Hola,
les cuento que hoy llego una clienta con la carta de acuerdo de beneficio,( de una jubilacion con moratoria enviada 02/2007 siendo ella pensionada obviamente con pago retenido). En el mes de febrero/2010, dimos de baja el plan, y recalculamos la deuda de contado SIN modificar la situacion de revista. Tiene haber de alta mayo/2010 y el retroactivo es de $ 20.900.
Me fui con la clienta al Anses, porque despues que habia hecho este tramite, ellos mismos me dijeron que si lo hubiera hecho con una liquidacion en Afip le hubiera correspondido un retroactivo muy importante, y de esta manera iba a cobrar desde el inicio de la rehabilitacion., estaban equivocados, se da de baja el plan, se reliquida sin modificar la situacion de revista de contado y cobra 2 años de retroactivos.
A todo esto, estoy hace como un mes luchando en el Afip,(siempre falta algo) para que me liquiden la deuda de contado de otra clienta,el caso que comente al principio del post, pensando que era la forma de pelear el tema del retroactivo.
saludos