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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1258462  por Elyse2016
 
MARIO1943 escribió: Mié, 12 Ago 2020, 11:46 ELYSE
NO SE OLVIDEN DE LEER LA NORMA DE ANSES QUE BAJO LUCY QUE ES MUY IMPORTANTE , DATA DE JULIO 2020 Y ESO ES LO QUE VA EXIGIR ANSES YA QUE ES LO QUE ESTA VIGENTE
RESUMIENTO
1)PARTIDA DE FALLECIMIENTO TIENEN QUE ESTAR VISADA POR EL CONSULADO ARGENTINO EN EL EXTERIOR
2) ESTOS DOCUMENTOS HARAN FE EN TERRITORIO NACIONAL, SIN NECESIDAD DE LEGALIZACION ANTE AUTORIDAD ARGENTINA
3) CONVENCION DE LA HAYA, ESPANA FIGURA Y POR LO TANTO DEBERA CONSTAR EL SELLO DE APOSTILLE
EN LA PARTIDA DE FALLECIMIENTO
Tenés razon Mario, bueno sigo vuendo el tema del apostille, esta difiicil.

gracias!
 #1258463  por Elyse2016
 
lucky escribió: Lun, 10 Ago 2020, 18:37 Te copio lo que dice la última norma de Anses sobre esto, que es del 30-7-2020

DOCUMENTACION ADP - PAUTAS PARA SU RECEPCION

Documentación emitida en el exterior
: las copias emitidas en el exterior (Partidas de
matrimonio/nacimiento, Partida de fallecimientos, etc.) deberán estar traducidas y
visadas por el Consulado argentino en el exterior.

Estos documentos harán fe en territorio nacional, sin necesidad de su posterior
legalización ante otra autoridad argentina, conforme Decreto 1629/2001.

a) Convención de La HAYA: si el país emisor del documento fuera signatario de la
Convención de La Haya deberá constar el sello apostille en el Acta, Partida o
Certificado emanada de la autoridad competente del citado país quedando
exceptuados de realizar el visado consular.

El listado de países signatarios del Convenio de la Haya se encuentra disponible en
la página de INTRANET- Servicios - Información.
A fin de reducir los tiempos en que se otorga la apostilla, se implementó un Programa
Piloto de Apostillas Electrónicas (e-APP) que permite obtener la certificación notarial
a través del medio digital. Los países que forman parte del citado programa y están
autorizados a emitir la e-apostille son: Andorra, Bélgica, Bulgaria, Colombia, Costa
Rica, República Dominicana, Georgia, México, Nueva Zelanda, Perú, República de
Moldavia, España y Estados Unidos (California, Colorado, North Carolina, Rhode
Island, Texas, West Virginia y Washington)
gracias Lucky por tu aporte !
 #1258464  por Elyse2016
 
MARIO1943 escribió: Mié, 12 Ago 2020, 12:48
hernanlawyer escribió: Mié, 12 Ago 2020, 12:10
Elyse2016 escribió: Mié, 12 Ago 2020, 11:09

Hola hernanlawyer

Pudiste inciar la pension con la partida sin apostillar?
Y como se relizo la inscripcion del fallecimiento en Argentina?. Convenios Internacionales por ahora esta cerrado, no puedo averiguar.

Te agradezco tus sugerencias, saludos
Entiendo que con la nueva normativa que subió Lucy, debe estar todo apostillado y visado por el consulado argentino en el exterior. Yo lo había realizado en enero de este año.
EXACTAMENTE, ESO PENSE QUE LO PODIAS HABER HECHO ANTES DE JULIO DEL 2020
gracias por todo!
 #1258468  por MARIO1943
 
Elyse2016 escribió: Mié, 12 Ago 2020, 13:49
MARIO1943 escribió: Mié, 12 Ago 2020, 11:46 ELYSE
NO SE OLVIDEN DE LEER LA NORMA DE ANSES QUE BAJO LUCY QUE ES MUY IMPORTANTE , DATA DE JULIO 2020 Y ESO ES LO QUE VA EXIGIR ANSES YA QUE ES LO QUE ESTA VIGENTE
RESUMIENTO
1)PARTIDA DE FALLECIMIENTO TIENEN QUE ESTAR VISADA POR EL CONSULADO ARGENTINO EN EL EXTERIOR
2) ESTOS DOCUMENTOS HARAN FE EN TERRITORIO NACIONAL, SIN NECESIDAD DE LEGALIZACION ANTE AUTORIDAD ARGENTINA
3) CONVENCION DE LA HAYA, ESPANA FIGURA Y POR LO TANTO DEBERA CONSTAR EL SELLO DE APOSTILLE
EN LA PARTIDA DE FALLECIMIENTO
Tenés razon Mario, bueno sigo vuendo el tema del apostille, esta difiicil.

