Hola, mi consulta es si es procedente la demanda contra un albañil por medio de la ley y procedimiento de Defensa al Consumidor, en virtud de no estar el propietario deacuerdo con ciertas "terminaciones" pero que no afectan a la obra estructuralmente. Independientemente de esto además en la 1º audiencia de conciliación la asesora de DDC hizo "extensiva la denuncia al arquitecto" que dirigía la obra porque el albañil dijo que seguía sus directivas (el arq. no trabaja como empresa, no tiene dominio comercial alguno, además tiene las certificaciones aprobadas de los organismos competentes, con firma del propietario en conformidad de que las obras realizadas están bien). Yo represento al arquitecto y la ley dice en el art 2 que la ley no se aplica a los servicios prestados por profesionales independientes con título universitario habilitante (caso del arq.) y sin embargo le llegó la cédula de citación para la audiencia de conciliación con su nombre al lado del denunciado en la carrátula.
La semana pasada cuando me enteré de la probable citación (porque el propietario quiere que mi cliente "le ayude" a hundir al albañil, que naturalmente es insolvente, por lo que no sé qué pretende) hablé con una de las asesoras y me dijo que iba a parar el envío de la cédula por no proceder efectivamente en virtud del art 2 de la Ley, pero ayer le llegó la cédula como denunciado. Hoy fui nuevamente a reclamar esta irregularidad y me dijeron que "no importaba, que asistiera a la audiencia aunque hubiera sido citado como denunciado, que en todo caso hiciéramos la aclaración que viene en calidad de testigo en la misma audiencia" pero no estoy de acuerdo, y quisiera saber si este tipo de "irregularidades" son usuales, ME RECONOCIERON QUE EN EFECTO NO PUEDEN DENUNCIAR A PROFESIONALES, que hay una INCOMPETENCIA, PERO que bueno, tenían un "formato" y que por eso aveces citaban así cuando querían "decir" testigo.... en fin...
Lo que pienso hacer es presentar una nota a la Directora de DC, estableciendo la no prodedencia de la denuncia contra mi cliente en virtud del art 2 y la disponibilidad de mi cliente de asistir como testigo (porque quiere ir a aclarar ciertas cosas que no corresponden, esto no estoy muy segura de recomendarle que vaya... salvo que lo citen, que me dicen?) siempre y cuando LO CITEN CORRECTAMENTE, es decir como testigo, con la cedula correspondiente, etc. Hasta tanto no va a asistir mi cliente, estoy en lo correcto no?.
Por último, tienen algún modelo de reclamo por estas "irregularidades" por parte del personal y asesora de DDC? porque me parece una vergüenza tal desempeño...
Bueno, espero vuestras ayudas!! mil gracias!!
La semana pasada cuando me enteré de la probable citación (porque el propietario quiere que mi cliente "le ayude" a hundir al albañil, que naturalmente es insolvente, por lo que no sé qué pretende) hablé con una de las asesoras y me dijo que iba a parar el envío de la cédula por no proceder efectivamente en virtud del art 2 de la Ley, pero ayer le llegó la cédula como denunciado. Hoy fui nuevamente a reclamar esta irregularidad y me dijeron que "no importaba, que asistiera a la audiencia aunque hubiera sido citado como denunciado, que en todo caso hiciéramos la aclaración que viene en calidad de testigo en la misma audiencia" pero no estoy de acuerdo, y quisiera saber si este tipo de "irregularidades" son usuales, ME RECONOCIERON QUE EN EFECTO NO PUEDEN DENUNCIAR A PROFESIONALES, que hay una INCOMPETENCIA, PERO que bueno, tenían un "formato" y que por eso aveces citaban así cuando querían "decir" testigo.... en fin...
Lo que pienso hacer es presentar una nota a la Directora de DC, estableciendo la no prodedencia de la denuncia contra mi cliente en virtud del art 2 y la disponibilidad de mi cliente de asistir como testigo (porque quiere ir a aclarar ciertas cosas que no corresponden, esto no estoy muy segura de recomendarle que vaya... salvo que lo citen, que me dicen?) siempre y cuando LO CITEN CORRECTAMENTE, es decir como testigo, con la cedula correspondiente, etc. Hasta tanto no va a asistir mi cliente, estoy en lo correcto no?.
Por último, tienen algún modelo de reclamo por estas "irregularidades" por parte del personal y asesora de DDC? porque me parece una vergüenza tal desempeño...
Bueno, espero vuestras ayudas!! mil gracias!!