gero escribió:Hola juka, sin embargo yo entiendo que la parte que opuso excepciones tiene la carga de correr con el trasladoLa parte que contestó demanda y opuso excepciones no tiene el más mínimo interés en que el expediente se apure. Si la parte interesada en ello (la actora) no está atenta a las vicisitudes del proceso...
juka escribió:Hola chicos, les cuento, creo una buena para mi en este caso! saben que corrí traslado de las excepciones a la actora y contestó pero el juzgado la tiene por "NO CONTESTADA POR EXTEMPORANEA" ya que quedó notificada por ministerio de la ley.Golazo de media cancha!
yo viendo el 545 y546 cppcba pensaba pedir que pasen los autos para sentencia.
Tal vez puedar reunirte con tu contraparte, y atento al sombrío panorama que se le presenta (perder el juicio, + honorarios y costas) tal vez puedan transigir para que desista de la acción, con -ni que hablar- el pago de tus honorarios... aunque la veo difícil, porque ¿como se lo explica a su cliente?...
Contanos como sigue!
Saludos... G.

