Hola!!! No tengo mucha experiencia, inicié un juicio ejecutivo en Provincia de Bs.As. Es por un reconocimiento de deuda no cumplido, por lo que la demanda se inició contra la empresa deudora y la persona física que salió como garante.
El primer auto ordena librar mandamiento de intimación de pago contra el ejecutado. En caso de dar resultado negativo la ejecución cita al ejecutado a oponer excepciones x 5 dias, bajo apercibimiento de llevar adelante la ejecución.
El mismo auto ordena librar oficio al BCRA a los fines de trabar embargo.
Mi consulta es la siguiente:
Se notifica un ejemplar del mandamiento de intimación a la empresa deudora y otro al garante al mismo tiempo?
Primero debo notificar el mandamiento, esperar los cinco días para ver si oponen excepciones, y para el caso que no opongan recién ahi diligencio el oficio al BCRA? o el oficio debo diligenciarlo inclusive antes de notificar el mandamiento?
Y por último, tengo un oficio para trabar embargo sobre la empresa y otro sobre el garante, los dos se diligencian al mismo tiempo? no se corre riesgo de que embarguen por el mismo monto a los dos y se duplique?
Leí el código pero estoy mareada con los pasos a seguir, cualquier ayuda es bienvenida, desde ya muchas gracias.
El primer auto ordena librar mandamiento de intimación de pago contra el ejecutado. En caso de dar resultado negativo la ejecución cita al ejecutado a oponer excepciones x 5 dias, bajo apercibimiento de llevar adelante la ejecución.
El mismo auto ordena librar oficio al BCRA a los fines de trabar embargo.
Mi consulta es la siguiente:
Se notifica un ejemplar del mandamiento de intimación a la empresa deudora y otro al garante al mismo tiempo?
Primero debo notificar el mandamiento, esperar los cinco días para ver si oponen excepciones, y para el caso que no opongan recién ahi diligencio el oficio al BCRA? o el oficio debo diligenciarlo inclusive antes de notificar el mandamiento?
Y por último, tengo un oficio para trabar embargo sobre la empresa y otro sobre el garante, los dos se diligencian al mismo tiempo? no se corre riesgo de que embarguen por el mismo monto a los dos y se duplique?
Leí el código pero estoy mareada con los pasos a seguir, cualquier ayuda es bienvenida, desde ya muchas gracias.