La audiencia del 8/10 no se hizo porque el amparo me quedó sorteado en un Tribunal Penal de Responsabilidad Juvenil (cualquier cosa pero los amparos pueden caer en cualquier lado) y por ahora me van a fijar una nueva; yo en el ANSES ya inicié el RECO secuencia 3 para que corrijan el carácter de los servicios y poder jubilarla por el Dto 137/2005; mi problema viene en el IPS que quieren para el "cierre de cómputos" (en DIPREGEP torre I piso 10) el "telegrama de renuncia y aceptación" NO HAY TALES TELEGRAMAS ni va a haberlos, ESE es mi principal problema. ¿A cuál fecha de cese te referis qué pueda tomar? NO SE SABE cuando va a cesar y no va a haber telegrama de renuncia ni mucho menos de aceptación.
En ANSES me dijeron que una vez que tiene EDAD y SERVICIOS (ya tiene ambos salvo que hay que corregir el carácter que estamos en eso); ellos la jubilan no importa si renuncia, la despiden o se auto despide. Pero en el IPS me salen con eso de la renuncia y aceptación. ¿Cómo lo resuelvo?
periquita escribió:hola ccolalongo
¿Cómo te fue en la audiencia el 8/10?
ccolalongo escribió:Tengo el siguiente caso: una docente (58 años, 30 años de aportes con 25 docentes al frente de grado en ANSES y 14 en IPS) con licencia psiquiatrica y un amparo por certificación de servicios que tuve que presentar porque no hicieron el aporte diferencial del 2% y le entregaron la certificación de servicios con servicios comunes y no me toman el tramite para jubilacion docente (57 años). Para el ámparo tengo audiencia el 8/10 ya que el empleador se niega a hacer la certificación de servicios y no cumple ni requerimiento de ANSES, ni conciliación en el Ministerio de Trabajo (un tema aparte).
El problema viene aca: para el ANSES una vez que tiene los servicios acreditados y la edad la jubila sin más trámite y no importa nada más. ¿¿?? En el IPS para hacer el reconocimiento de servicios ya que el rol de caja lo tiene ANSES me piden un "cierre condicionado de cómputos" y un "telegrama de renuncia y aceptación" para "cuando vaya a cesar" el tema acá es que estando el ámparo y toda la situación grave NO HAY FECHA de CESE porque obviamente que con ésta situación tiene más que probadas las injurias graves para considerarse depedida que es lo que va a hacer. ¿Y si toma esa fecha como cese? ....
¿Cómo lo resolverían? ¿Saben como hacer un reconocimiento de servicios en IPS como se hacen los de ANSES o parecido? Sí, es parecido pero no son los mismos formularios y requisitos.
Gracias!