mili78 escribió:Realmente no me queda muy en claro cuál es nuestro papel, tampoco entiendo qué hacemos cuando la persona ya había pagado aportes como servicio domestico, le fue denegado el trámite o nunca lo inició y le quedaron esos pagos hechos?, está todo muy con alfileres, qué opinan?me comi esta parte para los que no esten denegados
2. Reserva de servicios
El peticionante podrá, si es su voluntad, invocar la reserva de los servicios
desempeñados bajo relación de dependencia que surjan en la historia laboral, en
oportunidad de solicitar el beneficio previsional mediante la JAAP. Posteriormente,
podrá solicitar un reajuste del beneficio otorgado por los servicios desempeñados
con anterioridad a la fecha de solicitud, aplicando las normas de prescripción de
haberes a que refiere el artículo 82 de la Ley Nº 18.037 (t.o.176) receptado por el
artículo 168 de la Ley Nº 24.241.