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  • NUEVA CIRCULAR DE PROBATORIA DE AUTON.¿33/11?

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #716420  por csc348
 
Esta nueva circular de confunde bastante, así que les consulto sobre un caso particular para que no queden dudas:
Una persona tiene 15 años y 1 mes en un Banco, luego de eso cuenta con 1 año por desempleo y posteriormente con 6 años y 11 meses como docente en la pcia de La Pampa. Los 7 años que le estarían faltando, se acogió a la moratoria ley 24.470, desde 01/69 hasta el 12/75 (liquidación SICAM de fecha 17/03/2011), en la categoría de costurera (cód. act. 307). Primero no pude iniciar el trámite por inconvenientes con el reconocimiento de servicios del ISS de La Pampa. Ayer saqué un nuevo turno, donde tengo que presentar exactamente lo mismo que la otra vez no me aceptaron, sólo que antes de ayer justo viene a salir esta circular y no sé bien si me complica en algo o no.
La situación de revista de SICAM es únicamente lo que detallé precedentemente, no hay nada más.
Ahora bien: Tengo que presentar prueba alguna entonces por eso?
El tema con el reco de La Pampa, fue que estaba bien la resolución en sí pero ahí no detallan el periodo exacto de vacaciones, sino sólo hacen mención a la cantidad de vacaciones proporcionales que le correspondían. Por eso, en la UDAI de ANSES no me permitieron iniciarlo, porque ellos tienen que cargar el periodo de vacaciones que no les surge. Mandé nota al ISS, pero responden que no pueden hacer nada. Hablé en Anses a ver cómo hacer entonces, y tengo que presentar lo mismo y se verá....Debo adjuntar una nota explicativa de las vacaciones, los servicios simultáneos y demás (o sea, todo lo que ellos no tienen ganas de sentarse a analizar) del reco de La Pampa, firmada por la beneficiaria. Cualquier cosa!! Menciono esto a ver si, por casualidad han tenido un caso similiar, pueden orientarme un poco y ayudarme con esta nota interpretativa.
Gracias a todos!!
 #716775  por eduardoprevisional
 
Hola colegas! Pregunto: los periodos q agregamos a sicam aun en los casos q la persona nunca estuvo inscripta siempre salen rosas, es decir que siguiendo el criterio q comentan algunos colegas tendriamos entonces que probar todos los periodos aun en los casos que compremos aportes hasta 09-93.
Me inclino mas por lo que estan diciendo que todo lo que es ant al 09-93 se puede comprar con la categoria que querramos, incluso en los que estan inscriptos en padron historico de anses o en puc de afip, siempre lo anterior a la inscripcion. En caso que el paddron hist de anses coincida con el puc entonces habria que respetarlo, pero hay normativa de afip que dice que lo que es 10 anios para atras ellos no lo modifican sino que se carga directamente en sicam (lo que vendria a coincidir con esta nueva circular) ya que jkustamente dice eso en las 2 excepciones que da.
En conclusion necesito saber si alguien esta de acuerdo con lo que digo.
Por eso todo lo que compremos antes del 93 este o no isccripto podemos inventarlos (es decir elegir la activad) es asi?? Y lo post hay que probarlo, por ejemplo si pusieramos un periodo del 10 del 93 en adelante.
Gracias, y esperemos esto se aclare pronto, ya que con estas nuevas normativas , anses esta muy lejos del supuesto estiramiento del periodo para completar con moratoria que se escucho por estos dias, o no?
 #716777  por hugo2
 
