Buen día. Les hago una consulta: Mi cliente es director de un instituto educacional (franquiciado) y contrató a una "empresa" de limpieza. Una de las personas que limpiaba, sin ninguna indicación ni pedido, salió por la ventana de un primer piso para limpiar los vidrios del lado de afuera, pisando sobre un techo saliente, el cual se rompió y la chica cayó y tuvo que ser internada. Del instituto se llamó a CARDIO (servicio contratado por el instituto) y fue trasladada al hospital. Según el hospital se habría fracturado dos vértebras. Al cabo de unos días, tuvo una complicación respiratoria y falleció.
La empresa de limpieza pertenecía a la pareja de la persona fallecida. No tenía ART ni ningún tipo de seguro.
Ahora llega una cédula (la dejaron en la puerta) notificando expediente de diligencias prelimiares iniciado por el concubino. Pide al instituto que diga quien es el propietario, si hay franquicia, si tiene seguro (no lo tenía ni lo tiene).
Que opinan? Conviene presentarse y responder o no presentarse en esta instancia y esperar la demanda? Agradezco sus opiniones!
La empresa de limpieza pertenecía a la pareja de la persona fallecida. No tenía ART ni ningún tipo de seguro.
Ahora llega una cédula (la dejaron en la puerta) notificando expediente de diligencias prelimiares iniciado por el concubino. Pide al instituto que diga quien es el propietario, si hay franquicia, si tiene seguro (no lo tenía ni lo tiene).
Que opinan? Conviene presentarse y responder o no presentarse en esta instancia y esperar la demanda? Agradezco sus opiniones!
