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  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #995442  por abogadossantafe
 
Queridos colegas!.... les comento mi caso, ya tengo una idea en mi cabeza, pero creo que me falta cerrarlo... Mi clienta tiene 72 años, hace 40 años trabaja en una galeria donde hay muchos locales comerciales, ella se ocupa de la limpieza de los espacios publicos de esa galeria, los dueños son varios, en concreto 16.-
Le acaban de comunicar que la dejan sin trabajo, los problemas con los que me encuentro son varios: primero que hace un año mi clienta ya esta jubilada, el segundo es que trabaja dos horas por dia, pero esto ultimo solo a partir de hace algunos meses donde se hizo cargo de los pagos otra abogada.- Antes, y durante 41 años, trabajo muchas horas por dia, sin feriados, sin franco, sin vacaciones, sin NADA!!!!!!
La semana que viene me junto con los abogados de la galeria, se que me van a decir que al estar jubilada pierde la antiguedad, AYUDA!!! , alguien tiene algo de jurisprudencia?,o alguna sugerencia????
Desde ya muchas gracias, les comentare como lo resuelvo!
Aclaro que todavia no hay ninguna demanda, y mi cliente sigue trabajando!, hasta que lleguenos a algun acuerdo porque esa es la idea, evitar litigio.
 #995474  por andresxeneizes
 
hay un plenario cuoto de capa que dice que si el empleado se jubila gracias a los aportes de los empleadores, la antiguedad se corta al momento de que se jubila y vuelve a comenzar nuevamente desde alli, es decir tenes solo la antiguedad desde que se jubilo hasta hoy, yo entiendo que esto solo corre para el rubro antiguedad, no para los demas rubros ya que el plenario no dice eso, por ejemplo preaviso serian 2 meses porque trabaja hace mas de 5 años, aun cuando para el 245 le cuenten solo 1 año
 #996873  por abogadossantafe
 
Si! es exactamente lo que pense!, pero mi clienta no se jubila gracias al aporte de los empleadores, sino por jubilacion de ama de casa!, jamas se hixo ningun aporte!, ayer me estuvieron llamando, en la semana me junto con los abogados! Te voy a estar contando como me fue! Jracias!
 #996915  por andresxeneizes
 
entonces yo entiendo que no se aplica, en los votos del plenario dice que la razon del mismo es porque se jubila gracias a los aportes del empleador, entonces para mi ese plenario no se aplica a este caso porque es una situacion distinta al plenario