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 #693968  por viko
 
falsificar la firma del cliente.......mmmmm
eso me suena a que el abogado anterior lo llamaba a tu cliente a firmar los escritos, y el cliente el decia "hagame la firma, doc"
todo es bonito y comodo, hasta que en la etapa probatoria necesitas que el cliente venga a dejarte algo de plata para las pericias, o los gastos de diligenciamiento y prueba.
"venga, firme...y traiga plata" habra sido el asunto. Y el cliente no aparecia
ahora no entiendo bien: Era apoderado o patrocinante?? para que necesitaba falsificar la firma del cliente?
saludos
 #694084  por aboglp
 
viko escribió:falsificar la firma del cliente.......mmmmm
eso me suena a que el abogado anterior lo llamaba a tu cliente a firmar los escritos, y el cliente el decia "hagame la firma, doc"
todo es bonito y comodo, hasta que en la etapa probatoria necesitas que el cliente venga a dejarte algo de plata para las pericias, o los gastos de diligenciamiento y prueba.
"venga, firme...y traiga plata" habra sido el asunto. Y el cliente no aparecia
ahora no entiendo bien: Era apoderado o patrocinante?? para que necesitaba falsificar la firma del cliente?
saludos
era patrocinante, yo le tengo que creer a mi cliente, si no le voy a creer no tomo el caso. Y como se explica que la sra fue citada a 6 pericias y nunca se entero de ninguna. Me parece que nuestro deber como abogados, es mantener al cliente infomrado periodciamente o cuando ocurren eventos de magnitud.
AL menos es como me manejo yo, no todos somos iguales...
 #694104  por DoctorPiccafeces
 
El BLSG paralizado no es un gran problema, el letrado pudo haber planificado desparalizarlo antes de la sentencia, citar a los testigos, luego citar a la contraparte y listo. El interés del BLSG es que el cliente no pague los gastos y en la medida que haya sido radicado junto con el juicio de daños, a fin de no hacerle exigible el pago de la tasa de justicia, es irrelevante el momento en que lo actives en tanto sea antes de la sentencia -hablo de Provincia, donde la caducidad de instancia existe, pero en los hechos requiere una intimación previa frente a la cual la parte activa el procedimiento.

La caducidad de la prueba sí es un problema, porque priva a la parte de su derecho a la defensa, pero tenés que evaluar si esa prueba era esencial y decisiva para la definición de la causa, si era prueba superflua o irrelevante como causal de mala praxis no prospera, o si produciéndola el resultado habría sido el mismo, tampoco.

En esto de la mala praxis contra un colega prima tu criterio, no soy partidario de hacer esa clase de juicios salvo que el colega haya retenido fondos del cliente (y en ese caso procede una denuncia penal, mas que un proceso civil) porque desconozco como se desarrolló la relación cliente/abogado y en ese contexto, al hacer lo que me parece correcto de acuerdo al expediente (vos hablás de firmas falsificadas, entre otras cosas) puedo estar perjudicando al colega.

Lo de las firmas pudo darse -como ejemplo- por un cliente que vive lejos del estudio de su abogado y que nunca podía ir a firmar los escritos o tenía un arreglo tácito en ese sentido, sabiendo que su abogado le firmaba los escritos -lo cual a mi modo de ver lo pinta al abogado como un tipo negligente respecto de sus propias espaldas, pero que no merece una mala praxis. De todos modos tenés que evaluar si esas firmas falsificadas lo perjudicaban a tu cliente o no (si no lo perjudicaban y el resultado del escrito era favorable a los intereses del cliente lo firmara el no, porque le resultado era el mismo y no existió dolo deliberado en la causa que le fue encomendada perjudicando al propio cliente, no prospera ni un prevaricato penal ni una mala praxis, hay bastante jurisprudencia del caso). Lo de la prueba, tenés que ver si era esencial y decisiva para la dilucidación de la causa o no, si su producción pudo haber influído en la sentencia en favor de tu cliente o no porque si era prueba irrelevante o superflua, la falta de producción de la misma no genera mala praxis.

No recuerdo si en tu posteo aludís a alguna caducidad de la instancia, eso sí generaría mala praxis, pero sacando ese supuesto, tomalo con pinzas. Es tu criterio jurídico el que prima. Lo de las citaciones a las pericias, si la relación se manejaba en forma telefónica -como es normal en nuestro rubro, nadie le manda una carta documento a su propio cliente para avisarle de una audiencia, o pericia- cabe que tu cliente se haya enterado y, por la razón que fuere, no haya asistido. Particularmente, en casos de clientes complicados, me manejo no solo con teléfono sino con mensaje de texto, a fin que quede plasmada fecha y hora. Si le colega prueba que existió comunicación telefónica mas o menos frecuente con tu cliente, se supone que se relaciona con la litis y es una presunción en su favor que no te ayuda en una mala praxis (también hay jurisprudencia de ese item).

