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  • RETIRO MILITAR Y JUBILACION. RESOLUCION 555

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #652583  por VLA28
 
Uhy,qué bueno! Muchas gracias por la información! Una consulta más, el certificado que te extendieron y que presentaste en Pacífico, informaba el período "desde/hasta" que le tomaron para el retiro militar o sólo decía a partir de cuándo comenzó a cobrar el retiro????

MIL GRACIAS!!!!
 #652608  por molinag
 
Para gendarmeria nacional yo solicite una vez en INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA EL PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES....www.iafprpm.gov.ar.... cerrito 572...tel 011-4370-1800......certificado de aportes interno 4 fax 011-4370-1808....esto fue hace casi tres años, nose si sigue en el mismo lugar y con los mismos tel, y tampoco si pertenece a la fuerza a la que debes solicitar...por las dudas, capaz te sirve....
 #653020  por varelamariac
 
HOLA , EL TEMA ES QUE EN POLICIA HAY MUCHA GENTE CON EL SUELDO BLANQUEADO Y ES DE 15000 PESOS, EN LA PAGINA DE ANSES DICE QUE NO PUEDE SUPERAR AL DE LA FUERZA DONDE SE DESEMPEÑA LA PERSONA!!!!!!!!!!!!!, ALGUIEN SABE ALGO DE ESTO?
 #653084  por dramamita
 
holaaaaaaaaaaaa varela maria
ahi te mande mp pero lee el post de ariel mas arriba que transcribe el art.80 de la 19101.............como minimo cobraran la minima de anses!!!!!!!!!!!!!!!!!
 #653274  por VLA28
 
Hola a todos!!!

Muchas gracias por la información!!! También me gustaría saber en qué UDAI fue donde no le quisieron tomar el trámite por simultaneidad de aportes civiles con los servicios militares.

En cuanto al haber, la suma de los mismos no debe superar el monto mensual máximo del grado de General de Brigada.

Saludos!!!!!
 #653381  por Sil
 
VLA28 escribió:Uhy,qué bueno! Muchas gracias por la información! Una consulta más, el certificado que te extendieron y que presentaste en Pacífico, informaba el período "desde/hasta" que le tomaron para el retiro militar o sólo decía a partir de cuándo comenzó a cobrar el retiro????

MIL GRACIAS!!!!
Uy VLA28 eso si que no me acuerdo... El certificado es el que te extienden en la Caja de la Policia Federal, en la oficina de la calle Sarmiento al 1700 aprox. Los datos eran ingreso y egreso de la fuerza, cargo, etc pero en Anses me pedian mas datos, fui con la citacion de Anses para que me extendieran un certificado que contuviera los datos requeridos, pero se negaron, me dijeron que ellos no daban tanta informacion. Cuestion que lo hable en Pacifico y me sugirieron que pida copia certificada del expediente, fui con el titular y me la dieron.... Con eso me otorgaron la jubilacion!
 #653776  por varelamariac
 
El de general de brigada , es de 8000 , y en la pagina del ANSES, DICE EL DEL GRADO SUPERIOR AL DE LA FUERZA A LA QUE PERTENECE EL QUE SOLICITA LA JUBI.
Gracias a todos!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
 #653796  por dramamita
 
chicas..........tienen que presentar 2 notas: 1) del IAF informando sueldo actual del maximo cargo de la fuerza que se trate (policia, fuerza aerea, ejercito, marina, gendarmeria......no se si hay otra, esas son las que yo presente) y como se llama el jefe supremo siempre se lo pregunto a mis clientes.

2) se pide en la oficina de retiros de cada fuerza y deben certificar los periodos que se tuvieron en cuenta (no fecha de ingreso y egreso) para obtener el retiro dentro de la fuerza y si en el mismo se tuvieron en cuenta aportes civiles.

salu2
 #654734  por Sil
 
periquita escribió:Caja de la Policía
Sarmiento 1624 - 8 a 14
4814-2000
Genia Periquita! Siempre atenta c el dato preciso!!!
 #654916  por wilo
 
Hola a todos. Me meto y pregunto algo que todavía no me queda en claro, evidentemente.
Hace unos días vino gente de Anses a dar un seminario sobre jurisprudencia de la Corte y algo de docentes. En el recreo (actualmente denominado break) se habló de los jubilados de fuerzas policiales que solicitaban beneficios a Anses.
La respuesta de los expositores fue clara: serían irregulares las jubilaciones de autónomos en beneficiarios de Cajas policiales (ej: caja policías prov. de Bs As), por tratarse de violacion al principio de beneficio único según ley.....(no me acuerdo que número dijeron), que de verificarse estos casos se daba automáticamente de baja el beneficio, con el correspondiente cargo deudor y otrs yerbas.
Ahora leo este post que resulta tan instructivo como desorientador para este pobre cerebro en formación previsional.
Entonces, repitiendo mi consulta de otro post. ¿ES REGULAR EL OTORGAMIENTO DE ESTOS BENEFICIOS??????
Saludos, buen finde