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Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #949189  por MasCasariego
 
Depende de las normas de cada fuero, en un principio si se podria pedir reposicion con apelacion en subsidio, creo que vas a necesitar patrocinio letrado por que es algo puramente juridico y aun cuando te permitieran no tenerlo, aun asi te aconsejaria que busques un abogado que te asesore
 #949237  por Squonk
 
pgaabogado escribió:Hola a todos,
Tengo un caso similar al de esta pregunta.
Yo queri asaber si ante el "tengase presente para la oportunidad correspondiente", hay que interponer recurso de revocatoria? (lo haria con apelacion en subsidio); y si es así si lo puede interponer directamente la perito o debe ser con patrocinio letrado?
Gracias
Cuando hay interponer recursos, tenés que hacerlo con patrocinio