De todos modos, el anterior colega es un irresponsable, pero no tanto respecto de tu cliente sino de su propia responsabilidad ya que su posición descubierta lo obliga, eventualmente, a responder en una mala praxis.

Yo me focalizaría en resolver el problema, mas que en tirarle tierra al abogado anterior. Sobre todo porque si las cosas salen mal con la mala praxis y la perdés, vos sos quien va a tener que explicarle al cliente porqué le tiene que pagar las costas a tu ex abogado... y quizá hasta te enchufe una mala praxis a vos con otro colega, con o sin razón.
 #694142  por aboglp
 
HAcerle un juicio por mala praxis al abogado anterior está desestimado hasta la medida en que la perjudique o no a mi cliente al momento de la sentencia, si es que llegamos a esa instancia. Desestimado principalmente porque su salud se deterioro considerablemente, no sabemos si llegara para ver la sentencia en este caso, asi q imaginate!
Por otro lado, ella le quiere hacer una denuncia en el colegio, y le dije que la haga pero la hace ella no yo.
 #694192  por Hlws
 
A mi me parece que hay que ser lo mas objetivo posible, es decir SIEMPRE TOMAR CON PINZAS LOS DICHOS DEL CLIENTE, porque son solo eso, dichos. Preguntale a tu clienta cuando va a pagar los honorarios del anterior colega por lo laborado, si te sale con que nada va a pagar y quiere juicio de mala praxis, ya te da dos pautas: 1º que ya se asesoro con un tercer letrado sino como sabe que existe el juicio por mala praxis y que le dejaron caducir la prueba??? :roll: 2º si los problemas pasan por honorarios tambien ahi tenes otro panorama que es solo cuestion de dinero.

Entonces mas que por los dichos de la probre clienta fijate en la opinion de los medicos, que para eso estudiaron, y segundo mantenete fria en el tema porque la clienta cuanto mas "acongojada y comprometida" te vea por el problema, mas se va a aprovechar de vos. JAMAS HAY QUE INVOLUCRER SENTIMIENTOS PERSONALES CON EL TRABAJO, DESPUES ASI SALEN LAS COSAS.
 #694274  por viko
 
ahora que aclaraste que no es apoderado el anterior abogado, sino patrocinante, cambia el tema de la responsabilidad. No es lo mismo la del apderado que la del patrocinante.-
igual creo que ya tenes varias opiniones en el foro bastante coherentes.
No probaste preguntarle al colega que paso?
o a alguien que lo conozca... a ver como se maneja.
saludos
 #694305  por aboglp
 
Hlws escribió:A mi me parece que hay que ser lo mas objetivo posible, es decir SIEMPRE TOMAR CON PINZAS LOS DICHOS DEL CLIENTE, porque son solo eso, dichos. Preguntale a tu clienta cuando va a pagar los honorarios del anterior colega por lo laborado, si te sale con que nada va a pagar y quiere juicio de mala praxis, ya te da dos pautas: 1º que ya se asesoro con un tercer letrado sino como sabe que existe el juicio por mala praxis y que le dejaron caducir la prueba??? :roll: 2º si los problemas pasan por honorarios tambien ahi tenes otro panorama que es solo cuestion de dinero.No es solo una cuestion de dinero, pero los honorarios del otro abogado no los quiere pagar, en todo caso veremos cuando se presente a pedir la regulacion que hacemos.
ELla me convoco en 1º lugar para que estudie el asunto, porque no podia creer como no le habian hecho mas pericias, mire el expediente y ahi le informe lo que estaba sucediendo.
No vamos a hacer un juicio de mala praxis, pero al abogado le cabe responsabilidad por su accionar negligente... veremos, eso no es lo importante hoy en el estado que esta el expediente


Entonces mas que por los dichos de la probre clienta fijate en la opinion de los medicos, que para eso estudiaron, y segundo mantenete fria en el tema porque la clienta cuanto mas "acongojada y comprometida" te vea por el problema, mas se va a aprovechar de vos. JAMAS HAY QUE INVOLUCRER SENTIMIENTOS PERSONALES CON EL TRABAJO, DESPUES ASI SALEN LAS COSAS. este fin de semana tengo una entrevista con profesional, para que me informe ciertas cuestiones medicas que desconosco
viko escribió:ahora que aclaraste que no es apoderado el anterior abogado, sino patrocinante, cambia el tema de la responsabilidad. No es lo mismo la del apderado que la del patrocinante.-
igual creo que ya tenes varias opiniones en el foro bastante coherentes.
No probaste preguntarle al colega que paso? no me parece que tenga yo que ir a preguntarle al colega que hizo o dejo de hacer y porque, el sabra. Por otro lado, no lo conoce nadie - al menos de mi circulo social que no es acotado tratandose de colegas- asi que no tengo referencias
o a alguien que lo conozca... a ver como se maneja.
saludos
Les agradesco a todos... despues le scuento como termino el caso principal - si termina jejejejje