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  • Intimar al PAgo T.J

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 #999172  por fabidoc
 
Buenos Días.EN una sucesión: se puede intimar a un co.heredero a integrar la suma a los fines de pagar la Tasa de Justicia. O habría que oblarla y luego intimar al pago. Y cúal sería la manera? Gracias.
 #999210  por andresxeneizes
 
la parte es indivisa yo creo que van a tener que pagarla y luego repetirle.
lo mas facil seria pedirse en la sucesion que pague el porcentaje de la tasa, que es lo que yo haria primero, quizas el juez entiende que esto excede al sucesorio y dice "ocurra por la via que corresponda", y ahi habria que meterle mediacion y juicio de repeticion
 #999265  por fabidoc
 
si, nunca me paso tener a un co.heredero "rebelde",jaja. Pensé que quizás se podía "intimar" dentro de la suc. Muchas gracias
 #999269  por fabidoc
 
pienso....debería poderse ya que a veces las partes no pueden ni verse y la necedad de los abogados patrocinantes tampoco ayuda. Saluditos
 #999287  por andresxeneizes
 
fabidoc escribió:si, nunca me paso tener a un co.heredero "rebelde",jaja. Pensé que quizás se podía "intimar" dentro de la suc. Muchas gracias
yo intimaria primero dentro de la sucesion como te decia antes, lo peor que te puede pasar es que te digan "ocurra por la via que corresponda", pero el no ya lo tenes, por ende al ser un escrito de dos lineas si te dicen que si solucionas algo mas rapidamente
 #999298  por fabidoc
 
gracias andrés, pero pagando primero, eso decís?
 #999350  por andresxeneizes
 
claro para repetir tenes que pagar, sino lo que tendrias que hacer es pagar tus clientes su parte e intimar al otro que pague la suya
 #999387  por fabidoc
 
ahhh, buena idea esa....Muchas gracias por tus consejos