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 #960325  por gaby1973
 
Hola Ale, pedilo ahi, cuando adjuntas certificados y pago de tasa de justicia con declaración jurada.-
d_sunny
 #960328  por Summers
 
gaby1973 escribió:Los regulan cuando pedías la orden de inscripción...
Si se aclara antes la condicion de familiar, no regulan honorarios y el juez provee "tengase presente la situacion invocada para el momento procesal oportuno" es decir la regulacion.

Lo que decis se cae de maduro que en una sucesion si no estan acreditados los honorarios no se puede inscribir la DDHH. Lo cual NO es este caso el que vos decis.
 #960329  por Summers
 
gaby1973 escribió:Hola Ale, pedilo ahi, cuando adjuntas certificados y pago de tasa de justicia con declaración jurada.-
d_sunny
NO. Se denuncia antes.-
 #960331  por santiheladero
 
Yo pregunte porq en la demanda pedi eximicion de honorarios, cuando pedi inscripcion pedi eximicion de honorarios y cuando salio el proveido de inscripcion me regularon honorarios. Por eso a lo mejor tengo q pagar aportes igual.
 #960336  por gaby1973
 
Summers, Ale preguntó : Ahora una pregunta: los honorarios en la sucesion, en que momento los regulan?..
y yo contesto: "gaby1973"]Los regulan cuando pedís la orden de inscripción...la pregunta fue en que momento regulaban honorarios , en cuanto a lo que vos decís es verdad, deberían haberse pedido en el incicio del sucesorio pero al no haberlo hecho, le sugerí que lo hiciera al momento de pedir la inscripción, no porque corresponda, sino poruq ya no le queda otra....
 #960524  por alejandra01
 
Gracias a todos. Lo voy a pedir ahora igual. Quien podría oponerse..de última ya está...supongo que el 10% es el honorario mínimo asi que no es tanto en mi caso...de vuelta..gracias...!!!
 #960556  por Summers
 
santiheladero escribió:Yo pregunte porq en la demanda pedi eximicion de honorarios, cuando pedi inscripcion pedi eximicion de honorarios y cuando salio el proveido de inscripcion me regularon honorarios. Por eso a lo mejor tengo q pagar aportes igual.
En mi caso cuando solicite eximicion el juez me proveyo lo que dije de tengase presente para el momento procesal oportuno, o sea la regulacion, y despues al momento de la regulacion mencionaron esa consideracion. Asi que no corresponde pagar aportes.
 #960558  por Summers
 
gaby1973 escribió:Summers, Ale preguntó : Ahora una pregunta: los honorarios en la sucesion, en que momento los regulan?..
y yo contesto: "gaby1973"]Los regulan cuando pedís la orden de inscripción...la pregunta fue en que momento regulaban honorarios , en cuanto a lo que vos decís es verdad, deberían haberse pedido en el incicio del sucesorio pero al no haberlo hecho, le sugerí que lo hiciera al momento de pedir la inscripción, no porque corresponda, sino poruq ya no le queda otra....
Ahora si aclarado, lo tendria que haber mencionado antes...bueno, no fue adrede responder asi, pasa que ultimamente veo que muchos entran a preguntar les dicen lo que ellos no quieren leer y encima cuestionan y se ofenden...que va a hacer, hay de todo. *suerte*
 #960633  por gaby1973
 
Summer, todo bien!!!! yo volvi a leer todo y me parecía que le había indicado bien...y te lo aclare, pero si, eso que decís lo noto, se pregunta y como la respuesta no les gusta se enojan...
Saludos
d_sunny
 #967744  por alejandra01
 
les cuento. Presenté certif de inhibición y dominio, pago de tasa y sobretasa y pedí que no me regulen honorarios y me hicieron lugar...
gracias.
 #986573  por valed
 
Hola foristas, estuve leyendo los post anteriores y quiero hacerles una consulta, espero me puedan ayudar.
Yo pacte los honorarios con mi cliente en el minimo legal. Ahora tengo que hacer los aportes de esos honorarios, el 10 % a cargo mio y el 10 % a cargo del cliente. Ademas, tengo que descontar el ius previsional que pague cuando inicie la causa. Como lo que pacte es el minimo, el 10% de aportes mios es de $ 94,40 y los otros $ 94,40 es de mi cliente. Ahora, el ius que yo pague cuando inicie la causa fue de $ 140, y el ius previsional se lo tengo que deducir a mi 10 %?porque me va a sobrar $ 45,60 de ese ius previsional que abone, que los hago, se los deduzco al 10 % de mi cliente?? porque cuando hago la boleta para pagar los aportes, tengo que dividir, el 10 % y el 10 %...sino termino perdiendo $ 45,60, se entiende??por ahi es una pavada, pero estoy confundida con eso porque hace poco empece y no quiero perder dinero.
muchas gracias y espero me puedan ayudar.-
 #986691  por valed
 
si, pero en este caso no hay regulacion, a ver, cuento el caso para que me entiendan, por ahi no lo explique bien.habia una causa, ya con sentencia, a donde a mi cliente que estaba en rebeldia lo habian condenado a pagar una suma de dinero y estaba inhibido. cuando mi cliente va a vender un auto se entera que esta inhibido y viene a verme a mi, averiguo y era por esta causa, yo lo unico que hice es llegar a un aucerdo de pago con el otro abogado y ahora el otro abogado ya se dio por pagado y cancelado, y pidio el levantamiento de las medidas. el juez dijo que para dar lugar al pedido de levantamiento, el letrado de la parte al que beneficia la medida (osea yo) debe cumplir con el art. 21 de la ley 6716 (aportes), entonces lo que me han dicho otros colegas para que no tarde mas tiempo en pedir regulacion y demas, es que presente un escrito diciendo que los honorarios se pactan en el minimo legal y haga los aportes sobre eso y listo, para adelantar, y cuando estaba haciendo eso, me surgio la duda de los aportes y demas.
espero haya sido clara y gracias, todavia no pague nada y tengo que presentarlo lo antes posible porque el tipo quiere el levantamiento. gracias.saludos.-