Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Presentacion y consulta por desalojo..(20 años sin contrato)

  • Temas de interés general relacionados con cuestiones Jurídicas. De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
Temas de interés general relacionados con cuestiones Jurídicas. De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #1027828  por DRA. MACA
 
Dudo de la existencia de los relatos, cuestión es que si ya tiene letrada es ella quien tiene que resolver las consultas y dejar de preguntar aca a ver que parece o no.
 #1027865  por quantum
 
DRA. MACA escribió:Dudo de la existencia de los relatos, cuestión es que si ya tiene letrada es ella quien tiene que resolver las consultas y dejar de preguntar aca a ver que parece o no.
Y cual sería mi beneficio en andar inventando historias ?.....que gano ?...un viaje adonde ?...una casa adonde ?...un auto de que marca ?

Todo, tal cual lo conté, es real......y aunque parezca extraño, o aunque quizas pueda dar lugar a pensar que mi suegra y mi esposa son inconformistas, es la tercera representacion legal que intentamos, y hasta ahora ninguna las ha conformado.

Tal vez sea cuestion de no saber elegir, o tal vez sea cuestion de haber tenido mala suerte hasta ahora con las elecciones......por eso pensé en la idea de plantear nuestra situacion en este foro a ver si podían darme una idea si efectivamente hasta ahora las elecciones de representacion fueron equivocadas.

Y tal vez este posteo te parezca irrelevante o no te resulte interesante participar.......lo cual es totalmente respetable.

Pero de ahí a pensar que todo esto es un invento con vaya uno a saber que objetivo....
 #1027895  por cdiriarte
 
Por lo que pude leer, las intimaciones ya se habrían remitido? Si es así, estás haciendo las cosas bien. El último contrato es del 95? Si es así, tenés hasta antes del mes de Febrero de 2.015 para iniciar la acción reivindicatoria. El desalojo, entiendo, ya no sería posible. Aunque a riesgo de perder el caso, podrías intentarlo antes del petitorio (reivindicación). Algunos doctrinarios sostienen que el plazo del 4.015 del CC comienza a correr a partir del vencimiento de la acción interdictal o sea, un año después de haber entrado en posesión de la cosa por el despojo cometido en contra del titular registral. Hay que tener en cuenta, también, la interversión del título y desde cuándo esta data, si podrías determinarla fehacientemente. Saludos.
 #1027899  por quantum
 
cdiriarte escribió:Por lo que pude leer, las intimaciones ya se habrían remitido? Si es así, estás haciendo las cosas bien. El último contrato es del 95? Si es así, tenés hasta antes del mes de Febrero de 2.015 para iniciar la acción reivindicatoria. El desalojo, entiendo, ya no sería posible. Aunque a riesgo de perder el caso, podrías intentarlo antes del petitorio (reivindicación). Algunos doctrinarios sostienen que el plazo del 4.015 del CC comienza a correr a partir del vencimiento de la acción interdictal o sea, un año después de haber entrado en posesión de la cosa por el despojo cometido en contra del titular registral. Hay que tener en cuenta, también, la interversión del título y desde cuándo esta data, si podrías determinarla fehacientemente. Saludos.
Aunque te parezca tragicomico, hasta ahora no se envió NINGUNA intimacion ni carta documento.
Hubo citaciones informales, enviadas por un primer estudio juridico.
Hubo llamados informales, hechos por un segundo estudio juridico.
Y hay una carta documento, aun sin enviar, confeccionada por un tercer estudio juridico.....pero tanto a mi suegra como a mi esposa les parece que el causal que usaron en este estudio para redactar la CD, en vez de ayudar a solucionar las cosas, lo puede empeorar.
De todos modos, nosotros creemos que la mera necesidad de contar con la propiedad debería ser un causal suficiente para poder requerir legalmente que abandonen la propiedad, sin que sea necesario chicanearlos con el tema de haber usado la propiedad para trabajos informales.
O sea, creemos que acusandolos de eso, se van a poner aun mas rebeldes e incluso hasta peligrosos, ya que todos convivimos casi en una misma cuadra.
Por eso, antes de decidir nuevamente buscar otro estudio juridico (ademas, personalmente yo ya estoy un poco cansado de este tema e incluso he discutido con mi esposa debido a eso), queremos ver si esta ultima abogada que buscamos puede modificar la CD, y que la enviemos mencionando simplemente que necesitamos la propiedad en un lapso determinado, ya que somos (mi suegra) los legitimos dueños.
 #1027903  por cdiriarte
 
Necesitan una intimación fehaciente para que el tenedor de la vivienda, la devuelva libre de ocupantes y bienes en el plazo que ustedes le otorguen. Lo importante no es tanto el contenido de la CD, sino que la intimación sea cursada lo más urgente posible. Si ustedes continúan discutiendo sobre los alcances de las manifestaciones realizadas por los abogados en las CD, no solamente es algo que seguramente no está al alcance de ustedes discernir, por eso necesitan un abogado, sino que llegará Febrero/15 y los van a demandar por usucapión.
 #1027969  por DRA. MACA
 
Despues colegas no se quejen si andan asesorando gratis a alguien que ya tiene abogada, encima sin ver cualquier documentación. Repudiable.