Los dime y direte poco son de ayuda, toda acción debe ir acompañada de otros motivos mas ciertos para ver en ello impreso el verdadero sentido del derecho a sabiendas que el misterio no tiene cabida en la obligatoriedad, mediación que nos lleva a otros términos de la vanguardia de la abogacía y los perjuicios interpuesto por la misma ley, reconociendo el grado conservador de sus principios, sin privilegios subscritos, surgiendo mas tarde una serie de interrogantes contra los mismos mediadores, recepción del asunto a tratar, sorteo en caso de que en verdad el sorteo sea sincero, transparente y no halla en ello un elemento oculto para que el caso sea remitido a un tribunal predestinado con intereses creados conociéndose muy bien al juez de la causa, no es nada nuevo con respecto a los sorteos [mucho tejemaneje del sorteo y el pago para que se dirijan a un juzgado determinado].
La abogacia en estos nuevos tiempos sufre una transformación seria, relevante en cada uno de sus conceptos ya que debemos de interpretar con la letra y los hechos prácticos para dar una cierta interpretación al derecho, de como muchos profesionales escogen el derecho como una carrera fácil, vemos mas tarde en la practica un fracaso en la mediación, en el ejercicio, crece la anarquía y las complacencias, vendo en ello impreso el privilegio, daños severos en la propuesta de fondo del llamado misterio, plagado de secretos y dañando severamente la imagen del poder judicial.
La obligatoriedad nos lleva por caminos raudos del avance de las nuevas metodologías para ver en ello la urgencia de las actitudes, reglas y normas para acabar con el secreto, misterio el cual tanto daño nos hace a todos, creciendo la censura, el debate y abriéndose de par en par las puertas de la impunidad. El pensamiento jurídico nos lleva por caminos del aspecto politice-económico, cambios en el grado de las acciones, la existencia de los vicios y el factor riesgo en el tiempo y el resquebrajamiento de la institución como tal.
Chinca C. Salas R
Chinca