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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #45432  por may
 
hola gente! queria pedirles un favor... si alguien tiene un modelo de contestacion de alegatos en procedimiento laboral, de capital.... si tienen tambien de provincia lo acepto de mil amores jajjaa
dsd ya millones de gracias! siempre estan ahi para darme una manito (manota!) GRACIASSSSSSSS
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 #46435  por sergiosky
 
en mi provincia el alegato es escrito y se presenta como un escrito mas donde valoras el merito de la prueba, el titulo puede ser "presenta alegato" y los subtitulos pueden ser "litis" donde exponé nuevamente cuando iniciaste la demanda y por que y luego "merituacion de la prueba" donde especificas el resultado de todas las pruebas acompañadas por vos y el demandado, que paso con los testigos...con la confesional...peritos etc. al final pedi la condena o la absolucion.
lo que debes tener en cuenta cuando el alegato es escrito es el tema de los plazos ya que cuando se clausura la prueba comienzan ciertos plazos donde debes alegar en un plazo comun para ambas partes, en mi provincia es asi: sale el decreto de clausura de prueba y cuando queda firme (a los 5 dias) comienza el plazo comun de 12 dias (6 para el actor y 6 para el demandado) es decir, retira el expediente el actor y en 6 dias debe presentar el alegato, luego lo retira el demandado y en 6 dias presenta el suyo, luego por secretaría informa que se venció el plazo para alegar y el juez pasa los autos para sentencia.
el tema de los plazos fijate como es en tu CPL

 #47464  por GU
 
De los alegatos no se da traslado, y en consecuencia, no se contestan.

Es una expresion unilateral de las partes que no se controvierte, sino que es valorada por el juez.

Distinto es el caso de un escrito que tenga traslado, como ser, una apelacion.

Salutes
 #68191  por may
 
les agradezco el dato, saludos

 #68245  por MFP
 
no hay contestación de alegato. Es mas.... EL ALEGATO NO ES OBLIGATORIO. Es simple facultad del profesional hacerlo o no. Para mi sirve mucho (aunque hay juzgados que directamente no los leen). Es una evaluación concreta y entrecruzada de las pruebas rendidas en la causa que tiene como objetivo ayudar a S.S. a crear convicción sobre los hechos alegados y probados. Es un lindo ejercicio, a mi me gusta hacerlo (va... cuando pude probar lo que necesitaba), es el broche final de la etapa probatoria.
Saludos.
MFP

 #68246  por MFP
 
no hay contestación de alegato. Es mas.... EL ALEGATO NO ES OBLIGATORIO. Es simple facultad del profesional hacerlo o no. Para mi sirve mucho (aunque hay juzgados que directamente no los leen). Es una evaluación concreta y entrecruzada de las pruebas rendidas en la causa que tiene como objetivo ayudar a S.S. a crear convicción sobre los hechos alegados y probados. Es un lindo ejercicio, a mi me gusta hacerlo (va... cuando pude probar lo que necesitaba), es el broche final de la etapa probatoria.
Saludos.
MFP