercibimiento.
Saludos.
 #996990  por vanesa70
 
adessoma escribió:Vanesa: Es muy simple. Si vas por el empleador y aunque parezca una tontería, te recomiendo que tu cliente SIEMRPE le haga firmar a todos sus empleados un croquis con detalle del domicilio del trabajador, el que revestirá el carácter de DDJJ, y a ese domicilio se le cursarán todas las notificaciones.
Luego, el texto de la intimación: "No habiéndose presentado a trabajar los días..., a pesar de nuestros reiterados e infructuosos llamados telefónicos, queda Ud. intimado a fin de justificar inasistencias y retomar tareas dentro del plazo de 48 horas, bajo apercibimiento de disolver vínculo laboral por considerarlo incurso en abandono de trabajo (art. 244 LCT), y por lo cual queda Ud. debidamente constituido en mora".
Al tercer día de que el trabajador haya recibido la CD (seguilo con el N° de etiqueta) podés hacer efectivo el apercibimiento.
Saludos.
Muchas gracias Adrian! se que es una pavada pero vital para el intercambio telegráfico por eso quería saber para corroborarlo.
saludos!
Vanesa
 #996991  por adessoma
 
De nada, Vanesa. Y además te recomiendo que toda notificación que curse tu cliente la mande mediante el Correo Argentino, porque es el único fedatario del Estado.
Saludos.