gracias!
FIJATE SI LO PODES HACER POR MEDIO DE LA EMBAJADA ESPANOLA

Consulado de España en Buenos Aires


Reapertura gradual atención al público. EXCLUSIVAMENTE CON CITA

En el marco de la declaración de Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio en Argentina y el Plan Integral y Gradual de Puesta en Marcha de la Ciudad de Buenos Aires, el Consulado General de Buenos Aires retomará la atención al público presencial de manera gradual a partir del próximo lunes 27 de julio de 2020.

En vista de la situación sanitaria y la normativa vigente, la gestión de todos los trámites se realizará EXCLUSIVAMENTE con cita previa. La reapertura del sistema de citas de las diferentes secciones se realizará por etapas respetando, en primer lugar, el orden de las citas previamente canceladas.

Todas las consultas podrán realizarse vía correo electrónico, a la dirección de correo electrónico general o a las direcciones de las diferentes secciones, y de los teléfonos a las que pueden acceder en nuestra web. En esta página web encontrarán también la respuesta a la gran mayoría de sus dudas así como el nuevo sistema de citas. El Consulado ha reforzado su atención al público por estas vías para dar respuesta a la mayor brevedad posible. Durante este periodo, la Sección de Informes continuará cerrada.

Agradecemos y apelamos a la responsabilidad cívica de todos los ciudadanos en sus desplazamientos al Consulado General, indispensable para el cumplimiento de las medidas de distanciamiento social y lograr la reducción de los contagios.

LA ATENCIÓN TELÉFONICA SERÁ EXCLUSIVAMENTE EN EL HORARIO DE 08:30 a 15:00 hs. DE LUNES A VIERNES.
• 4814-9154
• 4814-9153
•4814-9113
•4814-9112
•4814-9111
•4814-9134
• 1540692414

a partir de las 15.00 únicamente EMERGENCIAS CONSULARES DE CIUDADANOS
 #1258470  por Elyse2016
 
MARIO1943 escribió: Mié, 12 Ago 2020, 14:55
Elyse2016 escribió: Mié, 12 Ago 2020, 13:49
MARIO1943 escribió: Mié, 12 Ago 2020, 11:46 ELYSE
NO SE OLVIDEN DE LEER LA NORMA DE ANSES QUE BAJO LUCY QUE ES MUY IMPORTANTE , DATA DE JULIO 2020 Y ESO ES LO QUE VA EXIGIR ANSES YA QUE ES LO QUE ESTA VIGENTE
RESUMIENTO
1)PARTIDA DE FALLECIMIENTO TIENEN QUE ESTAR VISADA POR EL CONSULADO ARGENTINO EN EL EXTERIOR
2) ESTOS DOCUMENTOS HARAN FE EN TERRITORIO NACIONAL, SIN NECESIDAD DE LEGALIZACION ANTE AUTORIDAD ARGENTINA
3) CONVENCION DE LA HAYA, ESPANA FIGURA Y POR LO TANTO DEBERA CONSTAR EL SELLO DE APOSTILLE
EN LA PARTIDA DE FALLECIMIENTO
Tenés razon Mario, bueno sigo vuendo el tema del apostille, esta difiicil.

gracias!
FIJATE SI LO PODES HACER POR MEDIO DE LA EMBAJADA ESPANOLA

Consulado de España en Buenos Aires


Reapertura gradual atención al público. EXCLUSIVAMENTE CON CITA

En el marco de la declaración de Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio en Argentina y el Plan Integral y Gradual de Puesta en Marcha de la Ciudad de Buenos Aires, el Consulado General de Buenos Aires retomará la atención al público presencial de manera gradual a partir del próximo lunes 27 de julio de 2020.

En vista de la situación sanitaria y la normativa vigente, la gestión de todos los trámites se realizará EXCLUSIVAMENTE con cita previa. La reapertura del sistema de citas de las diferentes secciones se realizará por etapas respetando, en primer lugar, el orden de las citas previamente canceladas.

Todas las consultas podrán realizarse vía correo electrónico, a la dirección de correo electrónico general o a las direcciones de las diferentes secciones, y de los teléfonos a las que pueden acceder en nuestra web. En esta página web encontrarán también la respuesta a la gran mayoría de sus dudas así como el nuevo sistema de citas. El Consulado ha reforzado su atención al público por estas vías para dar respuesta a la mayor brevedad posible. Durante este periodo, la Sección de Informes continuará cerrada.

