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  • NUEVO PORCENTAJE PARA CALCULAR LA TASA EN LAS SUCESIONES?

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 #1085687  por abogado_1987
 
alejandra01 escribió:gracias doc. El tema es que la DH ya salió; presenté un automóvil como primer bien y las cesiones privadas, las cuales fueron ratificadas en el juzgado y se inscribió.
Ahora entonces debería denunciar el inmueble, presentar las cesiones del inmueble que hace la escribana, y acompañar con el certif agrimensor, tasa, certificados de inhibición y dominio, ddjj arba, etc,y pedir que se inscriba conjuntamente ?...

acompañaría la cesión de DH en el sucesorio > después de dictada la DH y previamente a que se ordene la inscripción de la DH,
a efectos que se inscriban conjuntamente en el RPI > DH y cesión de DH

Imagen
[/quote]

Hola ALe, como pauta >

“....I.- Se deja constancia que no resulta exigible en el supuesto de autos el impuesto a la transmisión gratuita de bienes previsto en el art. 306 del Código Fiscal, en virtud de lo establecido en el art. 78 de la Ley 14.200 (arts. 307, 314 y concdtes. del Código Fiscal y 78 de la Ley 14.200). Atento lo solicitado, habiéndose integrado la tasa y sobretasa de justicia a fs. .... y cumplido con los aportes de ley a fs. .... (art. 21 de la Ley 6716) e impuesto a los ingresos brutos a fs. .... en relación a la regulación practicada a fs. ..., resultando del informe del Registro de la Propiedad que los causantes no tienen inhibiciones a fs. .... y que el dominio del bien consta a sus nombres a fs. ....... , procédase a la inscripción de la declaratoria de herederos en forma conjunta con la cesión de derechos derechos y acciones hereditarios efectuadas por .... y ....... en favor de .... (art. 765 del C.P.C.) con relación al dominio del bien denunciado a fs. .... (50 %), a cuyo fin líbrense oficios al Registro respectivo y expídase testimonio...”
 #1154143  por janet
 
Hola, estoy en una situación similar pero quiero saber como se paga la tasa de justicia. Si lo hago por el inmueble de la declaratoria y luego nuevamente pago tasa por la cesión. Desde ya muchas gracias
 #1154941  por alejandra01
 
hola Janet. Se paga por la parte que se transmite...
janet escribió:Hola, estoy en una situación similar pero quiero saber como se paga la tasa de justicia. Si lo hago por el inmueble de la declaratoria y luego nuevamente pago tasa por la cesión. Desde ya muchas gracias