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  • necesito modelo demanda consumidor!!!!!

  • Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
Lo piden...lo tienen. Que sea util!!!
 #769189  por derechomarcas
 
Todas las veces que presenté estas demandas por defensa del consumidor fui a Comercial, pero entiendo que también podes ir a Civil incluso hay varias sentencias en Civil sobre daños morales por el Veraz .... Pone todos los daños tradicionales, daño material y daño moral... Luego, en un título aparte de la demanda, que diga MULTA CIVIL, y solicita esa multa a favor del consumidor sin especificar el monto....
 #769362  por "doctoraZA"
 
ok gracias por contarme tu experiencia... despues te cuento como me fue!!!saludos
 #769782  por estudiojuridicobds
 
hola chicos, les comento algo, tengo un cliente que hace un par de meses se estrello contra un montículo de tierra y piedra en una ruta nacional, si bien ya casi tengo terminada la demanda contra la concesionaria vial, me constitui in situ donde fue el accidente, cuando iba en el auto empece a observar que hay millones de montículos en la ruta ( en razón que se trata de una zona de sierras) estos monticulos alcanzan una dimensión impresionante y ademas están a pocos metros de la cinta asfáltica, su remoción es muy cara , conviene pagar mas un juicio que remover alrededor de 40 monticulos existente en la ruta, entonces pense la aplicacion del art 52 bis en razon de lo que expuse anteriormente, que creen ustedes? espero su opinion
 #770617  por estudiojuridicobds
 
no contra el estado no porque este se desprendio del deber de controlar y del poder de policia ( hay fallos que el poder de policia no se puede delegar, pero la corte en el fallo bianchi dice lo contrario) . hay pocos casos que se ha otorgado los daños punitivos pero...
 #780766  por maria1978
 
buen dia colegas!! quiero iniciar una demanda de defensa del consumidor por un aire acondicionado que le vendieron a mi cliente y nunca funciono, pasaron ya dos veranos y no le resolvieron el tema. ya agote la via administrativa y quiero iniciar la accion judicial. Alguien tiene una demanda que pueda adecuar al tema? cual es la competencia? soy de Rosario. Prov. Santa Fe. Muchas gracias!! y saludos..
 #782565  por Mordisco
 
Tanto la doctrina como la jurisprudencia son contestes en reclamar para la existencia de la obligación de indemnizar por el daño moral ante un incumplimiento contractual, la prueba de dicho daño. Es dable, admitir, absoluta libertad de medios probatorios, incluso los presuncionales; aclarando que en el ámbito extracontractual, el principio enunciado puede perder rigidez, pues son numerosos en los cuales a partir de los hechos, de la lesión a derechos personalísimos y de la calidad de damnificado moral del accionante, el daño moral se infiere.

Pero en la órbita contractual, en cambio, la jurisprudencia exhibe criterios más rígidos. Así son frecuentes los pronunciamientos en lo que se sostiene que para la acreditación del daño moral...se debe proceder con rigor estricto, y "es a cargo de quien lo reclama la prueba concreta de la existencia de una lesión a los sentimientos, de afecciones o de intranquilidad anímica, que no puede confundirse con las inquietudes propias" y corrientes del mundo de los negocios o con cualquier molestia que pueda originarse en el incumplimiento contractual. La carga de la prueba pesa en principio sobre quien pretende la reparación.

Si bien la regla puede reconocer excepciones, especialmente cuando se lesionan derechos personalísimos de uno de los contratantes, produciéndole un menoscabo moral, la prueba en general debe orientarse a demostrar la existencia de un perjuicio de orden moral cierto, relevante, y resarcible. La actividad probatoria debe tender a acreditar la razonable relación existente entre el incumplimiento del contrato y el menoscabo del espíritu, y su actitud de entender, querer o sentir que resulta anímicamente perjudicial para la víctima: entre el estado en que se encontraba su subjetividad, antes y después del hecho.

Es importante tener en cuenta que no cualquier molestia o turbación importa daño moral; el mismo debe asumir entidad suficiente cualitativa y cuantitativamente que justifique la obligación de resarcir.
 #794075  por DrTV
 
Yo que vos ademas de la demanda civil haria la denuncia penal por lesiones, signa bien el nombre de los denunciados, domicilios y datos que tengas; comparece como querellante particular ofrece alguna prueba que acredite la gravedad de las mismas y dejalo ahi.-
 #803149  por danigross1
 
COLEGAS, UNA CLIENTE TIENE PROBLEMAS CON UNA NOTEBOOK, ANTES DE INICIAR ALGO QUIERO INTIMARLOS, PERO MI CLIENTE NO QUIERE GASTAR EN CARTA DOCUMENTO, LA MANDE CON UNA NOTA Y EN LA CASA COMERCIAL NO SE LA QUISIERON RECIBIR, MI PREGUNTA ES SI EXISTE ALGUNA LEY QUE OBLIGUE A LOS COMERCIOS A RECIBIR NOTAS DE RECLAMO POR PARTE DE LOS CONSUMIDORES? GRACIAS.-
 #803249  por estudiojuridicobds
 
si tu cliente no quiere gastar 50 mangos en una cd no me quiero imaginar cuando te tenga q pagar los gastos de inicio, consejo ante clientes ratas es conveniente decirle que se acerquen a la asesoria gratuita, no regales tu tiempo a este raton.-
 #1032533  por jorge877
 
puedo hacer un pequeño aporte? en la demanda que esta buenísima no concuerdo en la parte que dice la camioneta solicitada era para hacerla trabajar en un emprendimiento familiar, por que esta cuestión haría que no se pueda aplicar la ldc ya que la misma se aplica a los consumidores que hacen uso de la cosa o servicio para consumo personal y de su familia. y en el caso de usar el vehículo para un emprendimiento familiar , a este se lo estaría utilizando en una cadena de producción. El daño punitivo infaltable para hacer que las empresas no reiteren sus conductas, lo ventajoso de la ldc son la justicia gratuita, juicio simarisimo , daño punitivo etc.Es mi opinión.
saludos