Agradecemos y apelamos a la responsabilidad cívica de todos los ciudadanos en sus desplazamientos al Consulado General, indispensable para el cumplimiento de las medidas de distanciamiento social y lograr la reducción de los contagios.

LA ATENCIÓN TELÉFONICA SERÁ EXCLUSIVAMENTE EN EL HORARIO DE 08:30 a 15:00 hs. DE LUNES A VIERNES.
• 4814-9154
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a partir de las 15.00 únicamente EMERGENCIAS CONSULARES DE CIUDADANOS
Genial ! gracias Mario, mañana me comunico y consulto! *flor*
 #1258528  por Elyse2016
 
Elyse2016 escribió: Mié, 12 Ago 2020, 15:19
MARIO1943 escribió: Mié, 12 Ago 2020, 14:55
Elyse2016 escribió: Mié, 12 Ago 2020, 13:49

Tenés razon Mario, bueno sigo vuendo el tema del apostille, esta difiicil.

gracias!
FIJATE SI LO PODES HACER POR MEDIO DE LA EMBAJADA ESPANOLA

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En vista de la situación sanitaria y la normativa vigente, la gestión de todos los trámites se realizará EXCLUSIVAMENTE con cita previa. La reapertura del sistema de citas de las diferentes secciones se realizará por etapas respetando, en primer lugar, el orden de las citas previamente canceladas.

Todas las consultas podrán realizarse vía correo electrónico, a la dirección de correo electrónico general o a las direcciones de las diferentes secciones, y de los teléfonos a las que pueden acceder en nuestra web. En esta página web encontrarán también la respuesta a la gran mayoría de sus dudas así como el nuevo sistema de citas. El Consulado ha reforzado su atención al público por estas vías para dar respuesta a la mayor brevedad posible. Durante este periodo, la Sección de Informes continuará cerrada.

Agradecemos y apelamos a la responsabilidad cívica de todos los ciudadanos en sus desplazamientos al Consulado General, indispensable para el cumplimiento de las medidas de distanciamiento social y lograr la reducción de los contagios.

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• 4814-9154
• 4814-9153
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•4814-9112
•4814-9111
•4814-9134
• 1540692414

a partir de las 15.00 únicamente EMERGENCIAS CONSULARES DE CIUDADANOS
Genial ! gracias Mario, mañana me comunico y consulto! *flor*
Buenos dias

Les cuento que desde la embajada me dicen que no lo tramitan. Me dijeron que debo comunicarme con el Registro Civil emisor de la Partida y consultarles donde realizar el tramite.
Por lo pronto estoy tratando de comunicarme con el Consulado Argentino en Madrid, que por el lugar de defuncion corresponderia, para ver si me pueden orientar.

Luego les igo contando, gracias!!!
 #1258562  por DRalonso
 
Elyse: ¿TE QUEDO CLARO QUE NO DES UN PASO MAS SIN ARREGLAR BIEN HONORARIOS, Y QUE LES QUEDE CLARO TODOS LOS GASTOS A CARGO DE LA CLIENTA?

DEBERIAS RECURRIR A UNA GESTORIA INTERNACIONAL
 #1258580  por Elyse2016
 
DRalonso escribió: Jue, 13 Ago 2020, 19:23 Elyse: ¿TE QUEDO CLARO QUE NO DES UN PASO MAS SIN ARREGLAR BIEN HONORARIOS, Y QUE LES QUEDE CLARO TODOS LOS GASTOS A CARGO DE LA CLIENTA?

DEBERIAS RECURRIR A UNA GESTORIA INTERNACIONAL
Buenos dias Doc

Si me quesdo claro, de hecho lo primero que le comente es eso, que seguramente tendra que recurrir a una gestoria para el tramite.

Gracias por tus sugerencias!!
 #1258598  por MARIO1943
 
SI YA AGOTASTE LOS MEDIO EN LA EMBAJADA ARG EN ESPANA, TE QUEDA DOS ALTERNATIVA MAS
1)DIRIGIRTE A LA PERSONA QUE TE ENVIO POR EMAIL LA PARTIDA Y QUE ELLA GESTIONE EL TRAMITE
ACORDATE DE ACUERDO A LO QUE BAJO LUCKY, AL ESTAR EN LA HAYA, NO HACE FALTA EL VISTO DE LA EMBAJADA
2)CON MOTIVO DE LA CUARENTENA, ESTE CERTIFICADO ES CONSIDERADO DE URGENCIA EN LA TRAMITACIONY ES GRATUITA

Legalización de Documentos Públicos


 Gratuito
Información importante por coronavirus (COVID-19)

Teniendo en cuenta la "Declaración de Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio" debido a la Emergencia Sanitaria de público conocimiento y en la necesidad de extremar las medidas de prevención para asegurar la no propagación del coronavirus (COVID-19) informamos que no se atenderá al público en forma habitual hasta el 1° de abril (fecha que puede ser extendida). Solo se atenderán urgencias, debiendo solicitar la atención por correo electrónico dejando un teléfono y/o número de celular para poder comunicarnos. Ante cualquier duda consulte por correo electrónico a PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".gob.ar.

