HERNAN3192 escribió:hola a todos me engancho en esta, estoy haciendo un sucesorio y tengo que cobrar $ de una caja de ahorro.Hernan, por el sello es Lavalle 1220, PB (al fondo)
me dice que el oficio ademas de la firma del juez debe tener
sello de agua de la cámara civil ¿es el sello que legaliza la firma del juez ? y en Capital se hace en llavalle 1220?
tambien dice que debe aclarar concepto impositivo: capital imponible o no imponible.
y certificación de firma del beneficiario por el actuario?
gracias a todos y espero ayuda, hasta pronto.
por la certificación de firma, acordaría día y hora con mesa de entrada del juzgado