csc348 escribió:Esta nueva circular de confunde bastante, así que les consulto sobre un caso particular para que no queden dudas:
Una persona tiene 15 años y 1 mes en un Banco, luego de eso cuenta con 1 año por desempleo y posteriormente con 6 años y 11 meses como docente en la pcia de La Pampa. Los 7 años que le estarían faltando, se acogió a la moratoria ley 24.470, desde 01/69 hasta el 12/75 (liquidación SICAM de fecha 17/03/2011), en la categoría de costurera (cód. act. 307). Primero no pude iniciar el trámite por inconvenientes con el reconocimiento de servicios del ISS de La Pampa. Ayer saqué un nuevo turno, donde tengo que presentar exactamente lo mismo que la otra vez no me aceptaron, sólo que antes de ayer justo viene a salir esta circular y no sé bien si me complica en algo o no.
La situación de revista de SICAM es únicamente lo que detallé precedentemente, no hay nada más.
Ahora bien: Tengo que presentar prueba alguna entonces por eso?
El tema con el reco de La Pampa, fue que estaba bien la resolución en sí pero ahí no detallan el periodo exacto de vacaciones, sino sólo hacen mención a la cantidad de vacaciones proporcionales que le correspondían. Por eso, en la UDAI de ANSES no me permitieron iniciarlo, porque ellos tienen que cargar el periodo de vacaciones que no les surge. Mandé nota al ISS, pero responden que no pueden hacer nada. Hablé en Anses a ver cómo hacer entonces, y tengo que presentar lo mismo y se verá....Debo adjuntar una nota explicativa de las vacaciones, los servicios simultáneos y demás (o sea, todo lo que ellos no tienen ganas de sentarse a analizar) del reco de La Pampa, firmada por la beneficiaria. Cualquier cosa!! Menciono esto a ver si, por casualidad han tenido un caso similiar, pueden orientarme un poco y ayudarme con esta nota interpretativa.
Gracias a todos!!
Buenas tardes, como estan.
 #716819  por ebety
 
Hola a todos: la verdad es que me vino muy bien analizar con todos ustedes esta nueva circular. Necesito hacer una consulta concreta, porque ya estoy mareada:
tengo una señora con PHA con ingreso en 1979 y el PUC en 1993. Yo cargo en el SICAM las dos fechas respetando categorias y compro en el SICAM 2 los 6 años que me faltan. Pregunto porque como lei la circular que dice que en caso que no optemos por la morato del 79, el sicam 2 es optativo, pero al querer cargar en el Sicam 1 los años anteriores al PHA (de 1963 a 1969), me lo pone en rosa, y no cdo lo pongo en el Sicam 2. Estoy haciendo algo mal? O
Por ultimo solo me queda remarcar que es una reapertura, porq habia aplicado unos meses art 3, y habia unos pagos, asi que lo saque, porq no tengo meses de deuda total.
Gracias: saludos
Beatriz
 #716820  por ebety
 
ebety escribió:Hola a todos: la verdad es que me vino muy bien analizar con todos ustedes esta nueva circular. Necesito hacer una consulta concreta, porque ya estoy mareada:
tengo una señora con PHA con ingreso en 1979 y el PUC en 1993. Yo cargo en el SICAM las dos fechas respetando categorias y compro en el SICAM 2 los 6 años que me faltan. Pregunto porque como lei la circular que dice que en caso que no optemos por la morato del 79, el sicam 2 es optativo, pero al querer cargar en el Sicam 1 los años anteriores al PHA (de 1963 a 1969), me lo pone en rosa, y no cdo lo pongo en el Sicam 2. Estoy haciendo algo mal? O
Por ultimo solo me queda remarcar que es una reapertura, porq habia aplicado unos meses art 3, y habia unos pagos, asi que lo saque, porq no tengo meses de deuda total.
Gracias: saludos
Beatriz

perdon, me falta una pregunta: que aparezca en rosa no significa que estara sujeto a solicitud de prueba?

