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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #997719  por lyzbeth83
 
Dres. Alguno que la tenga bien clara con seguros de accidentes personales, art y cuestiones laborales. El caso es el siguiente…un monotributista da de alta 2 empleados para desempeñarse en tareas de la construcción…la contadora no hace el tramite ante la ART, a los 2 dias de iniciar las labores uno de los empleados se corta 3 dedos con una maquina. Qué se puede hacer del lado del monotributista para minimizar el problema, si es que realmente se puede hacer algo,alguien trató algún caso similar, escucho sugerencias, mil gracias!
 #997788  por andresxeneizes
 
la art es el seguro que tiene el empleador para pagar el accidente, como cualquier seguro sino lo tenes pago al momento del siniestro el seguro no responde.
ahora bien yo entiendo que el no tener art no agrava la responsabilidad, sino lo que pasa es que no hay seguro no hay cobertura, por ende el accidente lo tiene que pagar el empleador, va por lo menos yo no le veo salida al problema
 #997829  por lyzbeth83
 
gracias por la respuesta, es lo mismo que pienso yo, pero "milagrosamente" esperaba que a alguien se le ocurra alguna otra cosa. De última al habérsele encargado a la contadora la gestión del trámite, y ante su incumplimiento se me ocurre ir por los daños y perjuicios contra ella, alguna opinión al respecto?...gracias
 #997943  por andresxeneizes
 
para repetirle puede ser, pero no le soluciona el problema a tu cliente el empleador (por lo menos es lo que me parece a mi)
 #997997  por lyzbeth83
 
Gracias nuevamente por la predisposición para contestar. La única recomendación que le hice de entrada es que se haga cargo de los gastos, otra opción no veo por ahora.
Igualmente el cliente me comenta que el mismo día del accidente consiguió sacar un seguro de accidentes personales para empresa, en la póliza dice que tiene vigencia a partir de las 20.31 de ese día....ésta persona se accidentó por la tarde, lo trasladaron en ambulancia a otra localidad, y allí fue operado a las 20 hs aprox. El médico dio a entender que podía modificar el horario de la operación, pero no la fecha obviamente, ya lo doy casi por perdido, pero por las dudas pregunto..serviría de algo como para poder reclamar a ese seguro?. Otra consulta, puedo hacer que la obra social se haga cargo de algo?, internación, medicamentos?, algo?, o no hay ninguna forma?....nuevamente gracias!!!!
 #998029  por andresxeneizes
 
yo entiendo que el accidente es de fecha anterior a la operacion, por ende todo lo derivado por causa del accidente de fecha anterior la art te va a decir que no lo cubre y que cubre todo lo de fecha posterior a la suscripcion del contrato
 #998067  por lyzbeth83
 
Si, fue lo primero que pense, cuando vi la hora de vigencia de la poliza no me iba a servir de mucho, pero quizas alguno tenia una experiencia similar.

Como último recurso estaba pensando en la posibilidad de q se paguen todos los gastos de internación y demás gastos ocasionados, arreglar con el obrero alguna indemnización, y ver la posibilidad de iniciarle el retiro por invalidez, si es que me dan los requisitos, ya que no se si llega al 66 % de incapacidad...o en ultima instancia, como es un trabajador de la construcción, cuya edad es de 60 años....tengo entendido que tienen un regimen especial que los jubila a los 55, por lo que la otra opcion seria jubilarlo...no se si estoy bien orientada así, o si me esta pasando algun detalle?....a alguien se le ocurre alguna otra cosa?....agradezco las opiniones desde ya!!!!!
 #998087  por andresxeneizes
 
lyzbeth83 escribió:ver la posibilidad de iniciarle el retiro por invalidez, si es que me dan los requisitos, ya que no se si llega al 66 % de incapacidad.
y quien lo pagaria, la art o el empleador? es lo que te decia antes, la art va a decir que el hecho que produce esto es anterior a la contratacion de la poliza y por ende no cubre ninguna consecuencia del hecho, va es como lo entiendo yo