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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #551952  por gabru
 
Hola quisiera saber la norma q regula a los taxista, pero se le aplica el reggimen diferencial a los q estan en relacion de dependencia?????
 #552200  por andre_20
 
HOLA EL DECRETO QUE REGULA EL REGIMEN DE LOS TAXISTAS ES EL 4257/68 IN C 1º. LA EDAD ES 60/30 PARA LOS PROPIETARIOS Y SI ES PEON 65/30 Y ESTE DTO NO CORRESPONDE PARA ELLOS.-
YO AL MENOS TRABAJE DE ESTE MODO Y FUE UN EXITO.
CUALQUIER COSA PREGUNTAME.-
 #552371  por almabal
 
Te pego algunos datos que pueden servirte

Taxista en relación de dependencia: 60/30 Dictamen GAJ 33198 que extiende los alcances del Decreto 629/73

TAXI

Decreto 629/73 (vigente desde el 1.1.74),

Art.1º: Tendrán derecho a la jubilac. ordinaria con 60/30, los propietarios de automóviles de alquiler que exploten personalmente y en forma habitual sus vehículos.
Art. 2º. Las personas mencionadas en el art. anterior deberán acreditar en forma fehaciente ante la Caja Nac. Trab. Aut. el ejercicio de actividades comprendidas en el presente decreto en las condiciones fijadas en el citado artículo.

Res. 664/74 CNTA:

art. 1º. Se deben acreditar los servicios con la certificación municipal que acredite la titularidad del taxi y la habilitación legal para conducir.
Art. 2º. En lugar de la certificación municipal se podrá presentar constancia de autoridad nacional, provincial o municipal que haya tenido a su cargo el control de los vehículos y la habilitación para conducir.
Art. 3º. La acreditación de los servicios y la modalidad de su prestación podrá hacerse por otros medios de prueba, excepto la declaración jurada o la prueba testimonial exclusiva.

En conclusión:

Régimen diferencial, Taxista Autónomos-Decreto 629/73

REQUISITOS:

· 30 años de servicios probados fehacientemente.
· 60 años de edad.

PRUEBAS:

· Licencia de Conducir, categoría Profesional.
· Constancias de renovaciones de Licencia de Conducir.
· Certificado municipal dónde consten Altas y Bajas de patentes de los vehículos a su nombre.
· Presentar cese

OTROS:

· Póliza o Comprobante del Seguro.