Estimada: Si el demando es una persona jurídica deberías notificar al domicilio constituido en el IGJ o en el registro provincial. Pero si, en cambio, es una persona física, podés notificarle la demanda en el domicilio laboral donde prestaba tareas para el empleador.
Saludos.
Saludos.
Adrián Dessomanzi
Estudio Dessomanzi|Abogados
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