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  • Tope de la Base del Cálculo para la Indemnización

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 #36869  por TORDO
 
para aplicar el caso VIZOTI, tenes que ver que la diferencia entre la indemnizacióna cobrar sin tope y la del tope, tiene que ser varias veces superior, (una tres a cuatro veces). Lee bien el fallo que te lo bajas de internet.-

suerte

 #36872  por Pipi
 
Tordo.. pero no aplicaron el tope! Aplicaron un numero que realmente no tiene compatibilidad con nada... ni con alguna remuneracion, ni con topes, ni con promedio del ultimo año, ni con nada!! Me la pase haciendo cuentas para ver de donde sacaron ese número!!!

 #36940  por jimena
 
Pipi escribió:Me fije y no las promediaron!!! Y en caso de haberlo hecho.... no estaria bien igualmente no?
No. tienen q tomar la merjor remuneración. Está en capital el plenario Brandi (si mal no recuerdo el nombre). En el que dice q no se promedian (aunq si es en pcia. busca jurisp. debe haber, más pq son más benevolos q en cap.).

 #38433  por TORDO
 
Bien dicen que hay de todo en la viña del señor. jaja

si aplicaron cuentas que ellos solo sabe, lo pirmero que tenes que hacer es el calculo correcto, con tope y sin tope y ver que diferencia tenes con lo que le pagaron.-

si el calculo tuyo con tope es superior, al que le pagaron, sin duda debes accionar por la diferencia.-

pero si tu calculo sin tope, te da aun mucho mas superior que el que le deberian pagar con tope, ademas de accionar, podes por aplicación del caso visotti, reclamar la inconstitucionalidad del tope e ir por todo.-

suerte

 #38492  por sergiosky
 
eso de promediar no se si se está aplicando si mal no tengo entendido se debe tomar la mejor normal y habitual, no los promedios, tengo fallos de la camara que dice que para determinar la remuneracion no deben ser promediadas las mismas, sino tomar el mejor normal y habitual y punto.

 #38569  por jimena
 
sergiosky escribió:eso de promediar no se si se está aplicando si mal no tengo entendido se debe tomar la mejor normal y habitual, no los promedios, tengo fallos de la camara que dice que para determinar la remuneracion no deben ser promediadas las mismas, sino tomar el mejor normal y habitual y punto.
En capital si, por el plenario, se toma la mejor no se promedian.

 #38584  por TORDO
 
En todo el país se debe tomar la mejor remuneración normal y habitual del ultimo año, no es una cuestión jurisprudencial, sino legal.-

suerte

 #38614  por jimena
 
TORDO escribió:En todo el país se debe tomar la mejor remuneración normal y habitual del ultimo año, no es una cuestión jurisprudencial, sino legal.-

suerte
Te comento:

En capital hasta q llego ese plenario, dependia del juzgado y de la camara (por eso el plenario...) de que en las remuneraciones variables (comisiones) se aplicaba el promedio (sobre todo si tenia un basico de Ej 500 y habia meses de 800 o 5000 de comisiones), ahora esa discusión no existe más jurisprudencialmente.

El tema no es si es mejor sino "Normal", por eso las promediaban, entendian que si bien podia una remuneracion ser la mejor, no era "normal" por lo tanto las promediaban y listo.


Plenario: Brandi, si les interesa. De hecho no tendria razon de existir dicho fallo, si todos hubieran entendido que era asi...no?