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 #850129  por Pandilla
 
Código Penal
Se­ñor Di­rec­tor
:

"Con interés he leído la carta firmada por la lectora M.T. Reynal. En ella nos participa su anhelo: que en la modificación al Código Penal se califiquen como imprescriptibles los delitos de corrupción cometidos por funcionarios públicos. La idea es excelente, pero ¿cómo lograrlo si para tal reforma la Presidenta convocó a un grupo de juristas, varios de los cuales han concebido o avalado ese «garantismo» que tanto mal nos ha hecho? Esperar que en el contexto actual se sancionen leyes que los castiguen, cuando valores como la ética, el honor, la honestidad, la fidelidad, no son exaltados por aquellos que deberían dar ejemplo, es ilusorio."

Patricia Vidal Harris
http://www.lanacion.com.ar/1475905-cartas-de-lectores

Saludos.
 #850146  por feragus
 
Esto es un foro de opinión ENTRE ABOGADOS. Evite insertar enlaces indiscriminadamente. No perjudique a los demás. Graciassssssssss.

Dra. Furriol.
 #850153  por Pandilla
 
por feragus » Vie May 25, 2012 2:58 pm

Esto es un foro de opinión ENTRE ABOGADOS. Evite insertar enlaces indiscriminadamente. No perjudique a los demás. Graciassssssssss.

feragus
Miembro

Mensajes: 1815
Registrado: Mar Dic 16, 2008 8:34 pm
Mensaje privado

Vaya, por fin escribiste algo que se podría considerar "inteligente".....
ferragucita, Imitate a vos misma

:lol: :lol: :lol: :lol: :lol:
 #850157  por feragus
 
feragus escribió:Esto es un foro de opinión ENTRE ABOGADOS. Evite insertar enlaces indiscriminadamente. No perjudique a los demás. Graciassssssssss.

Dra. Furriol.
 #850316  por Pandilla
 
Editorial I

La reforma del Código Penal

La indispensable actualización de muchas normas penales debe realizarse con un espíritu amplio y participativo.-
http://www.lanacion.com.ar/1476517-la-r ... digo-penal

El Código Penal vigente, cuya reforma se ha decidido, data de 1921, pero buena parte de los 302 artículos que lo componían en su origen se vieron sometidos a importantes cambios, derogaciones, nuevas modificaciones y múltiples adiciones a lo largo de sus más de noventa años. Quienes se tomaron el trabajo de contarlas sostienen que son aproximadamente novecientas. Esto autorizaría a decir que poco queda de una ley que ha padecido tantos cambios.

Del Libro primero del Código, que contiene las disposiciones generales aplicables a todos los delitos, ha logrado sobrevivir un reducido pero fundamental conjunto de artículos que permitieron mantener la identidad normativa básica de nuestra ley penal, facilitando, a la vez, la importante evolución interpretativa que fue proponiendo la doctrina e incorporando la jurisprudencia. Este puñado de normas debería permanecer como está.

Entre esas normas que no deberían alterarse se encuentra el artículo 34, que legisla sobre causas que excluyen la penalidad y que facilitó la incorporación del modelo conceptual analítico estratificado de delito y su rica evolución. La doctrina que lo sustentó, proveniente de Alemania, es hoy dominante en la comunidad jurídico-científica argentina. Operó de modo que pudo plasmar interpretaciones de los textos legales que consolidaron los postulados liberales de la Ilustración; superar la noche negra del nazismo; incorporar coherentemente situaciones de justicia admitiendo el error de derecho penal, y en los últimos años, intentar conjurar los riesgos que conlleva la disponibilidad tecnológica y de energía al servicio del ser humano, y el incremento de complejidad propio de la vida moderna.

También deben incluirse en ese "núcleo duro" las regulaciones sobre la tentativa y la participación criminal y, ya en otro orden, sobre la aplicación de la ley penal.

A este puñado de normas se podrían agregar con provecho algunas otras que habría que preservar, pues cualquier modificación seguramente producirá una incertidumbre que poco ayudará al mandato constitucional de afianzar nuestra vapuleada Justicia.

