Mordisco escribió:Pero el pagaré es a la vista o cierto plazo vista?...
Dr. Mordisco, ud es muy tecnico, pero claro coincido plenamente con el tenor de su pregunta, me temo, que no se la van a entender.- un saludo
Mordisco escribió:Pero el pagaré es a la vista o cierto plazo vista?...
drgonzalez59 escribió:Te envío el texto del pagaré:El artículo 44 de referencia permite ampliar el plazo de presentación, de ordinario si nada dice es por 1 año, pero en su caso se amplio a 84 meses y/o 7 años, y luego del cual empezaría a computarse el plazo de 3 años para prescribir.
"A la vista pagaré a Banco XXX o a su orden la suma de $xxxx, sin protesto, en el domicilio del banco.
El presente pagaré podrá ser presentado al cobro dentro del plazo de los 84 meses a contar desde su fecha de libramiento (art.36 Decreto - Ley 5965/63). Se deja establecido que el pago del importe del presente pagaré es de pago efectivo en pesos en los términos del art. 44, tercer párrafo del Decreto Ley 5965/63."
Desde ya muchas gracias,