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  • Mi cuñada como niñera (servicio domestico)

  • Temas de interés general relacionados con cuestiones Jurídicas. De lectura libre.
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Temas de interés general relacionados con cuestiones Jurídicas. De lectura libre.
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 #942464  por andrea1982
 
Igualmente, me extraña que alguien con tanto trabajo como decís, que acusa a todos de ratas, o muertos de hambre, ande preocupandose porque alguien se equivocó de subforo y consultó sobre los alcances del decreto de servicio doméstico. Insisto, no está consultando algo que requiera mas detenimiento que decir, el decreto dice "dueño" de la casa, después de ahi, si ella no es abogada, y quiere hacer cualquier otra cosa y meter la pata, o si quiere hacerle un contrato, o lo que fuera, me parece que no tiene nada que ver. Si es letrada, sabrá analizar el caso, y si no lo es, averiguará, por los medio que corresponde como subsanarlo.

Si es particular, y creyó que iba a conseguir un asesoramiento serio por acá, estimo que ya se habrá dado cuenta que no es la manera. Nadie le está diciendo que tiene que poner en el contrato ni como tiene que dar el alta en afip, ni con que formularios debería pagar, de hecho, nadie mencionó, siquiera, la normativa.
 #942472  por Hlws
 
Y yo opino que lo mejor seria comprar entonces el kilo de bananas, hay gente que es especialista en mandar fruta y esta aca todo los dias para encargarse muy bien de eso :lol:

Le puedo aconsejar a la señora que si quiere la inscriba y si no no, total no pasa nada. :lol:

Que tengas suerte Andrea, gracias por preocuparte por mi y que alguna situacion te llame la atencion, en mi caso puedo entrar y salir del foro cuando se me antoje, no soy adicto dependiente a el como tu caso, ahora quedate toda la tarde como siempre hablandote y respondiendote sola, como ya ha pasado en otros foros que te deje pagando y, como acostumbras quedas sola en ridiculo, lo peor es que si fueras una adolescente a lo mejor lo entenderia, pero ya gente grande (de edad), anda haciendo estas pavadas, ojo, si tenes problemas de retrazo madurativo, ahi si lo entenderia y te juro que nunca mas digo nada, respeto a la gente enferma, y por la calidad de tus comentarios dia a dia creo que la misma va avanzando.

Suerte y espero que algun dia te trates seriamente y puedas encontrar una mejor calidad de vida.
 #942480  por andrea1982
 
Y bue... yo no ando mendigando el peso como vos, que sufre cada vez que alguien pregunta algo ...
Evidentemente, el de los problemitas sos vos, dado que jamás demostraste conocimientos juridicos, más que contar tus grandes ingresos en un foro de internet, y basurear a la gente, otra cosa no hacés...
Igual, éxitos flaco, lo necesitás y bastante.
Ojalá algun día te recibas de abogado... y te vaya tan bien como querés aparentar que te va.
 #942583  por dagaboasol
 
Sra. y Dra. Sol: Buen día Sra. verdulera! Hoy me llevo un kilo de papas, dos kilos de zanahoria, tres kilos de tomates, por favor!
Sra. Verdulera: Algo más Señora Doctora Sol????
Sra. y Dra. Sol: Ahhh a verrrr?? Nada más!
jajaj :lol: :lol: :lol:
 #942836  por lili2
 
Estimados,

En primer lugar, gracias por sus comentarios y opiniones.
En segundo lugar, lamento haber causado tanto revuelo. No soy letrada, soy Ingeniera en Sistemas. Mi itención no era hacerme pasar por abogada, ni tampoco obtener asesoramiento gratis. Llegué al foro buscando información acerca de la interpretación del término "parentesco con el dueño de casa" del decreto ley 326/56, en muchas de conversaciones de este foro encontré distintas opiniones respecto de si una cuñada es un parentesco encuadrado en la ley (siendo que incluso no estoy casada con mi pareja, por lo que legalmente no es mi cuñada).

Agradezco a quienes me dieron su opinión, y también a quienes no lo hicieron por considerar que era una consulta por la que debia pagar.

Por otro lado, les aclaro que sin importar la respuesta, la intención nunca fue escudarme en "me lo dijeron en el foro". Eso sería bastante absurdo, y ustedes mejor que nadie saben que no se tomaría en serio el hecho de justificarme diciendo "yo lo hice así porque me los respondieron en un foro de internet".

Gracias nuevamente.
Liliana
 #943156  por lili2
 
lacasas escribió:PODRIAS INSCRIBIRLA COMO SERVICIO DOMESTICO POR MENOS DE 16 HS PARA QUE NO LLEGUE A SER RELACIÓN DE DEPENDENCIA...
Estimado lacasas,
entiendo entonces que si ella trabajara menos de 16hs semanales quedaría fuera del decreto 326/56, y entraría bajo la Ley 25.239 TITULO XVIII. ¿esto deja sin efecto la restricción de parentesco?

Gracias
Atte,
Liliana
 #943176  por lili2
 
Veo que se acaba de aprobar la nueva ley, de acuerdo con la cual ya no hay minimos de jornada. Entiendo entonces que la única opción es que sea monotributista.

saludos,
Liliana
 #943487  por Hlws
 
NO ES POR QUE LO DIGA YO, LA CONSULTA ES ARANCELADA SEGUN LA LEY, Y SEÑORA DEJE DE PEDIR ASESORAMIENTO JURIDICO GRATUITO ON LINE, DICE QUE NO TIENE INTENCIONES PERO SIGUE PREGUNTANDO, UNA VERGUENZA LO SUYO, MEJOR SI HACE TODO LO QUE LE DICEN ACA ASI SE METE EN UN GRAN LIO Y DESPUES REALMENTE VA A NECESITAR PAGAR UN ABOGADO.

RATA.
 #943492  por andrea1982
 
Que pagues una consulta no te garantiza que vayas a tener buen asesoramiento, pero si te garantiza que vas a tener a quien golpearle la puerta si te metés en lio por estar mal asesorada. La consulta en persona, también, te garantiza una inmediatez en el dialogo, podés consultar espontáneamente, y tener una respuesta inmediata. Además, ahi podés ver si el que te responde está o no dubitativo. Además, no todos los abogados te van a cobrar por la sola pregunta, sino por el trabajo de indicarte como o qué pagar.

Acá se registran abogados que saben, y abogados o particulares, que les gusta aparentar lo que no tienen en la vida real, de todas formas, si optas por una u otra posibilidad (atento en que, en medio de tu consulta, cambió la ley) vas a tener que contactarte o con un abogado o con un contador a fines de que te indiquen como debés pagar, no se trata de "voy a AFIP y le doy de alta", podés hacerle pagar mal y que después no le sirvan los aportes.

Saludos!!