andrea1982 escribió:Yo creo que lo podés ejecutar según la 17040, sin correr riesgos de hacerle firmar pagares en blanco y quedar mal parado.
Si el tipo no te quiere pagar, mañana lo tenés haciendote una denuncia en el tribunal de ética... y punto
ojo! no digo que sea falta de ética hacerle firmar un documento en blanco, cada uno se cobra como puede, pero corrés todo un riesgo!!
Además, si te da un pagaré, por más que sea incausado, no te estaría pagando de manera anticipada?
hola andre, el pagare no es una promesa de pago que se hace efectiva el dia que uno determina? yo no lo veo como anticipado, porq antes de esa fecha no lo podriamos ejecutar!
no es ilegal ni lo convierte en nulo que no tenga fecha de vencimiento, si lo torna en nulo que no tenga el monto
la Fecha de vencimiento, es la fecha en la cual se debe pagar, este dato si falta no afecta la validez del pagaré, pero se lo considerará como un título a la vista, o sea que es necesario presentarlo a su cobro, también se recomienda mandar una notificación fehaciente, llámese carta documento o similar, para demostrar que se ha reclamado el pago del mismo. y vence al año de su libramiento!
vos crees Andre que se nos puede denuncuiar en el tribunal de etica por un pagare sin fecha? me parece una locura! pero este mundo esta tan loco jajajajja q todo puede ser!