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  • URGENTE!!! ESPOSA SEPARADA DE HECHO PIERDE LA PENSION??

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #560349  por smavuiller
 
wilo escribió:Hola. Si alguno pudiera leer el fallo y hacer algún comentario se agradece. Entiendo que es extenso, pero es muy útil para considerar la posibilidad de pensionar a cónyuges no culpables separados de hecho en IPS. Saludos
EL FALLO ES MUY ESCLARECEDOR!!!!!!!!!!
GRACIAS X Q HAY MUCHO X AHI DE NACION Y POCO DE PCIA
ATTE.
 #574372  por Laurabor07
 
Hola foristas, alguien de la Pcia de Córdoba?? Mi caso es similar, cónyugue separada de hecho que le denegaron la pensión, esto fue hace bastante tiempo ... Alguien tendría alguna jurisprudencia al respecto? mil gracias.
 #1025212  por BUENOOLGADOMINGA
 
Esposa separada de hecho, no pierde el derecho a percibir el beneficio previsional de pension derivada, puede presentarse con la partida de matrimonio e iniciar la solicitud de la pension derivada, mas aun, si el esposo fue quien hizo abandono del hogar y vivio en concubinato con otra mujer, si la concubina prueba la convivencia por mas de cinco años, y demuestra que fue quien cuido a su concubino hasta su muerte, si la conyuge superstite no se presenta a solicitar la pension derivada, lo hace ella, pero si luego se presenta la conyuge superstite, dan el 50% de la pension a cada una de ellas, o sea que le disminuyen la pension a la concubina, luego de fallecer una de ellas, la que sobrevive podra reclamar la totalidad de la pension derivada, si no lo hace, el 50% que persibia la fallecida pasa a los fondos de la ANSES.

Distinto seria el caso, si se tratara de una Separacion Personal, sin voluntad de unirse porque se torno moralmente imposible continuar con la convivencia en comun, y exista resolucion judicial que declara la separacion personal, y la que intenta solicitar la pension derivada ha sido declarada culpable, en este supuesto , la conyuge superstite declarada culpable por resolucion judicial de separacion personal que asi lo determine, pierde la vocacion hereditaria, se protege el derecho de propiedad del inocente, no es el caso de tu clienta.
 #1474190  por Tita Gasco
 
Buenos dias
Retomo este tema
Tengo el caso de una Sra casada legalmente; su esposo en determinado momento se va a vivir con otra Sra.
Quedando separada de hecho; con dos hijos mayores de 18 años. Decide iniciar la pension y le comunican en el Anses que la concubina esta cobrando la pension.
Se va a intentar solicitar compartir la pension. La verdadera esposa nunca lo denuncio, ni solicito judicialmente alimentos. Ella se encuentra jubilada con la minima.
El tema es el siguiente: el domicilio del acta de defuncion del esposo, es el mismo que consta en el acta de matrimonio. Pero en realidad cuando se separan vivian en otro domicilio distinto (se habian mudado, en varias oportunidades); que no fue asentado en ninguno de los documentos de ambos esposos.
Calculo que la concubina debe haber probado que vivia con ella...... con testigos
Mi duda es: "esposos igual domicilio en acta de defuncion y en acta de casamiento; pero........el no muere alli (aunque el acta de defuncion da el domicilio donde el Sr vivia con su esposa legitima)
Agradecere sus opiniones. Estoy un poco insegura porque es la primera vez que realizare una Pension Compartida
Hace falta que realice la DDJJ testimonial PS.6.14 con dos testigos?
Gracias por sus respuestas
Saludos Tita
 #1474196  por Tita Gasco
 
Estos dias he buscado informacion en el foro; por ello me quedo mas claro como resolverlo. (lo que consulte en el post ultimo)
Encontre el post "pension directa, separada de hecho. Duda". que me dio mucha informacion; aunque en mi caso es viuda separada de hecho, con domicilio no coincidentes en acta de defuncion y documento de la viuda.
Resulta que el Sr nunca cambio su domicilio de la casa donde vivia con sus padres.
Cuando el se va de la casa en donde vivian los esposos tenian otro domicilio (que tampoco es el que tiene la viuda actualmente). Alquilaron varias veces distintas propiedades; o sea se mudaban cada vez que vencian los contratos de alquiler.
Les consulto:
1)la explicacion de los distintos domicilios debo hacerlo sobre el último que habitaron juntos?
2)Debo presentar Form 6.14 de dos testigos?
3)DDJJ testimonial Art.1 inc. a Ley 17562?
4) algo mas?
Gracias por sus aportes
Saludos
Tita