Se considerarán urgencias las Licencias de Traslado al Exterior (Legalización de actas de defunción).


A partir del 18/04/2017 ya no es necesario legalizar en el Ministerio del Interior los títulos universitarios emitidos a partir de 2012 y los títulos secundarios o terciarios emitidos a partir de 2010, conocé más el porqué.


Se legalizan títulos y certificados, por ejemplo:
•Partidas de nacimiento, matrimonio y defunción.
•Traslados.
•Títulos primarios, secundarios y universitarios.
•Certificación de antigüedad de servicios (docentes únicamente).
•Sentencias judiciales originadas en las provincias.
•Permisos especiales otorgados ante un juez provincial o ante un escribano público.
•Documentación originada por funcionarios provinciales.
•Certificados de buena conducta o domicilio y toda otra documentación librada por una autoridad, cuya firma se encuentre registrada en los archivos del Ministerio del Interior, y que deba ser presentada ante las autoridades de una provincia distinta a la que se originó, o ante el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

No se legaliza documentación plastificada.
No se legalizan copias.

¿A quién está dirigido?

El titular o un tercero con fotocopia del DNI del titular de la documentación.

Consultas
•Por teléfono (011) 4339 0800 | Interno 71958/71960
•Por correo electrónico: PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".gob.ar

¿Qué necesito?


Documento/s a legalizar en original avalado por un Organismo Oficial del Estado, cuyo funcionario tenga la firma registrada en la base de datos.


DNI o Pasaporte (en el caso de extranjeros) perteneciente al titular del documento que se legaliza. Si se trata de un tercero, fotocopia del titular.


¿Cómo hago?


Personalmente
1.Ingresá para sacar un turno en línea.
2.Acercate a la delegación del Ministerio del Interior con el comprobante de reserva del turno.
3.Presentá la documentación requerida a legalizar.



Dirección Delegación

CABA
Dirección: 25 de Mayo 155
Teléfono: (011) 4339 0800 | Internos: 71958 / 71960
Horario de atención: 8:00 a 16:00 hs.

Por correo

Si te encontrás lejos de nuestra oficina, podés legalizar tus documentos por correo postal. Luego serán devueltos al remitente por Correo Argentino certificado a cuenta de esta dependencia.
1.Enviá tu/s documento/s originales a legalizar
2.Incluí una fotocopia del DNI o Pasaporte (en el caso de extranjeros) del titular del documento que se legaliza.
3.Informar una cuenta de correo electrónico de contacto.
4.Enviar a:
Ministerio del Interior
Oficina Legalizaciones
25 de Mayo 101 – CP 1002ABC – CABA

Una vez realizado el trámite, podés consultar en línea si ya se encuentra legalizado tu documento

Recomendaciones
•Recordá colocar el remitente correctamente a fin de evitar extravíos.
•Se sugiere enviar los títulos de grado o diploma de gran tamaño en tubos o cajas de cartón que suministra el correo para evitar daños de la documentación en el traslado de los mismos.

¿Cuál es el costo del trámite?

Gratuito

Vigencia
No tiene vencimiento, se realiza por única vez.
 #1258603  por MARIO1943
 
DRalonso escribió: Vie, 14 Ago 2020, 13:14 HOLA, MARIO!

COMO TU SABES, ESTA WEB BANEA ELSIGNO ARROBA; LOS E-MAILS SE DEBEN ESCRIBIR: MONGOARROBAGMAIL.COM, P. EJ.-
MUCHAS GRACIAS AMIGO, TIENE RAZON, SE ME PASO, LO CORRIJO
legalizaciones(ARROBA)mininterior.gob.ar
 #1258606  por DRalonso
 
NO HAY DE QUE, MARIO!

SOLO DEMUESTRAS QUE ERES HUMANO...

¿ES EL MISMO E-MAIL EN AMBOS CASOS?
•Por correo electrónico: PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".gob.ar

por correo electrónico a PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".gob.ar.