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  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #998207  por martita
 
Estimados foristas.
me acaba de llegar la denegatoria de una jubilacion en la cual presente un Sicam que no tenia nada en Datos personales pero que al unificarle el numero de cuenta del PHA aparecia UN solo pago de 1982. Yo lo cargué (¿error) en la situacion de revista y aplique 24241 (¿error)porque no hay deuda ni moratoria . Ese aporte de 1982 era lo unico que tenia de autonomos y yo lo cargué pensando que así respetaba a rajatabla su situación. (deberia haber obviado todo y no presentar Sicam')
Transcribo:

"..que del análisis de las actuaciones y del informe técnico brante a fs. 52, se desprende que la actividad tardíamente invocada, controvierte los datos que surgen del AUT 1, en razón de que la liquidación de deuda de fecha xxxxxxx no respecta (sic) la información del auto 1 y aplica ley 24241-
...Que en consecuencia la situación de revista no coincide con los datos del PUC de la AFIP, en las circunstancias señaladas, incumbe que el interesado efectúe las correcciones que resultaren pertinentes por ante ese Organismo, aportando las pruebas y elementos de juicio correspondientes o bien efectúe y adjunte una nueva liquidación del Sicam segun lo declarado oportunamente en forma juratoria.
Que el procedimiento señalado se corresponde con la incumbencia de la credibilidad de acceder a las prestaciones ordinarias peticionadas,en atencion a una historia laboral verosímil, cuestión que a la fecha no se ha verificado, antes bien, ha sido puesta en tela de juicio por la conducta asumida por la parte
!!!!!! (el subrayado y los signos son mios)
.

¿Puedo salvar este tramite presentando un recurso de reconsideración argumentando que si bien no respetaba el PUC, respetaba el PHA que figura en Anses y que no fueron ni agregados aportes ni modificadas categorías, solo fue reflejada la realidad de su situación como autónomo? He pecado por exceso de verosimilitud en la historia laboral no por su falta!
Creo que es un exceso en la interpretación de la 555/10
Por supuesto adjuntaría el PHA que sale de la misma página de Anses
¿Lo intento?
 #998221  por MARIO1943
 
martita escribió:Estimados foristas.
me acaba de llegar la denegatoria de una jubilacion en la cual presente un Sicam que no tenia nada en Datos personales pero que al unificarle el numero de cuenta del PHA aparecia UN solo pago de 1982. Yo lo cargué (¿error) en la situacion de revista y aplique 24241 (¿error)porque no hay deuda ni moratoria . Ese aporte de 1982 era lo unico que tenia de autonomos y yo lo cargué pensando que así respetaba a rajatabla su situación. (deberia haber obviado todo y no presentar Sicam')
Transcribo:

"..que del análisis de las actuaciones y del informe técnico brante a fs. 52, se desprende que la actividad tardíamente invocada, controvierte los datos que surgen del AUT 1, en razón de que la liquidación de deuda de fecha xxxxxxx no respecta (sic) la información del auto 1 y aplica ley 24241-
...Que en consecuencia la situación de revista no coincide con los datos del PUC de la AFIP, en las circunstancias señaladas, incumbe que el interesado efectúe las correcciones que resultaren pertinentes por ante ese Organismo, aportando las pruebas y elementos de juicio correspondientes o bien efectúe y adjunte una nueva liquidación del Sicam segun lo declarado oportunamente en forma juratoria.
Que el procedimiento señalado se corresponde con la incumbencia de la credibilidad de acceder a las prestaciones ordinarias peticionadas,en atencion a una historia laboral verosímil, cuestión que a la fecha no se ha verificado, antes bien, ha sido puesta en tela de juicio por la conducta asumida por la parte
!!!!!! (el subrayado y los signos son mios)
.

¿Puedo salvar este tramite presentando un recurso de reconsideración argumentando que si bien no respetaba el PUC, respetaba el PHA que figura en Anses y que no fueron ni agregados aportes ni modificadas categorías, solo fue reflejada la realidad de su situación como autónomo? He pecado por exceso de verosimilitud en la historia laboral no por su falta!
Creo que es un exceso en la interpretación de la 555/10
Por supuesto adjuntaría el PHA que sale de la misma página de Anses
¿Lo intento?
QUE FECHA DE INSCRIPCION TE FIGURA EN EL PHA? Y SI HAY BAJA?
 #998259  por martita
 
Mario.
fecha de inicio: 01/82 (fecha tambien del unico aporte)
fecha de cese: 00/00
Ultima categoria: B Fecha 02/86

Pero me acabo de dar cuenta que puse otra categoria A (tenia 297 y puse 104) Por lo tanto se agarrarán de eso para decir que modifiqué algo.Aunque no está en los últimos 10 años y por supuesto está prescripto
 #998262  por periquita
 
También tenés que respetar la fecha de inicio, si vas por la 24241.

