Buenas estimados foristas, he aquí un caso que me está carcomiendo la cabeza, aclaro que no hago mucho familia asi que sepan disculpar algún error. Sin embargo esto tiene componentes de familia y de sucesiones (puesto que es en el marco de un sucesorio).
El tema es así. Un hombre casado compra a través de un gremio un LOTE en los 70. La mujer muere. En los 80 se casa nuevamente (procrean un hijo) y comeinza a pagar la construcción de la casa (siempre a través del gremio, que luego la transfiere al Instituto Provincial de la Vivienda que la que lo financia) y se mudan en los 90 a esa casa (mientras pagaban las cuotas mensuales). La 2a esposa murío hace unos años. La casa la está por cancelar en estos meses y le saldría la escritura a nombre suyo.
Hoy en dia viven ahi, mi cliente, y el hijo mayor de edad casado con una beba. (COMENTARIO: La relación es muy mala entre mi cliente y la nuera).
EL MARCO DE LA CAUSA ES EL SUCESORIO DE LA SEGUNDA ESPOSA (cuyos herederos son mi cliente y el hijo)
PREGUNTA DEL MILLON:
1. ¿La casa es bien ganancial? yo creo que NO, ya que el terreno lo pagó antes de contraer matrimonio con la causante (no obstante nunca se ha escriturado).
2. Ahora bien, ¿existe un crédito de la sociedad conyugal por las mejora hechas en el inmueble mientras duraba el matrimonio con la cuasante (construcción de la casa contra pago de cuotas mensuales al gremio)?. Art. 1272 C.Civ.
3. Si se escritura a nombre de mi cliente ahora (puesto que todavía no se cancela la casa), ¿el hijo tiene derechos sobre la casa como heredero de su madre de la parte correspondiente la sociedad conyugal?
El caso es complejo puesto que si bien la casa la fue pagando mientras estaba casado (y vivia ahi con su mujer), jurídicamente esa casa todavía no es de él hasta que no esté escriturada (es ahi cuando la va a adquirir), por lo que no se si se aplicaría el 1272 C.Civ.
Espero alguien tenga alguna pista. Saludos!!
El tema es así. Un hombre casado compra a través de un gremio un LOTE en los 70. La mujer muere. En los 80 se casa nuevamente (procrean un hijo) y comeinza a pagar la construcción de la casa (siempre a través del gremio, que luego la transfiere al Instituto Provincial de la Vivienda que la que lo financia) y se mudan en los 90 a esa casa (mientras pagaban las cuotas mensuales). La 2a esposa murío hace unos años. La casa la está por cancelar en estos meses y le saldría la escritura a nombre suyo.
Hoy en dia viven ahi, mi cliente, y el hijo mayor de edad casado con una beba. (COMENTARIO: La relación es muy mala entre mi cliente y la nuera).
EL MARCO DE LA CAUSA ES EL SUCESORIO DE LA SEGUNDA ESPOSA (cuyos herederos son mi cliente y el hijo)
PREGUNTA DEL MILLON:
1. ¿La casa es bien ganancial? yo creo que NO, ya que el terreno lo pagó antes de contraer matrimonio con la causante (no obstante nunca se ha escriturado).
2. Ahora bien, ¿existe un crédito de la sociedad conyugal por las mejora hechas en el inmueble mientras duraba el matrimonio con la cuasante (construcción de la casa contra pago de cuotas mensuales al gremio)?. Art. 1272 C.Civ.
3. Si se escritura a nombre de mi cliente ahora (puesto que todavía no se cancela la casa), ¿el hijo tiene derechos sobre la casa como heredero de su madre de la parte correspondiente la sociedad conyugal?
El caso es complejo puesto que si bien la casa la fue pagando mientras estaba casado (y vivia ahi con su mujer), jurídicamente esa casa todavía no es de él hasta que no esté escriturada (es ahi cuando la va a adquirir), por lo que no se si se aplicaría el 1272 C.Civ.
Espero alguien tenga alguna pista. Saludos!!