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Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #1193677  por fernandapanizo
 
Voy a contar algo que me pasó...por si a alguien le sirve. Hoy me llamó alguien por una consulta laboral y se negó a tomar el turno porque se le cobraba un módico honorario de consulta, por eso quiero comunicar que nuestra carrera consta de cinco años y medio de estudios, mucha lectura y esfuerzo, que tengo quince años de experiencia en la profesión, que la consulta incluye la redacción del telegrama laboral, en el que la redacción no se hace por generación espontánea, sino que requiere de atención, trabajo y tiempo, que los abogados estamos para reclamar por tus derechos y defenderte y que lo que estamos haciendo es ni más ni menos que utilizar todas las estrategias legales a nuestro alcance, y las herramientas disponibles, para que vos puedas cobrar una muy buena indemnización, de la cual solo se te va a cobrar un 20% de lo que percibas, pero mientras tanto, cada consulta se abona, como se abona cada consulta que hacés a tu médico o como abonás cuando vas a comprar tus cigarrillos o tu bebida. No tengo un negocio, no tengo un comercio, no vendo nada, sino que tengo un Estudio Jurídico y me rompo el alma para defender tus derechos, me peleo legalmente con quien tenga que hacerlo y no me vendo, así que pensá que si la próxima vez un abogado te dice que la consulta la cobra, es porque estudió para vivir de su profesión y lo que te está cobrando su conocimiento, su tiempo y su esfuerzo, para que vos trabajador, obtengas un gran beneficio.
 #1194178  por apioty
 
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 #1195267  por fernandapanizo
 
Lexiuris escribió: Jue, 22 Feb 2018, 13:11 Las consultas laborales no se cobran! Si queres cobrar consulta lo podes hacer en las otras ramas. son las reglas del juego.
Hola. Decime por favor donde está regulado que las consultas laborales no se cobran. No ejerzo ni en un sindicato, ni en una ONG, donde no hay fin de lucro. El beneficio de gratuidad solo está estipulado para los juicios laborales, y significa que si el trabajador pierde el juicio no responde con su patrimonio. Los profesionales independientes tenemos derecho a cobrar la consulta y de hecho la Ley 14967 así lo estipula, y fijate que habla de 1 jus ($972.-), pero no formula excepción alguna con respecto a consultas para el trabajador. Muchas veces vas a tener un trabajador una hora consultando, y vos sacando liquidaciones y no es justo no cobrar consulta y que después se vaya con otro abogado, porque en vez de cobrarle el 20% de la indemnización, el otro le cobra el 15%, o porque es un amigo recién recibido y se puede ir con toda la información para que el otro le lleve el caso.
 #1195299  por Lexiuris
 
fernandapanizo escribió: Lun, 12 Mar 2018, 22:26
Lexiuris escribió: Jue, 22 Feb 2018, 13:11 Las consultas laborales no se cobran! Si queres cobrar consulta lo podes hacer en las otras ramas. son las reglas del juego.
Hola. Decime por favor donde está regulado que las consultas laborales no se cobran. No ejerzo ni en un sindicato, ni en una ONG, donde no hay fin de lucro. El beneficio de gratuidad solo está estipulado para los juicios laborales, y significa que si el trabajador pierde el juicio no responde con su patrimonio. Los profesionales independientes tenemos derecho a cobrar la consulta y de hecho la Ley 14967 así lo estipula, y fijate que habla de 1 jus ($972.-), pero no formula excepción alguna con respecto a consultas para el trabajador. Muchas veces vas a tener un trabajador una hora consultando, y vos sacando liquidaciones y no es justo no cobrar consulta y que después se vaya con otro abogado, porque en vez de cobrarle el 20% de la indemnización, el otro le cobra el 15%, o porque es un amigo recién recibido y se puede ir con toda la información para que el otro le lleve el caso.

Al contrario, te pregunto, en que tabla arancelaria establece específicamente "consultas laborales" y su valor, decime...

De que no es justo, estamos de acuerdo, son gajes del oficio. Particularmente desde que hago un telegrama hago constar mi patrocinio, tomo folio etc, si el dia de mañana se va con otro, la podre pelear que cobro x dinero gracias a mi redaccion en un telegrama. Lo mismo al iniciar una demanda, tanto en capital como provincia, citas a tu cliente a que ratifique el convenio.

