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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #998654  por Gra2012
 
Hola! Necesito ayuda!
En Capital para conocer o desconocer documental, me tienen que notificar por Cédula? Y de ahi tengo tres días o es en los días de nota?
Estoy perdida, por favor me pueden ayudar?
Gracias
Graciela
 #998716  por Lptk
 
andresxeneizes escribió:en civil es depende que dice el auto, si dice notifiquese o no, en laboral seguro dice notifiquese y va por cedula
Coincido.

En laboral, el Art. 48 inc. b indica que el traslado de la contestación de demanda es por cédula, el traslado de la documental debería correr la misma suerte..

Hace unos días estuve en la misma situación, hasta que salió el auto que pego más abajo (es del juzgado 39 y sigue el hilo de un post con ese nombre)...
Aclaro que quise notificarme personalmente para no esperar la cédula y no hubo caso, ya estaba "para confeccionar". Al día siguiente la recibí.

Del responde y su documentación, córrase traslado a la parte actora quien, dentro del
plazo de tres días de notificada la presente, deberá ofrecer la prueba de la que intente
valerse y reconocer o desconocer la autenticidad de la documental aportada por la
demandada. NOTIFIQUESE CON COPIA.
 #998840  por fernando1983
 
En civil debería ser por cédula (sólo de la prueba documental) la notificación, y tenés 5 días para oponerte a la misma si se trata de juicio ordinario (sumarísimo son 3 días).
Saludos,