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 #39307  por diegogvillamayor
 
como si no pagas cassaba?=???
es decir si te metes a litigar en capital sin pagar el lex y los aportes????
te lo pueden reclamar, y llevas las de perder.
es mas la mayoria d e los juzgados si no pagas el bono y el lex no de despachan nada.
pero lee la ley de cassaba no recuerrdo el numero, pero ahi dice ue pasa si no pagas.

y no me ofendi para nada solo te explicaba que hago yo.

saludos

 #39346  por sebastianmss
 
Si te matriculaste antes en provincia y despues en capital, tenes derecho a optar dentro de los 90 dias del alta (inicio de la matricula como dice la ley) en aportar solo en provincia y no estas obligado a pagar CASSABA. Presenta una nota al directorio de CASSABA, que el edificio esta en la calle Viamonte al 400 (que esta mas desierto que la isla de Lost) y si te lo niegan tendras que ir por via de amparo quejandote sobre el tema.
Igual el 16 de este mes se decide en la legislatura sobre si continua o no CASSABA.

 #39350  por "doctoraZA"
 
gracias sebastianss, siempre es bueno estar informado sobre este tipo de cosas, no se me hubiera ocurrido lo de la nota al directorio, pero es una buena opcion, en el caso de que no lo saquen!! saludos... :P

 #39470  por diegogvillamayor
 
hola que tal, la opcion para optar por la caja de provincia no es para todos.
lee lo que dice la ley es para matriculados antes de 2005.
Y lo que tenes que plantear es una inconstitucionalidad de cassaba en cada caso que tengas en capital, con el amparo no ganas nada. Solo que las cosas queden asi.

Fijate con la gente de GENTE DE DERECHO ELLO LA TIENEN RE CLARA.

saludos

 #39541  por sebastianmss
 
diegogvillamayor escribió:hola que tal, la opcion para optar por la caja de provincia no es para todos.
lee lo que dice la ley es para matriculados antes de 2005.
Y lo que tenes que plantear es una inconstitucionalidad de cassaba en cada caso que tengas en capital, con el amparo no ganas nada. Solo que las cosas queden asi.

Fijate con la gente de GENTE DE DERECHO ELLO LA TIENEN RE CLARA.

saludos
Por cualquier cosa, en caso de rechazo aca va el link con los escritos del recurso de reconsideracion y el de inconstitucionalidad de CASSABA
http://www.gentedederecho.com/cassaba/fallos16.htm
http://www.gentedederecho.com/cassaba/fallos15.htm