Si, por eso te decía, porque es tu trabajo y es algo que se cobra, y dudo que el consultante tenga intenciones de pagarle a un profesional
justiciasinfin escribió:Me parece que hay dos aspectos en esta discusión. El primero, tiene que ver con una realidad de mercado. A saber: que el mercado inmobiliario está desde hace 7 décadas totalmente dolarizado. Qué significa esto: Aún cepo cambiario mediante, los propietarios no venden en pesos, y lo compradores tampoco compran en dólares (pero en el caso de los compradores por el cepo actual). Por eso está todo paralizado (y seguirá estando,,y en mi opinión personal extraprofesional..con muy buena explicación..que es la que circula por todos los medios serios..el ladrillo es uno de los pocos activos que mucha gente desea conservar en su reserva de valor..los pesos conspiran contra ello..por eso seguira por mucho tiempo dolarizado el mercado inmobiliario del usado. Aclaro que ya pasó casi un año desde el cepo cambiario, y la cosa sigue igual. Más aún..sé.. porque conozco martilleros, que inclusive, aunque se ponga en vigencia el nuevo código civil y comercial proyectado,,igual el mercado, en buena medida seguirá dolarizado.). Ese es un aspecto ratificando todo lo que dijeron más arriba. es decir, cada propietario fija el precio, y si bien el precio en moneda extranjera -hasta el día de la fecha- es considerada legalmente como una obligación de suma de dinero, hoy los propietarios que quieren dólares (quieren el precio al contado en su totalidad, sin boletos, señas ni anticipos, y sino no venden..y esto no tiene nada de ilegal porque es el ejercicio normal del derecho de propiedad en su faz dispositiva). Otro aspecto, tiene que ver con la prohición de fijar en los contratos fórmulas indexatorias (prohibición legal tan vigente como la validez de los contratos o actos en moneda extranjera). Obviamente si el comprador tiene total o parcialmente pesos para pagar la operación, lo único que podría invalidar legalmente sería una cláusula expresa en el contrato de carácter indexatorio, que naturalmente está prohibida. pero no es de práctica. Cuando los propietarios dicen: te tomo el peso al valor del dólar llamado "del mercado paralelo", lo que están diciendo al comprador es que quieren 100.000USD en precio en pasos a 1 usd = 6.40 $ es decir un precio por valor de 640.000$ (el compador lo aceptará o no, pero esto no tiene cuestión legal posible).-