No importa que no esté en los últimos 10 años, si no usas la 24476 no podés cambiar NADA.

Saludos
 #998270  por lucky
 
Pareciera ser que fue el cambio de actividad la razón del rechazo, ya que liquidaste por la 24.241, aún cuando respetaste fecha de inicio y el único pago ya que no tenés ahí fecha de cese. No veo otra razón. Es como dice periquita.

Tengo un caso igual para liquidar por la 24.241, y renunciar todo porque no necesito nada, y hay un pago anterior al inicio en el PHA (en realidad está imputado a 1969 pero no dice el período que se paga), y otro pago por fuera del PUC en 2001.
La idea es declarar y renunciar los dos pagos, pero no estaría respetando todo como para liquidar por la 24.241. Mi duda es si me lo objetarán. ¿Está bien liquidar por 24.241 declarándolos y renunciándolos?.
 #998271  por periquita
 
Tienen la opción de regularizar un mes por moratoria y entrarlo por la 24.476.

De ese modo no tiene que coincidir lo anterior a 09-1993.

Saludos
 #998276  por MARIO1943
 
MARIO1943 escribió:Y EL PERIODOS QUE SE PAGO A QUE MES CORRESPONDE DEL 82?
YA ME FIJE QUE EL PERIODOS COINCIDE CON EL MES PAGO
COINCIDO CON PERIQUITA, PORQUE TAL CUAL SURGE D E LA DENEGATORIA AL APLICAR LA 24241 Y NO COINCIDIR CON LA INSCRIPCION, TE E STAN PIDIENDO PRUEBAS
QUE ES CORRECTO
 #998456  por lucky
 
Gracias por las respuestas.
Una última, ¿iniciaron alguna vez con algún SICAM liquidado desafectando pagos anteriores a 07/2004 en "ingreso de pagos faltantes"?.
Digo... la circular está. No sé si Anses la respeta.
 #998777  por AGDA
 
Con permiso del titular del post, planteo un caso similar.

En el PHA me figuran los sgtes datos:
-Fecha inicio: 06/71 Actividad: 909
-Fecha de cese: 00/00
-Cat última: B Fecha: 02/86

Hice la correspondiente migración de cuenta

Ahora bien, en el PUC (pestaña Datos Personales SICAM) no aparece nada
Sin embargo, en la pestaña "Pagos" registra pagos desde el 01/72 al 04/82.
De hecho, cuando cargo un período anterior (08/1966 al 05/1971) a la fecha de inicio (06/71) me arroja deuda "0"

Voy a liquidar por L. 24476

Mi duda es: ¿tengo que hacer alguna gestión en AFIP para que aparezcan esos datos en el PUC o liquido así como estás?

En lo personal, y no habiendo norma que lo exija, creo que así está bien, pero me surgió la inquietud y quiero evitarme problemas al momento del turno.
 #998780  por lucky
 
Si ya asociaste la cuenta en AFIP ya está. Eso es lo que exije Anses. No importa que no figure nada en "datos personales". Si tenés que declarar en situación de revista los períodos en los que aparecen pagos.
 #998789  por AGDA
 
lucky escribió:Si ya asociaste la cuenta en AFIP ya está. Eso es lo que exije Anses. No importa que no figure nada en "datos personales". Si tenés que declarar en situación de revista los períodos en los que aparecen pagos.
Lucky, te agradezco. Está todo en orden. Aprovecho para consultarte esta curiosidad:
Si cargo en SICA I el período 08/66 al 05/71 me arroja deuda "0"
Ahora bien, si lo cargo en la AMPLIADA (SICA II) me da con deuda.

Como es un período anterior a la fecha de inicio de actividades (06/71) que figura en PHA, probé cargándolo en SICA II, si bien cfr. Circ 31/11 no es obligatorio. Obviamente al comprobar que me da deuda lo pongo en SICA I pero me llama la atención la variación en la deuda

Saludos..
 #998792  por lucky
 
Liquidá todo en SICAM I que está bien. No amplíes en SICAM II (salvo que hayas optado por la moratoria 592/79).