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  • MODELO ESCRITO INSCRIPCION Y VTA DE AUTO POR TRACTO

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 #1157034  por sonsenim
 
abogado1987 escribió:
sonsenim escribió:
abogado1987 escribió:sandranoemiibanez, yo usé el siguiente escrito y todo ok ...

INSCRIPCION DECLARATORIA DE HEREDEROS. TRACTO ABREVIADO.


Hola colegas que tal ?
estoy terminando mi primera sucesion y nuevamente me surgio una duda y por tal motivo los consulto ... en el ultimo proveido del juzgado me dicen que puden dictar en forma conjunta la declaratoria y la inscripcion..
con lo cual voy a acreditar todos los certificados, declaracion jurada patrimoniales, informes,, etc etc para que me provean en forma conjunta la Dh como asi tambien la inscripcion.. ahora bien,, los herederos me dicen que quieren vender la propiedad (unico bien inmueble que forma el acervo hereditario)
la pregunta es,, ?presento igual el escrito con los informes, certificados etc etc para dicten en forma conjunta la DH y la inscripcion entiendo que si y luego cuando se venda el inmueble presento solicito la inscripcion por tracto abreviado entiendo que si, autorizando al escribano a retirar el expte, etc ,, >
desde ya gracias por leer mi consulto saludos


MUCHISIMAS GRACIAS NUEVAMENTE POR LA PRONTA RESPUESTA Y LA BUENA PREDISPOSICION !!
 #1157127  por abogado1987
 
sonsenim escribió:
sonsenim escribió:
abogado1987 escribió:sandranoemiibanez, yo usé el siguiente escrito y todo ok ...

INSCRIPCION DECLARATORIA DE HEREDEROS. TRACTO ABREVIADO.


Hola colegas que tal ?
estoy terminando mi primera sucesion y nuevamente me surgio una duda y por tal motivo los consulto ... en el ultimo proveido del juzgado me dicen que puden dictar en forma conjunta la declaratoria y la inscripcion..
con lo cual voy a acreditar todos los certificados, declaracion jurada patrimoniales, informes,, etc etc para que me provean en forma conjunta la Dh como asi tambien la inscripcion.. ahora bien,, los herederos me dicen que quieren vender la propiedad (unico bien inmueble que forma el acervo hereditario)
la pregunta es,, ?presento igual el escrito con los informes, certificados etc etc para dicten en forma conjunta la DH y la inscripcion entiendo que si y luego cuando se venda el inmueble presento solicito la inscripcion por tracto abreviado entiendo que si, autorizando al escribano a retirar el expte, etc ,, >
desde ya gracias por leer mi consulto saludos


MUCHISIMAS GRACIAS NUEVAMENTE POR LA PRONTA RESPUESTA Y LA BUENA PREDISPOSICION !!
de nada, suerte
 #1161102  por sonsenim
 
INSCRIPCION DECLARATORIA DE HEREDEROS. TRACTO ABREVIADO

HOLA Comelas que tal? Finalmente ya tengo la DH Y la Orden de inscripcion; ahora los herederos pusieron en venta la propiedad a la espera del comprador....

PERO Me surgio una duda ya que si bien la sucesion fue en provincia y EL BIEN Inmueble sito en capital.. en el ultimo proveido donde me dicen que se inscriba la DH en el ultimo parrafo dice PREVIO a todo tramite abonar el Impuesto a la Transferencia de Bienes Gratuitos...
Yo tenia entendido que solo era para bienes que esten en provincia y no en capital...
Por tal motivo. los consulto.. lo dejo asi.. y cuando se venda la propiedad.. en el escrito de pedido de inscripcion por tracto abreviado lo aclaro que es un bien de capital o tengo que sacar la clave en arba y pagar dicho tributo?
Desde ya gracias
 #1161137  por abogado_1987
 
sonsenim escribió:INSCRIPCION DECLARATORIA DE HEREDEROS. TRACTO ABREVIADO

HOLA Comelas que tal? Finalmente ya tengo la DH Y la Orden de inscripcion; ahora los herederos pusieron en venta la propiedad a la espera del comprador....

PERO Me surgio una duda ya que si bien la sucesion fue en provincia y EL BIEN Inmueble sito en capital.. en el ultimo proveido donde me dicen que se inscriba la DH en el ultimo parrafo dice PREVIO a todo tramite abonar el Impuesto a la Transferencia de Bienes Gratuitos...
Yo tenia entendido que solo era para bienes que esten en provincia y no en capital...
Por tal motivo. los consulto.. lo dejo asi.. y cuando se venda la propiedad.. en el escrito de pedido de inscripcion por tracto abreviado lo aclaro que es un bien de capital o tengo que sacar la clave en arba y pagar dicho tributo?
Desde ya gracias
como pauta > "...El impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes grava todo aumento de riqueza a título gratuito como consecuencia de una transmisión o acto de esa naturaleza.

