Este es un texto de muy buen nivel que vale la pena leerlo:
El debate de un nuevo Código Penal pasa para el año 2008
(una oportunidad para abordar el verdadero debate)
Por Carlos Palacio Laje (*)
El plazo para formular las observaciones al Anteproyecto de Código Penal para la Nación Argentina producido por la “Comisión para la Elaboración del Proyecto de ley de Reforma y Actualización Integral del Código Penal” creada por el Ministerio de Justicia, vencía el próximo 15 de agosto.
¿Podría la consideración de un nuevo Código Penal para la República Argentina tener un tratamiento tan prematuro? Seguro que no.
Lo cierto es que, el Ministro Iribarne anunció hace algunos días que el Poder Ejecutivo no estaba comprometido con ese anteproyecto, el cual, si bien se seguiría analizando, pasaría al Parlamento recién en el año 2008.
¿Quién sabe si esto sucederá así ? . El anteproyecto del Código Civil hace más de 6 años que sigue esperando algún tipo de tratamiento, y la reforma a la ley de sociedades parece seguir los mismos pasos. En todo caso las expresiones de Iribarne más se asemejan a una elegante manera de sacar de escena una cuestión que comenzaba a ser un grave problema político.
De todas maneras la noticia la recibimos con alivio. Ya no tenemos plazos irrisorios y perentorios para analizar un anteproyecto que diseña un cuerpo legal medular para la República. Y así como en Alemania, la sola reforma de la Parte General de su Código Penal llevó más de dos décadas, parece que aquí un nuevo Código no podría ser cuestión de algunos pocos meses.
Por supuesto que, a pesar de esta prórroga oficial, el trabajo de la Comisión no ha sido en vano. Existe una especial necesidad de que se elabore y se sancione un nuevo Código Penal, y las conclusiones de la Comisión son una inestimable guía para abrir el debate (aunque no tengan exposición de motivos, y sean huérfanas de sustento estadístico y estudios criminológicos fundados) . El actual Código data del año 1922 y sus antecedentes se remontan al siglo XVII. Desde entonces más de 900 disímiles reformas, inspiradas por pautas político criminales diversas y hasta encontradas, han trasformado ese digesto en una cúmulo poco confiable, proclive a las interpretaciones diversas, algunas rayanas con la analogía, y no pocas veces reñidos con el principio de legalidad. Ese esfuerzo debe intentar terminar con la terrible alegoría de “las dos bibliotecas” (que lamentablemente tiene lugar en todo nuestro orden jurídico en más o en menos) Ese mensaje para la sociedad es tremendo y construye gran parte de una cultura atroz en la que nos hemos adiestrado. El Derecho es un o solo, y debe ser claramente compresible por todos, es la única manera de hacer realidad la función preventiva general que implica el Código Penal, y que en los fundamentos de los fallos que elaboren los que deben aplicarlo no generen suspicacias. De eso el legislador no puede desentenderse, y los jueces deben exigirlo con energía, aún a costa de injusticias (es decir absteniéndose de legislar en sus sentencias, y sin interpretar las normas más allá de los muy estrictos límites que exige el principio de legalidad).
Pero además de ser claro, necesitamos Códigos, y leyes, de posible cumplimiento, porque sino, se trasforman en puras aspiraciones, meros anhelos, consejos, utopías que solo hacen devaluar nuestro orden jurídico.
Es evidente que nuestra sociedad no está madura para estos cambios. Y de hecho, en general la gente sigue entendiendo a la pena como un “castigo”, y por su parte (y como es lógico) no puede compatibilizar la exigencia constitucional de cárceles “sanas y limpias” destinadas a la resocialización, cuando esos centros son verdaderas universidades de delincuencia, hacinadas de eximios “alumnos”. ¿Y cómo puede digerir la sociedad que casi ninguno de esos internos este purgando penas por delitos económicos o por delitos de corrupción cuando según los organismos internacionales nuestros país siempre ocupa lugares privilegiados en esos ranking ?. La sociedad esta muy confusa frente a esa realidad, y no parece estar dispuesta a dejar que el debate quede en manos de los sólo especialistas. El discurso jurídico ha quedado muy alejado del discurso y necesidades de la sociedad (de ahí que se hacen lugar a planteos de un sufrido Ingeniero). Esta distancia es cada vez más peligrosa.
Pero detrás del debate sobre un nuevo Código Penal, hay uno mucho más sensible: es el debate de la situación por la que atraviesa la justicia penal. Es verdad que la añeja ley penal que rige hoy, está plagado de parches, de algunas contradicciones y de no pocos figuras confusas y otras inaplicables. Sin embargo, nadie puede olvidar, parafraseando a Ricardo Nuñez, que "el Código Penal no le toca ni un pelo al delincuente".
Por tanto, en nuestra sociedad, si bien es importante que trabajemos sobre un nuevo Código Penal, lo que resulta imprescindible es trabajar sobre la justicia penal, tanto en su estructura positiva como en la parte cultural y de adecuación de sus recursos humanos. Nadie puede negar que se necesitan mayores recursos materiales y humanos, capacitar y sobre todo incentivar.
