Ya siento que estoy abusando de su buena predisposición, pero por si siguen por acá le hago otra consulta... La misma causa, en 2012 1er convenio fijan una cuota del 20 % del sueldo, se abre cuenta a nombre del juzgado, deposita voluntariamente y tb. Se fija un régimen de visitas. En 2014, nuevo acuerdo se modifica el régimen de visitas, de la cuota nada dice. Sin embargo a partir del 2do acuerdo el demandado empieza a depositar el 18% (no el 20) mi clienta lo sabe por lo que el le dijo, ya que no ve sus recibos y no hay retención de haberes. Mi consulta es si en el incidente por aumento de cuota (pienso pedir el 25%) puedo reclamar también las diferencias adeudadas (e/ el 20 q tenía q pagar y el 18). Pensaba pedir se libre oficios al banco para q informe lo depositado desde 12/14 a la fecha y al servicio penitenciario (dónde trabaja el demandado) para q informe toda suma abonada desde esa fecha. Se puede hacer así? O esa diferencia no la puedo reclamar en el incidente de aumento de cuota? Espero alguna pueda aconsejarme y no los.molesto más! Gracias!!!
Por mas que no tengas experiencia, podés leer las leyes que regulan honorarios, mas si es en provincia que es costoso ejercer. La gente nota la falta de experiencia, te ven joven y se aprovecha de ello, y si pueden te dicen que ni para comer tiene, para eso tienen el patrocinio gratuito y derecho ahi.
Sacá cuentas del costo de la matrícula, la cao, constituir domicilio, hojas, luz para imprimir, tinta, viajes, comida, vestimenta, y razoná. No puede ser que una señora que te viene con pañuelo en mano que no tiene dinero de nada te haga trabajar por 3 pesos.
Ciertamente hay gente que no tiene, pero hay mucha otra alega no tener dinero, y luego se sube a una 4x4. Asi que pensá como profesional, y, si te dan pena, reflexioná si esta profesión es para vos.