Sin embargo, ese conjunto adolece de algunas carencias de regulación que habría que remediar, pues si bien la doctrina y la jurisprudencia han argumentado consistentemente para superarlas, se advierte su falta. Tal el caso del que actúa por otro, pero que no reúne lo que la ley exige para considerarlo autor. O de los resultados lesivos que se producen omitiendo cumplir un deber, categoría que, de regularse, debería serlo para limitar y no para extender el sentido de las prohibiciones. Más dudoso es si la responsabilidad penal de las personas jurídicas debería integrarse al Código o ser objeto de una ley especial.

Las regulaciones vigentes sobre la pena incluyen sus clases, así como las generalidades sobre la aplicación de cada una de ellas: la libertad condicional, la condena condicional y la "probation"; el decomiso y la reparación de perjuicios; la reincidencia, el concurso de delitos y la extinción de la acción y de la pena. Son las normas que más han sufrido el embate del oportunismo y la improvisación. Sin duda, requieren una reforma integral que con criterio realista resuelva en normas razonables los conflictos que la problemática del castigo desencadena en la sociedad de nuestro tiempo.

La búsqueda de un equilibrio ponderado entre los mandatos de seguridad y orden en un marco que preserve los derechos humanos requiere esfuerzos de reflexión y esclarecimiento superlativos que permitan deponer, en el seno de la sociedad, atávicos deseos de venganza, prejuicios sobre el sentido y posibilidades de la pena y falsas antinomias. Se deberá pensar no sólo en la sanción sino en la posibilidad efectiva de hacerla cumplir, evitando trasladar acríticamente instituciones ajenas si no se está en la seguridad de que han de ser útiles y, por sobre todo, eficaces y controlables.

Lo que queda del Libro segundo, destinado a los delitos en particular, es preciso integrarlo con las numerosas leyes complementarias y disposiciones penales específicas que pululan dispersas por todo nuestro ordenamiento jurídico. Desde luego, también, con las normas penales que resultan de convenios internacionales a los que adhirió nuestro país.

Entre las primeras destacamos especialmente el contrabando, ahora alojado en el Código Aduanero y creando dudas con la ley penal tributaria; a las normas sobre los distintos aspectos de protección de la actividad intelectual creativa; a la confusa legislación sobre residuos peligrosos; a la ley penal cambiaria; a la ley penal tributaria, que oscila entre draconianos incrementos de punición y periódicas remisiones de pena, y a las leyes sobre lavado de dinero, que gozaron del privilegio de verse incluidas con título propio en el Código Penal vigente. Pero también a otras más específicas, como la que regula administrativamente la protección y el aprovechamiento de la fauna silvestre.

Obviamente, esa integración no debe hacerse mecánicamente. No se trata de adicionar sino de aclarar, ponderar y dar racionalidad; de tener claro qué se quiere regular, qué se quiere obtener, qué bienes sociales se quieren proteger y qué posibilidades existen de hacer efectiva esa protección, y luego de saber todo eso, trasladarlo a enunciados lo más simples posible, que resulten comprensibles por el ciudadano común.

Lo dicho hasta aquí es una parte importante de la reforma en marcha. Sin embargo, no es todo. Una reforma, sobre todo la de la ley que emplaza a quien la viola en la infamante categoría de delincuente, debe poder sentirse como legítima por quienes deben cumplirla. Esa legitimidad sustancial sólo se logrará con participación y con el debate ciudadano.
 #850451  por Pandilla
 
Lista de piratas:

egt
feragus
etcétera
-----------/////-----
 #850572  por feragus
 
EGTRECARGADO escribió:
crtlt escribió:Pandilla, ¿cuál es la finalidad de hacer esto que estas haciendo?
Dr. Fegagus, tomando nota por favor y sumando !!!
La finalidad es la de hacerse el "gran colaborador del foro" un idiota inútil, que se hace el ABOGADO, y pretende copiar y linkear sin ningún sentido, y hasta se las da de "critico legislativo".
Un pobre linyera.
*cafe* E.G.T. ( :lol: POBRE TIPO NADIE LO ENTIENDE .....NI MUCHO MENOS LE CONTESTA).
 #855827  por Pandilla
 
Proyecto de Reforma del Código Penal:

Encuentro a cargo de:

Dr. Alejandro Slokar
Profesor de la Facultad de Derecho - Juez de la Cámara de Casación Penal.

