uhhhh, sorry tincho, recien veo que en el puc no te aparece nada....por eso tomas la del pha, y carga desde que te da el sicam....TIENE 91 AÑOS!!!!!!!!!!
molinag escribió:fijate el puc!!! el que te aparece en el sicam, esa situacion de revista es la que tenes que respetar, la que vos decis es la pha, la de ansesmoliang gracias por tu ayuda pero cuando abri el tema, plantie como hacer si en el PUC no en el PHA no figuran datos. de ahi una colega surigio que al no figurar datos en el PUC o sea si te aparece la leyend roja, respetar el PHA.
dramamita escribió:y apurate antes que parta de este mundo!!!!!!!!!!!!!!!!!!! no es pensionado/a por casualidad??????No no tiene una 40/5 o sea una no contributiva. y quiere optar por la de anses ya q le quedaria mas dinero.
NAOMI_NHO escribió:Pero si la mandás por web?, ya que son tan exigentes en la udai donde tramitas. Te parece que no te la acuerdan por el beneficio que percibe? Yo igual lo intentaría...No por web no se puede, porq tiene una pension graciable, hay q iniciar por turno, si tendre q presentar en otra udai. gracias por el dato de liniers, cualquier cosa te envio un privado gracias.
Si tenés algún problema en la udai que tramitás, te ofrezco un turno en Liniers. Ahí te la toman seguro, todo en sicam 1, sin respetar ninguna inscripción, por más que figuren pagos (siempre que no aparezcan en datos personales del sicam). Encima salen acordadas en una semana.
tincho_20 escribió:si si tiene pagos y el numero de cuenta vincula al sicam, de ahi mi duda. debido a que Afip no modifica el puc alegando q la circular 555 no es conjunta.Entonces podemos afirmar como conclusion: tiene incripcion en afip pero no consta en el PUC del sicam, tiene pagos (sean posteriores o anteriores del 09/93) se procede a cargar manualmente hasta donde nos permita la situacion de revista del sicam (06/2004) y presentamos. El iniciador revisa el PUC, no hay nada, la 555 ordena verificar que se respete el PUC, no hay puc no hay nada para verificar salvo el detalle de deuda en cero, y todos contentos. Ahora si hay pagos posteriores al 07/2004 donde bien se sabe que no se puede cargarlo manualmente no nos quedaria otra que ir a la afip a reclamar su incorporacion al sicam y ahi si apareceria el puc y la imposicion de la 555.
O sea es el primer caso q me toca con inscripcion sin q aparescan datos en el puc. y a su vez tiene pagos.