Sin embargo, desde el parlamento nos distraen con "jurados populares", “juicio abreviado”, “nuevas figuras penales”, “cada vez más gravosas penalidades”, y fórmulas similares, dejando detrás cuestiones elementales. Y así, por ejemplo los “4 meses” en que la ley obliga a que se practique la investigación penal en la instrucción, conforme el art. 207 del Código Procesal Penal de la Nación ( 3 meses en el caso de la ley cordobesa) es en general una utopía. Ese mandato de la ley se ha trasformado un “un buen consejo”. Nada se invierte desde el orden político para que la voluntad de la ley se cumpla. Y esto ya se toma con suma normalidad, por tanto, nadie reniega de esta realidad, a la que la mayoría se ha resignado. En nuestro Código hay varias utopías, y así nuestra ley se trasforma en un campo ideal que la realidad convierte en un campo de “lo posible”, campo que sólo lo logran entender los operadores penales, pero que a la gente comienza a inquietarle. Y ese camino genera riesgos y desvíos gravísimos.
Lo cierto es que los despachos están tapados de expedientes, los fiscales tanto de Cámara como de Instrucción hacen verdaderos malabarismos,y las víctimas siguen esperando que se les otorgue un lugar decoroso a su dolor y desconsuelo.
Señores, detrás del nuevo Código Penal, hay un debate pendiente respecto del cual parecemos anestesiados. Un debate que nos puede conducir a la eficiencia que se reclama de manera mucho más efectiva que el dictado de un nuevo Código, y aun de nuevos modificaciones.
Debemos entender que lo trascendente no son los procesos que se inician, ni las imputaciones, ni la prisión preventiva de algunos personajes (que bien le pueden servir al orden mediático, y pueden ser útiles para enviar mensajes de tranquilidad a la sociedad frente a un sistema endeble). Aquí lo que importan son los juicios. Necesitamos juicios. Juicios que terminen con condenas o absoluciones. Pero hoy esos juicios son mínimos en comparación con los que deberían lograr celebrarse. Y en general, sólo se ocupan de los asuntos “con preso”, o de aquellos “con prensa”, y los estándares que se logran lo son, en general, gracias a la fórmula del juicio abreviado, cada vez más desvirtuado. Los demás, es decir la mayoría, son derivados por la vía de la prescripción.
Debemos convencernos que el verdadero temor del delincuente es el de enfrentar un juicio y por su puesto, el de ser condenado. El verdadero miedo es el de una justicia penal eficiente.
Y por supuesto que tenemos una gran deuda con los condenados, compromiso que no se suple haciendo cárceles; y ni hablar de los menores delincuentes, que a esta altura sería hasta preferible darles el mismo tratamiento legal y material que el que se le otorga a la delincuencia de mayores.
Pero en vez de invertir estamos “estirando[1] el sistema”: Estirándolo para que alcance. Para que con lo que hay, se logre hacer lo que se debería. Pero un sistema estirado principalmente pierde calidad, y nunca llega a cumplir su cometido. Eso pasa hoy entre nosotros. Solo como ejemplo en el orden de la ley procesal citemos al llamado “tribunal unipersonal", instituidos por ejemplo en Córdoba, para cuyas sentencias, en todo caso, deberían haber previsto el recurso de apelación, que justamente no se legisló en el proceso penal porque las sentencia de las Cámaras de Crimen serían dictadas por tres magistrados, con la seguridad fáctica y jurídica que ello supone. Y estirar el sistema, en vez de invertir es muy peligroso porque nos lleva imprevisibles consecuencias culturales-jurídicas.
Es necesario invertir en la justicia penal, tal como se tratara de una obra pública (y de hecho los verdaderos inversores están esperando eso), porque por más que tengamos un mejor Código, ni la realidad positiva actual, ni alguna futura, tendrá oportunidad de hacer eficaz su función bajo estas condiciones. Pero es claro que al orden de la corrupción esta realidad que proponemos no le ha de convenir.
Dudo que a algún operador penal puede desconocer lo que en estas líneas se ha consignado. De ahí que me parece que los hombres de derecho estamos anestesiados, o casi resignados, cuando deberíamos irritarnos por esta realidad.
El derecho es una idea de fuerza, dice con razón Von Ihering[2]. De ahí que, según el citado jurista y filósofo alemán, la figura que representa a la Justicia sostiene en una mano la balanza donde pesa el derecho, y en la otra sostiene la espada para hacerle efectivo. “La espada sin la balanza en la fuerza bruta y la balanza sin la espada es el derecho en su impotencia”. En la República Argentina la justicia penal padece de una aguda desnutrición. Con mayor amenaza en algunas zonas que en otras.
Mostrándonos una barriga inflada de leyes, y abultada en delitos y penas cada vez más altas, nos exhiben un orden fortalecido y saludable. Pero en realidad su debilidad es tal que la espada y la balanza casi no pueden sostenerse. Esa desnutrición es puntillosamente planificada por un poder que goza de la impunidad que le brinda esa tremenda patología.
Es tiempo de sincerarnos, de abrir los ojos y trabajar por lo que verdaderamente nos hace falta.
(*)abogado penalista; titular del Estudio Palacio Laje & asoc. –
www.palaciolaje.com.ar
Director de la Sala de Derecho Penal Económico del Colegio de Abogados de Córdoba.
[1] “Estirado”: participo pasivo de “estirar” que figurativamente implica “excesivamente económico” (Diccionario de las Lengua Española de la Real academina Española - Espasa
[2] “La lucha por el derecho”
"2017, te espero - UNITE".