Dr. Javier de Luca
Profesor de la Facultad de Derecho - Fiscal ante la Cámara de Casación Penal - Ex Presidente de la Asociación de Profesores de Derecho Penal.

Jueves 7 de Junio de 2012 - 18:30 hs - En el Barato (Facultad de Derecho - UBA).

Saludos.
 #855873  por feragus
 
Pandilla escribió:Proyecto de Reforma del Código Penal:

Encuentro a cargo de:

Dr. Alejandro Slokar
Profesor de la Facultad de Derecho - Juez de la Cámara de Casación Penal.

Dr. Javier de Luca
Profesor de la Facultad de Derecho - Fiscal ante la Cámara de Casación Penal - Ex Presidente de la Asociación de Profesores de Derecho Penal.

Jueves 7 de Junio de 2012 - 18:30 hs - En el Barato (Facultad de Derecho - UBA).

Saludos.

Este Ladilla pierde un torneo de tarados por tarado. Publica una conferencia que se hizo ayer. Para qué salame? Es tan boludo que pondría un cartel en una ruta que dijera "la curva anterior era muy peligrosa"
 #869123  por Pandilla
 
El Código Penal
Se­ñor Di­rec­tor
:

"Creo que ha llegado el momento de la actualización del Código Penal por parte del Congreso, ante los reclamos de la sociedad por los delitos que sufre diariamente. No significa criminalizar la pobreza, significa penalizar a los delincuentes y proteger a los ciudadanos. Los delincuentes deben temer las sanciones y deben temer de reincidir, porque su salida en libertad sería casi nula. Si no es así, estamos viviendo en una gran anarquía. Cuidado con la sociedad que ante la ausencia de justicia la realice por sus propias manos: no habrá límites ni ética."

Lucas Castro
http://www.lanacion.com.ar/1490383-cartas-de-lectores
 #869166  por feragus
 
feragus escribió:
Pandilla escribió:Proyecto de Reforma del Código Penal:

Encuentro a cargo de:

Dr. Alejandro Slokar
Profesor de la Facultad de Derecho - Juez de la Cámara de Casación Penal.

Dr. Javier de Luca
Profesor de la Facultad de Derecho - Fiscal ante la Cámara de Casación Penal - Ex Presidente de la Asociación de Profesores de Derecho Penal.

Jueves 7 de Junio de 2012 - 18:30 hs - En el Barato (Facultad de Derecho - UBA).

Saludos.

Este Ladilla pierde un torneo de tarados por tarado. Publica una conferencia que se hizo ayer. Para qué salame? Es tan boludo que pondría un cartel en una ruta que dijera "la curva anterior era muy peligrosa"
 #870713  por feragus
 
EGTRECARGADO escribió:
Pandilla escribió:El Código Penal
Se­ñor Di­rec­tor
:

"Creo que ha llegado el momento de la actualización del Código Penal por parte del Congreso, ante los reclamos de la sociedad por los delitos que sufre diariamente. No significa criminalizar la pobreza, significa penalizar a los delincuentes y proteger a los ciudadanos. Los delincuentes deben temer las sanciones y deben temer de reincidir, porque su salida en libertad sería casi nula. Si no es así, estamos viviendo en una gran anarquía. Cuidado con la sociedad que ante la ausencia de justicia la realice por sus propias manos: no habrá límites ni ética."

Lucas Castro
http://www.lanacion.com.ar/1490383-cartas-de-lectores
ANTE LA FALTA DE IDEAS PROPIAS EL TIPO CITA CORREOS DE LECTORES...... :lol: AL MENOS NO PASA TANTAAAAA VERGUENZA...
*cafe* E.G.T.
 #870728  por feragus
 
Pandilla escribió:Se levantó el corte, pero habrá feragus y EGTRECARGADO (entiendase: basura) durante tres días más.-
http://www.lanacion.com.ar/1491569-se-l ... s-dias-mas

Saludos.

ENCIMA DE TODO (MALOLIENTE, SUCIO, VIEJO, IMPOTENTE Y PEDÓFILO), NO TENÉS INVENTIVA, HACÉS UN CHISTE QUE YA TE HICE YO EN OTRO POST. SOS TARADO EH?
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