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  • PUEDO HACER USUPCAPION Y TRACTO ABREVIADO?

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 #554889  por fabius
 
Estimados Colegas y Foristas:
Tengo una clienta a la que le voy a iniciar a su favor, el juicio de poseción ventiañal (usupcacion), el tema es que ella tiene necesidad de vender esa vivienda porque tiene otra, mis preguntas son las siguientes:
. Puede pedir antes de que el juez la declara como titular del dominio, un tracto abreviado a favor del comprador? (antes haría una Cesión Onerosa de Derechos y Acciones de ella a favor del comprador).
. Tengo algún otro camino?
Desde ya muchas gracias!!!
 #554986  por martinhm77
 
Hola: tracto abreviado me parece que no.-
Si cede los derechos posesorios, o litigiosos en caso de que esté inicado el juicio, listo, sigue adelante el cesionario y el inscribe directamente.-
Te dejo el artículo de la ley 17.801 que contempla los casos de tracto abreviado:
ARTICULO 16.- "No será necesaria la previa inscripción o anotación a
los efectos de la continuidad del tracto con respecto al documento
que se otorgue, en los siguientes casos:
a) Cuando el documento sea otorgado por los jueces, los herederos
declarados o sus representantes, en cumplimiento de contratos u
obligaciones contraídas en vida por el causante o su cónyuge sobre
bienes registrados a su nombre;
b) Cuando los herederos declarados o sus sucesores transmitieren o
cedieren bienes hereditarios inscritos a nombre del causante o de
su cónyuge;
c) Cuando el mismo sea consecuencia de actos relativos a la
partición de bienes hereditarios;
d) Cuando se trate de instrumentaciones que se otorguen en forma
simultánea y se refieran a negocios jurídicos que versen sobre el
mismo inmueble, aunque en las respectivas autorizaciones hayan
intervenido distintos funcionarios.
En todos estos casos el documento deberá expresar la relación de
los antecedentes del dominio o de los derechos motivo de la
transmisión o adjudicación, a partir del que figure inscrito en el
registro, circunstancia que se consignára en el folio respectivo."
Saludos
 #556512  por fabius
 
Ahh martinhm! Entonces si no puedo con el tracto abreviado, me queda:
. Iniciar la usupcacion.
. Hacer la cesión a favor del comprador.
. Cuando el juez declare el dominio por poseción ventiañal a favor de mi clienta, recién ahí, ella puede vender a favor del comprador?.
(Si estoy equivocado, me avisan!) Gracias. Fabius.
 #556629  por martinhm77
 
fabius escribió:Ahh martinhm! Entonces si no puedo con el tracto abreviado, me queda:
. Iniciar la usupcacion.
. Hacer la cesión a favor del comprador.
. Cuando el juez declare el dominio por poseción ventiañal a favor de mi clienta, recién ahí, ella puede vender a favor del comprador?.
(Si estoy equivocado, me avisan!) Gracias. Fabius.
No, no.
Si cede los derechos y acciones posesorios ANTES de iniciar el juicio, a cambio de un precio, listo. El adquirente iniciará la usucapion, descontándose del precio los gastos del expte.-
Si inicia el juicio y CEDE los derechos y acciones de ese juicio, sigue el cesionario. En ambos casos el que inscribe sería directamente el comprador.-
Es mi opinión.-
Ah Y es USUCAPION, NO USUPCACION.....
Saludos
 #556644  por JUSTINIANA
 
Antes de iniciar el juicio de Usucapión: CESION DE LA POSESION.-
Luego de haber iniciado el juicio de Usucapión CESION DE DERECHOS LITIGIOSOS.-
En ambos casos: el juicio lo "iniciará "el cesionario (cesión de la posesión), o lo "continuará" el cesionario (cesión de derechos litigiosos).-
Es coincidente con lo que opina Martín.-
Saludos
 #704949  por crespo3000
 
Ref: LOTE EN CORDOBA

Hola!
Les agradezco quien pueda orientarme con este tema.
Tengo un terreno en la provincia de Cordoba, el cual no se ha pagado impuestos hace unos 20 años... y llegaban las boletas hasta el 2008, averigue en rentas de Cba y ahora estan las boletas a nombre de otra persona, tampoco se la ubicacion exacta de ese lote, como puedo hacer para ubicarlo y que pasos para ordenar el tema...
Desde ya muchas gracias!
Atte.
Gustavo.
 #1116088  por face
 
SOMOS UN ESTUDIO JURIDICO DE CORDOBA,TE PODEMOS AYUDAR EN ESE TEMA. TE DEJO LOS TELEFONOS 03544-15434018, 0351- 152519884. ATTE DRA. TERENTI VALERIA
 #1116405  por elrojo0172
 
Estimados colegas: Nevesito saber si es posible hacer usucapion de una porcion de terreno que esta indivisa. el terreno tiene tres casas, una al frente (el titular de dominio) una al medio y la de mi cliente al findo por pasillo. vive ahi hace 35 años y nunca puso escriturar. se puede pedir usucapion de una porcion indivisa para despues hacer la division del condominio???

Les agradeceria me puedan responder porque la verdad... he hablado con muchos abogados y ninguno sabe resolver este caso.. inclusive inicie una mediacion y ni la mediadora supoi decirme si es posible.

Gracias
 #1118506  por face
 
ELROJO, SI PODES INICIAR UNA USUCAPIÓN POR LA PORCIÓN QUE VOS QUIERAS YA QUE LA POSESIÓN LO SERA POR EL TODO O UNA PORCIÓN DE LA PARTE INDIVISA. NO TE OLVIDES QUE CUANDO PRESENTES EL PLANO DE MENSURA, ESE PLANO LUEGO SE INSCRIBE EN CATASTRO Y EL JUEZ LIBRA OFICIO A LOS FINES DE INSCRIBIR ESA PORCIÓN EN EL REGISTRO DEACUERDO A LAS MEDIDAS DEL PLANO.