Calfupan escribió:Así es, Aldo. Todas las cajas del país, sean provinciales, municipales o ANSES son pares entre sí y se rigen cada una por su propia legislación cuando resultan Cajas Otorgantes.No necesariamente, porque de esos 20 años como autonomos pueda que solo tenga aportado efectivamente 10 años nada mas y lo otros 10 años los adeuda pudiendo prescribirlo o renunciarlo sin mas, por lo que el anses le va a otorgar un reconocieminto de 10 años y si en la provincia tiene 18 años de aportes entonces ésta será la caja otorgante por reunir mayor cantidad de años de aportes.
Y con respecto a la determinación de cuál Caja es otorgante (la que más aportes recibió del solicitante), es bueno recordar aquí la Resolución 16/10 de la Secretaría de Seguridad Social:
EL SECRETARIO DE SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
Artículo 1º — Establécese que las disposiciones de las Leyes Nº 14.236 sobre prescripción, Nº 24.476, sobre condonación de deudas y Nº 25.321 sobre renuncia de servicios, sólo son aplicables para los trabajadores autónomos deudores de aportes obligatorios al SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO (SIPA).
Art. 2º —- Los servicios o tiempos de trabajo correspondientes a los aportes obligatorios adeudados mencionados en el artículo 1º, deberán ser computados para la determinación de la Caja jubiladora en los sistemas de reciprocidad o coordinación.
Qué quiere decir esto? Que si un cliente figura en Autónomos durante 20 años y en una caja provincial aportó otros 18; por más que prescriba (14236), o condone (24746) o renuncie (25321) a 3 de esos 20 años... igual la Caja Otorgante será Anses.
En definitiva esta Resolución no es coherente con la que dispone una norma de mayor rango como lo es la ley 24241.
