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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #999513  por santiheladero
 
Llege a una sentencia en un juicio de alimentos despues de notificar al demandado las 2 audiencias, la 2da al domicilio laboral. Cuando sale la sentencia, esta ordena oficiar al empleo del sr para qe remita los recibos de haberes en base a los cuales se liquidara la cuota y para tomar como base para mis honorarios.
Cuando notifique la audiencia el sr trabajaba en un supermercado, pero en el interin cambio a otro local. A todo esto, vuelve el oficio qe envie a la anses donde me informan sus ingresos, de ese lugar donde no trabajaba mas; esto a octubre del año pasado.
El sr cambia ade trabajo, Por eso denuncie el cambio de empleo y a su vez un nuevo oficio a anses para q me informen sueldo actualizado. Pedi q me dejen notificar al domicilio laboral dado qe el sr solo esta en su casa despues de las 12 de la noche y porq solo asi lo pude notificar despues de 1 año.
Hoy me proveen esto qe pedi y no me dicen nada del nuevo oficio a anses, y me niegan la notificacion al domicilio laboral, dado qe no esta ordenada en la sentencia.
Q tendria q hacer? PAsarme 1 año mandando una cedula a la casa, luego con habilitacion y por ultimo hasta que pueda notificar bajo responsabilidad?
Me pueden regular los honorarios en base al informe de anses de octubre del año pasado?
 #999646  por drjuancarlos
 
Hola santiheladeró, posiblemente te negaron la cédula al domicilio laboral porque no intentaste de entrada notificar al real, yo tuve un caso parecido y luego de mandar cédulas al real con resultado negativo y a lo ultimo un familiar dijo que ya no vivía más ahí, pedí al laboral y me autorizaron. Pero si mandas al real, de última, bajo responsabilidad, la dejan y luego pedís el embargo de haberes.
Respecto a el informe de haberes a mi siempre me pidieron el recibo del ultimo mes. Si sabes el domicilio laboral actual no hay problema, pedís se libre oficio pidiendo informe de los haberes que percibe u te lo van a dar, lo llevas y esperas a que informen, mientras seguís con el tema notificación.
Pd. si sabes que el hombre no se encuentra en su domicilio sino hasta después de las 24hs. pedí que se le ordene al oficial notificador notificar al domicilio luego de esa hora.( ellos van a la hora que sea necesario).-
Saludos.-