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  • TRAFICO DE ESTUPEFACIENTES

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 #516301  por JFTeseyra
 
Estimada Colega:

En casos como el que comentas no existen en la práctica -cuando menos en los momentos iniciales del proceso- diferencias significativas de tratamiento entre menores y mayores de edad.

Tu cliente es considerado un menor imputable para la clase de delito que se le imputa, y se va a iniciar la correspondiente instrucción de la causa.

Lo primero que entiendo ha de plantearse en estos casos es una solicitud de excarcelación basada en: (a) El Plenario "Díaz Bessone" de la Cámara Nacional de Casación Penal, según el cual todo imputado tiene derecho a que se resuelva su situación de libertad sin que se tenga en cuenta exclusivamente la gravedad del hecho imputado. Es decir, si no existe verdadero peligro de fuga en el caso concreto, correspondería le concedan la libertad provisoria, bajo caución real, personal o juratoria; y (b) En la Convención Internacional de Derechos del Niño.

Hay que recordar que el Plenario de Casación es de aplicación obligatoria para todos los Tribunales Federales del país (Art. 10 Ley 20.050), por lo que deberían evaluar en concreto el peligro de fuga del niño, y si ese peligro no está presente, podemos afirmar que existe a su favor un derecho constitucional a ser liberado.

Una vez planteada la excarcelación, seguiría su trámite en todas las instancias, al menos hasta Casación, en caso de ser rechazada en las instancias inferiores. Eso es lo que suele suceder en mis pagos. Por aquí en Salta los Tribunales de Instrucción y la Cámara Federal no son muy receptivos de la nueva doctrina, por lo que el secreto está muchas veces en preparar desde el inicio el terreno para llegar en buenas condiciones a la instancia de Casación, donde de 4 salas hay 3 que resultan accesibles para este tipo de planteos.

Una vez obtenida la libertad provisoria, bajo la caución que se fijare, recién entonces efectuaría los planteos de nulidades, de defensas de fondo, etc., que correspondieren, a fin de controlar la causa para que no genere mayores riesgos para el imputado, o en su caso, de buscar su cierre definitivo.

Bueno, espero te sean de utilidad las ideas que me vinieron a la mente en esta tardecita de domingo.

Saludos a todos desde Salta la Linda!!!!
 #528836  por delar47
 
Todo lo que dice el colega salteño, JFTeseyra está muy bien pero,entiendo que la causa debe ser llevada por un Juzgado de Menores. Hay bastantes fallos de las cámaras federales al respecto.