Mario y Andrea,contador-abogada, y en el medio vampireando informacion y saber los gestores, como yo.Quisiera que me quede claro, al menos para suicidarme convencida,jajaja y en el proceso de tratar de dilucidar este tema asocie y relacione ,lo siguiente,que quizas,no tenga nada que ver, pero, bueno, no me voy a quedar con la duda todo el fin de semana,
Hace bastante tiempo,me llamaron para hacer varias jubilaciones de la casa central de una instituciocion religiosa,bastante importante, con varias colegios diseminados,eran de 8 o 9 monjas ,que cumplian la edad,y tenian varios años de aportes como docentes en la institucion, pero no los suficientes.La Hna rectora, me entrego un bibliorato, que era una especie de "moratoria de pago de aportes a cta" hecha hacia mucho tiempo, creo que era del año 62, para usar a futuro por aquellos integrantes (monjas) cuando habiendo alcanzado la edad jubilatoria le faltaran aportes. En ese momento fui a Anses a preguntar con bibliorato en mano,porque no sabia de que me estaban hablando, y si ,era tal cual me habia dicho la rectora, tenia que presentar una constancia del ingreso de la titular a la institucion, que surgia de un registro que tenia cada "casa" asi se llaman a los colegios, ella me firmaba una autorizacion como rectora de la casa central para utilizar los años que me faltaban en cada caso, Anses lo descontaba de esa ¿"cuenta corriente de aportes?"y asi se jubilaron.Lo relaciono porque me pregunto, ¿si una institucion puede comprar aportes para usar cuando haga falta, poruqe no un particular? o en algun momento, entro en vigencia alguna ley que especificamente ya no permite hacer esto? SEPAN DISCULPAR, si estoy preguntando una burrada,tengo el salvoconducto por ser gestora, jajaja, saludos Judith