Hola Colegas:
Necesitaría que me orienten en cuanto el procedimiento.
Ya inicie una medida preparatoria para escrituración, en la cual a mi cliente le reconocen las firmas del boleto de compra venta y recibo de pago por el cual le compro un terreno a una s.r.l. que ya no existe.
Ahora tengo que iniciar el principal y me surgen las siguientes dudas:
1. Tengo que acompañar plano de mensura y final de obra.
2. Si tengo que enviar Carta documento intimándolo a escriturar o ya con todo el proceso iniciado esta.
3. Si junto al escrito de demanda tengo que acompañar la prueba o lo puedo hacer con posterioridad.
4. Si pido el embargo y la anotación del bien como litigioso; tengo que prestar fianza??
5. Y como en la medida no compareció, calculo que no va a comparecer por lo cual se lo va a declarar rebelde , se lo cita de remate y si no opone excepciones se dicta sentencia (estoy bien encaminda?)
6. La S.R.L. es de buenos aires y el terreno es de santa fe, lo puedo notificar por edictos o si o si por oficio, ya que todos los oficio enviados en la medida, volvieron devueltos porque no existe mas la empresa y notificamos a arios lugares (todos los que figuraban en el Registro de Comercio).
Les agradecería su contribución porque me quedan pocos días para iniciar el principal. Saludos.
Necesitaría que me orienten en cuanto el procedimiento.
Ya inicie una medida preparatoria para escrituración, en la cual a mi cliente le reconocen las firmas del boleto de compra venta y recibo de pago por el cual le compro un terreno a una s.r.l. que ya no existe.
Ahora tengo que iniciar el principal y me surgen las siguientes dudas:
1. Tengo que acompañar plano de mensura y final de obra.
2. Si tengo que enviar Carta documento intimándolo a escriturar o ya con todo el proceso iniciado esta.
3. Si junto al escrito de demanda tengo que acompañar la prueba o lo puedo hacer con posterioridad.
4. Si pido el embargo y la anotación del bien como litigioso; tengo que prestar fianza??
5. Y como en la medida no compareció, calculo que no va a comparecer por lo cual se lo va a declarar rebelde , se lo cita de remate y si no opone excepciones se dicta sentencia (estoy bien encaminda?)
6. La S.R.L. es de buenos aires y el terreno es de santa fe, lo puedo notificar por edictos o si o si por oficio, ya que todos los oficio enviados en la medida, volvieron devueltos porque no existe mas la empresa y notificamos a arios lugares (todos los que figuraban en el Registro de Comercio).
Les agradecería su contribución porque me quedan pocos días para iniciar el principal. Saludos.