Son contribuyentes del impuesto las personas de existencia física o jurídica beneficiarias de una transmisión gratuita de bienes cuando:
a) Se encuentren domiciliadas en la Provincia.
b) Encontrándose domiciliadas fuera de la provincia de Buenos Aires, el enriquecimiento patrimonial provenga de una transmisión gratuita de bienes existentes en el territorio de la Provincia.

Se tributa por el impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes a partir de los actos instrumentados en el año 2011. En caso de transmisiones por causa de muerte, la fecha de fallecimiento es la que debe considerarse para la obligación del impuesto, la cual debe haber ocurrido con posterioridad al año 2010...."


http://www.arba.gov.ar/Accesible/Pregun ... 113#Rta704
 #1161183  por sonsenim
 
abogado_1987 escribió:
sonsenim escribió:INSCRIPCION DECLARATORIA DE HEREDEROS. TRACTO ABREVIADO

HOLA Comelas que tal? Finalmente ya tengo la DH Y la Orden de inscripcion; ahora los herederos pusieron en venta la propiedad a la espera del comprador....

PERO Me surgio una duda ya que si bien la sucesion fue en provincia y EL BIEN Inmueble sito en capital.. en el ultimo proveido donde me dicen que se inscriba la DH en el ultimo parrafo dice PREVIO a todo tramite abonar el Impuesto a la Transferencia de Bienes Gratuitos...
Yo tenia entendido que solo era para bienes que esten en provincia y no en capital...
Por tal motivo. los consulto.. lo dejo asi.. y cuando se venda la propiedad.. en el escrito de pedido de inscripcion por tracto abreviado lo aclaro que es un bien de capital o tengo que sacar la clave en arba y pagar dicho tributo?
Desde ya gracias
como pauta > "...El impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes grava todo aumento de riqueza a título gratuito como consecuencia de una transmisión o acto de esa naturaleza.

Son contribuyentes del impuesto las personas de existencia física o jurídica beneficiarias de una transmisión gratuita de bienes cuando:
a) Se encuentren domiciliadas en la Provincia.
b) Encontrándose domiciliadas fuera de la provincia de Buenos Aires, el enriquecimiento patrimonial provenga de una transmisión gratuita de bienes existentes en el territorio de la Provincia.

Se tributa por el impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes a partir de los actos instrumentados en el año 2011. En caso de transmisiones por causa de muerte, la fecha de fallecimiento es la que debe considerarse para la obligación del impuesto, la cual debe haber ocurrido con posterioridad al año 2010...."


http://www.arba.gov.ar/Accesible/Pregun ... 113#Rta704

Hola colega! Nuevamente muchisimas gracuas por los datos tan precisos..y la buena predisposicion.
En este caso el causante fallecio a finales del 2011 con lo cual entran en el impuesto..
Mas alla de eso.. a la hora de presentar en el expediente al escribano que va a intervenir por el tracto abreviado.. Él puede retener el impuesto en cuestion? O indefectiblemente hay que hacerlo previo al paso del escribano?
Nuevamente mi mayor agradecimiento por la ayuda brindada
Gracias
 #1161268  por abogado_1987
 
sonsenim escribió:
abogado_1987 escribió:
sonsenim escribió:INSCRIPCION DECLARATORIA DE HEREDEROS. TRACTO ABREVIADO

HOLA Comelas que tal? Finalmente ya tengo la DH Y la Orden de inscripcion; ahora los herederos pusieron en venta la propiedad a la espera del comprador....

PERO Me surgio una duda ya que si bien la sucesion fue en provincia y EL BIEN Inmueble sito en capital.. en el ultimo proveido donde me dicen que se inscriba la DH en el ultimo parrafo dice PREVIO a todo tramite abonar el Impuesto a la Transferencia de Bienes Gratuitos...
Yo tenia entendido que solo era para bienes que esten en provincia y no en capital...
Por tal motivo. los consulto.. lo dejo asi.. y cuando se venda la propiedad.. en el escrito de pedido de inscripcion por tracto abreviado lo aclaro que es un bien de capital o tengo que sacar la clave en arba y pagar dicho tributo?
Desde ya gracias
como pauta > "...El impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes grava todo aumento de riqueza a título gratuito como consecuencia de una transmisión o acto de esa naturaleza.

