El ejecutivo se imparable, con tu simple certificación basta, el problema se te va a presentar en caso de juicio ordinario posterior, en que si, te pueden exigir la justificación de la deuda.
Si no existe comprobante es muy arriesgado intentar nada, y si existe aunque sea comprobantes de los últimos años, o meses, intentá por ese lado.
Si no existe comprobante es muy arriesgado intentar nada, y si existe aunque sea comprobantes de los últimos años, o meses, intentá por ese lado.
********Abogado********
Ciudad Autónoma de Bs.As.
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