Me llegó un caso ya iniciado, en donde la trabajadora reclama diferencias salariales en la demanda. Previamente ante Ministerio de trabajo se reclamo por mala registracion en fecha y categoria, pero esto no lo incluyo el anterior abogado en la demanda. En la contestacion de demanda, la otra parte, hace notar contradicciones en las fechas reclamadas en demanda y en documental del Ministerio de Trabajo, alegando incoherencias.
La pregunta es si al presentarme como nueva abogada y contestar Art 29, puedo alegar como hechos nuevos la mala registracion en fecha y categoria, ya que esto sube el monto de la liquidacion.
Esto no se reclamo en telegramas! Muchas gracias!!
La pregunta es si al presentarme como nueva abogada y contestar Art 29, puedo alegar como hechos nuevos la mala registracion en fecha y categoria, ya que esto sube el monto de la liquidacion.
Esto no se reclamo en telegramas! Muchas gracias!!