Son contribuyentes del impuesto las personas de existencia física o jurídica beneficiarias de una transmisión gratuita de bienes cuando:
a) Se encuentren domiciliadas en la Provincia.
b) Encontrándose domiciliadas fuera de la provincia de Buenos Aires, el enriquecimiento patrimonial provenga de una transmisión gratuita de bienes existentes en el territorio de la Provincia.

Se tributa por el impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes a partir de los actos instrumentados en el año 2011. En caso de transmisiones por causa de muerte, la fecha de fallecimiento es la que debe considerarse para la obligación del impuesto, la cual debe haber ocurrido con posterioridad al año 2010...."


http://www.arba.gov.ar/Accesible/Pregun ... 113#Rta704

Hola colega! Nuevamente muchisimas gracuas por los datos tan precisos..y la buena predisposicion.
En este caso el causante fallecio a finales del 2011 con lo cual entran en el impuesto..
Mas alla de eso.. a la hora de presentar en el expediente al escribano que va a intervenir por el tracto abreviado.. Él puede retener el impuesto en cuestion? O indefectiblemente hay que hacerlo previo al paso del escribano?
Nuevamente mi mayor agradecimiento por la ayuda brindada
Gracias
como pauta > “San Isidro, de de 2015 ...
Hágase saber que para la INSCRIPCIÓN DE DECLARATORIA, para lo cual ha de requerirse la conformidad de todos los herederos, deberá acompañarse:
1º) Informe de inhibición del causante (validez: 3 meses).
2º) Informe de dominio del inmueble cuya validez es de 90 días (corridos) -art. 28 Ley 17801 conf. Decreto 2612/72- e informe de dominio del automotor cuya validez es de 15 días corridos.
3º) Título de propiedad original.
4º) Valuación fiscal del año en curso.
Asimismo deberá encontrarse debidamente abonada la tasa de justicia y su contribución legal -debiendo adjuntarse la declaración jurada patrimonial- , así como también la acreditación de la presentación de la declaración jurada en la que consten los incrementos patrimoniales a título gratuito en relación a los herederos (cónyuge o descendientes del causante), como consecuencia de una transmisión o acto de esa naturaleza que comprenda o afecte uno o más bienes situados en la Provincia y/o beneficie a personas físicas o jurídicas con domicilio en la misma y asimismo de corresponder, acreditar el pago del tributo (ITGB) (conf. arts. 91, 110 y concds. de la ley 14.044 y art. 6 de la Resol. Normativa 18/2011 Arba-Impuestos, Resol, 91/10). Esto último respecto de los fallecimientos ocurridos a partir del año 2011.
La declaratoria de herederos y la inscripción se dictarán en forma conjunta si se encuentran cumplidos todos los recaudos pertinentes....”
 #1169356  por agnes99
 
abogado_1987 escribió:de nada, suerte, saludos
Hola colega! Buen día! Una consulta:

Estoy tramitando una sucesión en prov. de buenos aires (juzgado civ y com 7 de morón), donde el acervo está compuesto por un automóvil y un inmueble ganancial, y otro inmueble propio del causante.

Ya tengo DH, y en este momento los herederos quieren inscribir sólo el automóvil a nombre del cónyuge superstite (los hijos ceden su parte).
El resto del acervo se dividirá conforme los porcentajes de ley.

Por casualidad tendrá algún modelo de escrito que contemple esta cesión?
Muchas gracias!!

Saludos!
 #1172959  por simpleestudiante
 
Hola yo hice lo mismo en juz. 4 de morón. lo hice por cesion privada, es decir algo que arme yo y firmaron las partes y lo presente a homologar y el juzgado homologo. Era un acuerdo de cesion simple, igual consulte en el juzgado porque algunos solicitan cesion por escritura publica, en el caso lo pude hacer en forma privada.
 #1172978  por abogado_1987
 
simpleestudiante escribió:Hola yo hice lo mismo en juz. 4 de morón. lo hice por cesion privada, es decir algo que arme yo y firmaron las partes y lo presente a homologar y el juzgado homologo. Era un acuerdo de cesion simple, igual consulte en el juzgado porque algunos solicitan cesion por escritura publica, en el caso lo pude hacer en forma privada.
¿está inscripta en el RPI? En prov Baires >
ARTICULO 1°.- Sólo se procederá a la toma de razón de las cesiones
y derechos hereditarios instrumentadas en escritura pública,
rechazándose las actas judiciales o escritos presentados en el
sucesorio con firma ratificadas por el actuario.

ARTICULO 2°.- De forma.

DISPOSICION TECNICO REGISTRAL N° 27/87

http://www.casi.com.ar/?q=content/cesi% ... escrituras