Si pretendes en el fuero del trabajo cobrar consulta, nadie te va a dejar ningun caso!! sos vos sola contra millones de abogados laboralistas, pensalo y si no te gusta, hay otras ramas en las que podes cobrar.
 #1195743  por fernandapanizo
 
La verdad es que no tengo que pensar nada, ya que por suerte tengo mucho trabajo y muchos de los casos son laborales. Lo que no está prohibido, está permitido. La ley de honorarios nos permite cobrar desde 1 jus en adelante, por cada consulta.No aclara que tipo de consulta se cobra y cuál no. Por otra parte no entiendo por qué me atacás, si estamos conversando. Tus ínfulas reservatelas para tus contiendas judiciales, y conmigo pensá que soy una colega, vos no sos ni más ni menos que yo. *suerte*
 #1195755  por Lexiuris
 
fernandapanizo escribió: Dom, 18 Mar 2018, 16:33 La verdad es que no tengo que pensar nada, ya que por suerte tengo mucho trabajo y muchos de los casos son laborales. Lo que no está prohibido, está permitido. La ley de honorarios nos permite cobrar desde 1 jus en adelante, por cada consulta.No aclara que tipo de consulta se cobra y cuál no. Por otra parte no entiendo por qué me atacás, si estamos conversando. Tus ínfulas reservatelas para tus contiendas judiciales, y conmigo pensá que soy una colega, vos no sos ni más ni menos que yo. *suerte*
Ay gorda jajaj que resentida! :lol:

Si te da bronca perder clientes por cobrarle, evidentemente estas haciendo mal las cosas, y no tenes tanto trabajo como mal alardeas, sino,por un solo cliente que no quiera darte trabajo no te lo tomarias asi abriendo un post aca y te resbalaria.

No contesto consultas por telefono, y directamente mis clientes me dejan la documentacion para que le lleve el caso en la primera cita, si estas acomplejada por sentirte menos, eso es un problema que lo podes trabajar en terapia no en un portal, pensalo :D
 #1195765  por fernandapanizo
 
Parece que vos sos la que tenes problemas de autoestima, sino no te dirigirías a mi de esa forma. Además noto cierta envidia de tu parte hacia mi. Se nota que sos una mujer que vive en la ironía. Te informo que agredir desde el anonimato, es propio de personas cobardes e inseguras. ¿Vos sabes que yo si contesto consultas por teléfono, previo pago? Asesorate, porque capaz te estoy dando una idea para que vos también lo puedas hacer. No estoy haciendo catarsis, ya que me sobran los clientes, simplemente compartí una experiencia profesional y lo que menos esperaba es que me iba a contestar una colega? y de esa forma? Hay que ser más respetuosa en la vida. Que dios te bendiga y se saque toda esa maldad que tenés. *cafe*
 #1195766  por Lexiuris
 
Por la manera que respondes, repitiendo lo mismo que dije, nos damos cuenta que sos uno de los tantos trolls que existen en este foro que no son abogados, sino particulares.
 #1200689  por DraSabri
 
Reflotando el post... no estoy de acuerdo con lo que expresaron los últimos colegas... En primer lugar, porque no todos los casos son iguales, como bien lo expresamos con la colega preopinante, casos de trabajadores que solo quienes asesorarse... casos en que se percibieron muy buena sumas por accidente o despido y se inicia reclamo por la diferencia... y en ultima instancia, cada uno es libre de decidir, dentro de los parámetros legales, fuera de los cuales sin ninguna duda están quienes no cobran la consulta profesional. Las normas arancelarias determinan honorarios mínimos, obligatorios, y quien no los respeta incurre en falta ética y es pasible de sanción.- Por lo que, si la intención de vuestros comentarios es exponer que la practica dista de la formalidad de la ley, al menos no lo hagan agrediendo a quienes la respetan.
 #1200774  por Lexiuris
 
DraSabri escribió: Jue, 17 May 2018, 11:49 Reflotando el post... no estoy de acuerdo con lo que expresaron los últimos colegas... En primer lugar, porque no todos los casos son iguales, como bien lo expresamos con la colega preopinante, casos de trabajadores que solo quienes asesorarse... casos en que se percibieron muy buena sumas por accidente o despido y se inicia reclamo por la diferencia... y en ultima instancia, cada uno es libre de decidir, dentro de los parámetros legales, fuera de los cuales sin ninguna duda están quienes no cobran la consulta profesional. Las normas arancelarias determinan honorarios mínimos, obligatorios, y quien no los respeta incurre en falta ética y es pasible de sanción.- Por lo que, si la intención de vuestros comentarios es exponer que la practica dista de la formalidad de la ley, al menos no lo hagan agrediendo a quienes la respetan.
Cada uno trabaja como quiere, en mi caso, los particulares respecto a causas laborales no vienen a asesorarse sino a traerme directamente toda la documentacion para que les haga la demanda, la que opinó estaba enojada porque se ve que la gente va, le consulta y no le vuelven mas, por algo será.