Lexiuris escribió: ↑Jue, 22 Feb 2018, 13:11 Las consultas laborales no se cobran! Si queres cobrar consulta lo podes hacer en las otras ramas. son las reglas del juego.Hola. Decime por favor donde está regulado que las consultas laborales no se cobran. No ejerzo ni en un sindicato, ni en una ONG, donde no hay fin de lucro. El beneficio de gratuidad solo está estipulado para los juicios laborales, y significa que si el trabajador pierde el juicio no responde con su patrimonio. Los profesionales independientes tenemos derecho a cobrar la consulta y de hecho la Ley 14967 así lo estipula, y fijate que habla de 1 jus ($972.-), pero no formula excepción alguna con respecto a consultas para el trabajador. Muchas veces vas a tener un trabajador una hora consultando, y vos sacando liquidaciones y no es justo no cobrar consulta y que después se vaya con otro abogado, porque en vez de cobrarle el 20% de la indemnización, el otro le cobra el 15%, o porque es un amigo recién recibido y se puede ir con toda la información para que el otro le lleve el caso.
fernandapanizo escribió: ↑Lun, 12 Mar 2018, 22:26Lexiuris escribió: ↑Jue, 22 Feb 2018, 13:11 Las consultas laborales no se cobran! Si queres cobrar consulta lo podes hacer en las otras ramas. son las reglas del juego.Hola. Decime por favor donde está regulado que las consultas laborales no se cobran. No ejerzo ni en un sindicato, ni en una ONG, donde no hay fin de lucro. El beneficio de gratuidad solo está estipulado para los juicios laborales, y significa que si el trabajador pierde el juicio no responde con su patrimonio. Los profesionales independientes tenemos derecho a cobrar la consulta y de hecho la Ley 14967 así lo estipula, y fijate que habla de 1 jus ($972.-), pero no formula excepción alguna con respecto a consultas para el trabajador. Muchas veces vas a tener un trabajador una hora consultando, y vos sacando liquidaciones y no es justo no cobrar consulta y que después se vaya con otro abogado, porque en vez de cobrarle el 20% de la indemnización, el otro le cobra el 15%, o porque es un amigo recién recibido y se puede ir con toda la información para que el otro le lleve el caso.
fernandapanizo escribió: ↑Dom, 18 Mar 2018, 16:33 La verdad es que no tengo que pensar nada, ya que por suerte tengo mucho trabajo y muchos de los casos son laborales. Lo que no está prohibido, está permitido. La ley de honorarios nos permite cobrar desde 1 jus en adelante, por cada consulta.No aclara que tipo de consulta se cobra y cuál no. Por otra parte no entiendo por qué me atacás, si estamos conversando. Tus ínfulas reservatelas para tus contiendas judiciales, y conmigo pensá que soy una colega, vos no sos ni más ni menos que yo.Ay gorda jajaj que resentida!
DraSabri escribió: ↑Jue, 17 May 2018, 11:49 Reflotando el post... no estoy de acuerdo con lo que expresaron los últimos colegas... En primer lugar, porque no todos los casos son iguales, como bien lo expresamos con la colega preopinante, casos de trabajadores que solo quienes asesorarse... casos en que se percibieron muy buena sumas por accidente o despido y se inicia reclamo por la diferencia... y en ultima instancia, cada uno es libre de decidir, dentro de los parámetros legales, fuera de los cuales sin ninguna duda están quienes no cobran la consulta profesional. Las normas arancelarias determinan honorarios mínimos, obligatorios, y quien no los respeta incurre en falta ética y es pasible de sanción.- Por lo que, si la intención de vuestros comentarios es exponer que la practica dista de la formalidad de la ley, al menos no lo hagan agrediendo a quienes la respetan.Cada uno trabaja como quiere, en mi caso, los particulares respecto a causas laborales no vienen a asesorarse sino a traerme directamente toda la documentacion para que les haga la demanda, la que opinó estaba enojada porque se ve que la gente va, le consulta y no le vuelven mas, por algo será.