Gracias

Beatriz
 #716822  por arielruiz86
 
Lo anterior al 09/93 no requiere pruebas porque aun no se derogo la ley 24476, y si no queres que se ponga en rosa amplias en el sicam 2 (salio una ultima circular que autoriza hacerlo asi).
 #716860  por eduardoprevisional
 
Hola a todoa,lei en un comentario qhe hay una circular que para que no salga el periodo rosa en sicam, admite que lo ponbgfamos en sicam2 o periodos ampliados. Cual es? Ya que en la udaoi q ue inicio solo nos lo hacen cargar cdo optamos por morat 526 del 69
Gracias
 #716865  por fito657
 
Hola, no todo lo que sale en rosa se tiene que probar, hasta 9/93 nada, lo dice la misma circular, y lo prescripto despues de esa fecha en los siguientes casos tampoco se prueba: 1) que esté en el puc 2) que haya aportes en tiempo y forma, acá te fijas en "pagos" del sicam o en el sijp, 3) Que lo renuncies o los prescribas (25321 o 14236 conforme GPA 15/11) y además en la primera hipostesis que da la ley (caja aut) .
 #716910  por arielruiz86
 
eduardoprevisional escribió:Hola a todoa,lei en un comentario qhe hay una circular que para que no salga el periodo rosa en sicam, admite que lo ponbgfamos en sicam2 o periodos ampliados. Cual es? Ya que en la udaoi q ue inicio solo nos lo hacen cargar cdo optamos por morat 526 del 69
Gracias
Circular 31/11 que reemplaza a la 18/11. Tuvo que salir esta ultima circular para aclarar y ratificar plenamente el uso del sicam 2 para ampliar lo que no este en el PUC o PHA, porque se habia creado una psicosis generalizada absurda de que no se podia usar el sicam 2.
 #716926  por ebety
 
arielruiz86 escribió:Lo anterior al 09/93 no requiere pruebas porque aun no se derogo la ley 24476, y si no queres que se ponga en rosa amplias en el sicam 2 (salio una ultima circular que autoriza hacerlo asi).
Gracias por tu respuesta. Saludos
 #717050  por alejandra01
 
ebety..yo leo todos los post de los chicos y tus dudas están más que aclaradas en lo que dicen los foristas..
ebety escribió:Hola a todos: la verdad es que me vino muy bien analizar con todos ustedes esta nueva circular. Necesito hacer una consulta concreta, porque ya estoy mareada:
tengo una señora con PHA con ingreso en 1979 y el PUC en 1993. Yo cargo en el SICAM las dos fechas respetando categorias y compro en el SICAM 2 los 6 años que me faltan. Pregunto porque como lei la circular que dice que en caso que no optemos por la morato del 79, el sicam 2 es optativo, pero al querer cargar en el Sicam 1 los años anteriores al PHA (de 1963 a 1969), me lo pone en rosa, y no cdo lo pongo en el Sicam 2. Estoy haciendo algo mal? O
Por ultimo solo me queda remarcar que es una reapertura, porq habia aplicado unos meses art 3, y habia unos pagos, asi que lo saque, porq no tengo meses de deuda total.
Gracias: saludos
Beatriz
 #717653  por ebety
 
Gracias!
alejandra01 escribió:ebety..yo leo todos los post de los chicos y tus dudas están más que aclaradas en lo que dicen los foristas..
ebety escribió:Hola a todos: la verdad es que me vino muy bien analizar con todos ustedes esta nueva circular. Necesito hacer una consulta concreta, porque ya estoy mareada:
tengo una señora con PHA con ingreso en 1979 y el PUC en 1993. Yo cargo en el SICAM las dos fechas respetando categorias y compro en el SICAM 2 los 6 años que me faltan. Pregunto porque como lei la circular que dice que en caso que no optemos por la morato del 79, el sicam 2 es optativo, pero al querer cargar en el Sicam 1 los años anteriores al PHA (de 1963 a 1969), me lo pone en rosa, y no cdo lo pongo en el Sicam 2. Estoy haciendo algo mal? O
Por ultimo solo me queda remarcar que es una reapertura, porq habia aplicado unos meses art 3, y habia unos pagos, asi que lo saque, porq no tengo meses de deuda total.
Gracias: saludos
Beatriz
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